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Marco legislativo de la Federación de Rusia. Marco legislativo de la Federación de Rusia 120 Ley Federal de 24 de junio de 1999

Esta Ley Federal de conformidad con Constitución Federación de Rusia y normas generalmente aceptadas. ley internacional establece los fundamentos regulacion legal las relaciones que surjan en relación con actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores.

Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Conceptos básicos

Para efectos de esta Ley Federal, se aplican los siguientes conceptos básicos:

menor: una persona menor de dieciocho años;

descuidado - un menor cuyo comportamiento no está controlado por incumplimiento o cumplimiento inadecuado de los deberes de su crianza, formación y (o) manutención por parte de sus padres u otros representantes legales o funcionarios;

personas sin hogar - personas sin hogar, sin lugar de residencia y (o) lugar de estancia;

un menor en una situación socialmente peligrosa: una persona que, debido a negligencia o falta de vivienda, se encuentra en un entorno que representa un peligro para su vida o su salud o no cumple con los requisitos para su crianza o manutención, o comete un delito o acciones antisociales. ;

acciones antisociales: acciones de un menor, expresadas en el uso sistemático de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y (o) intoxicantes, productos alcohólicos y que contienen alcohol, cerveza y bebidas elaboradas a base de ellos, prostitución, vagancia o mendicidad, así como otros acciones que violen los derechos e intereses legítimos de otras personas;

una familia en una situación socialmente peligrosa es una familia con niños en una situación socialmente peligrosa, así como una familia donde los padres u otros representantes legales los menores no cumplen con sus responsabilidades de crianza, formación y (o) manutención y (o) influyen negativamente en su comportamiento o los tratan con crueldad;

trabajo preventivo individual - actividades para la identificación oportuna de menores y familias en situación socialmente peligrosa, así como para su rehabilitación social y pedagógica y (o) prevención de su comisión de delitos y acciones antisociales;

Prevención del abandono y la delincuencia de menores: un sistema de medidas sociales, legales, pedagógicas y de otro tipo destinadas a identificar y eliminar las causas y condiciones que contribuyen al abandono, la falta de vivienda, la delincuencia y las acciones antisociales de los menores, que se llevan a cabo en conjunto con el trabajo preventivo individual. con menores y familias en situación de peligro social;

Cerveza y bebidas elaboradas a base de esta bebida: cerveza que contiene alcohol etílico más del 0,5 por ciento del volumen de productos terminados y bebidas elaboradas con cerveza con el contenido de alcohol etílico especificado.

Artículo 2. Principales tareas y principios de las actividades para prevenir el abandono y la delincuencia juvenil

1. Los principales objetivos de las actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil son:

prevención del abandono, desamparo, delincuencia y acciones antisociales de menores, identificación y eliminación de las causas y condiciones que lo propician;

garantizar la protección de los derechos y intereses legítimos menores de edad;

rehabilitación social y pedagógica de menores en situación socialmente peligrosa;

identificación y represión de casos de implicación de menores en la comisión de delitos y acciones antisociales.

2. Las actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de los menores se basan en los principios de legalidad, democracia, trato humano al menor, apoyo a la familia e interacción con ella, enfoque individual a los menores manteniendo la confidencialidad de la información recibida, el apoyo estatal a las actividades de los gobiernos locales y las asociaciones públicas para prevenir el abandono y la delincuencia de los menores, asegurando la responsabilidad de los funcionarios y ciudadanos por la violación de los derechos e intereses legítimos de los menores.

Artículo 3. Legislación de la Federación de Rusia sobre la prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

La legislación de la Federación de Rusia que regula las actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores se basa en la Constitución de la Federación de Rusia, normas de derecho internacional generalmente reconocidas y está compuesta por esta Ley Federal, otras leyes federales y otros actos jurídicos reglamentarios de la Federación de Rusia. , leyes y actos jurídicos reglamentarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

Artículo 4. Órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil

1. El sistema de prevención del abandono y delincuencia de menores incluye comisiones para los asuntos de menores y la protección de sus derechos, órganos de gobierno Protección social población, autoridades educativas, autoridades de tutela y administración fiduciaria, autoridades de asuntos juveniles, autoridades de atención médica, autoridades del servicio de empleo, autoridades de asuntos internos.

2. En los órganos especificados en el apartado 1 de este artículo, en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, podrán crearse instituciones que desempeñen determinadas funciones para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

3. La participación en actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores por parte del Comisionado para los Derechos del Niño bajo la presidencia de la Federación de Rusia, los Comisionados para los Derechos del Niño en las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y otros órganos, instituciones y organizaciones se lleva a cabo dentro del marco del límites de su competencia en la forma establecida por la legislación de la Federación de Rusia y (o ) la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

Artículo 5. Categorías de personas para las que se realiza trabajo preventivo individual

1. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil realizan una labor preventiva individual en relación con los menores:

1) niños abandonados o de la calle;

2) vagancia o mendicidad;

4) que consuman estupefacientes o sustancias psicotrópicas sin prescripción médica o que consuman sustancias estupefacientes, bebidas alcohólicas y que contengan alcohol, cerveza y bebidas elaboradas a base de ellas;

5) quién cometió un delito que dio lugar a la aplicación de la medida sanción administrativa;

6) que haya cometido una infracción antes de alcanzar la edad en que comienza la responsabilidad administrativa;

7) los exentos de responsabilidad penal como consecuencia de una ley de amnistía o en relación con un cambio de situación, así como en los casos en que se reconozca que la corrección de un menor puede lograrse mediante el uso de medidas educativas obligatorias;

8) que hayan cometido un acto socialmente peligroso y no estén sujetos a responsabilidad penal por no haber cumplido la edad a partir de la cual responsabilidad penal, o debido a retraso mental no asociado con un trastorno mental;

9) los acusados ​​o sospechosos de haber cometido delitos respecto de los cuales se hayan adoptado medidas preventivas que no impliquen detención;

10) los puestos en libertad condicional del cumplimiento de una pena, liberados de la pena como resultado de un acto de amnistía o en relación con un indulto;

11) que recibieron un aplazamiento del cumplimiento de una pena o un aplazamiento de la ejecución de una pena;

12) liberados de instituciones del sistema penal, que regresaron de instituciones educativas especiales cerradas, si durante su estancia en estas instituciones cometieron violaciones al régimen, cometieron actos ilegales y (o) después de la liberación (liberación) se encuentran en una situación socialmente peligrosa y (o) necesitan asistencia social y (o) rehabilitación;

13) condenado por cometer un delito menor o gravedad moderada y aquellos liberados por el tribunal del castigo mediante medidas educativas obligatorias;

14) prisioneros suspendidos, condenados a trabajo obligatorio, trabajo correccional u otras sanciones no relacionadas con la prisión.

2. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y delincuencia de menores realizan labores preventivas individuales en relación con los padres u otros representantes legales de los menores si no cumplen con sus deberes para su crianza, formación y (o) manutención y (o) influir negativamente en su comportamiento o ser tratados con crueldad.

3. Se podrá realizar trabajo preventivo individual con personas que no estén especificadas en los párrafos 1 y 2 de este artículo si es necesario para prevenir delitos o brindar asistencia social y (o) rehabilitación de menores con el consentimiento del jefe de la Órgano o institución del sistema de prevención del abandono y de la delincuencia juvenil.

Artículo 6. Motivos del trabajo preventivo individual.

Las causales para la realización de labores preventivas individuales en relación con los menores, sus padres u otros representantes legales son las circunstancias previstas en el artículo 5 de esta Ley Federal, si constan en los siguientes documentos:

1) una solicitud del menor o de sus padres u otros representantes legales para brindarles asistencia en cuestiones de la competencia de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil;

2) sentencia, fallo u orden judicial;

3) una resolución de la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, del fiscal, investigador, organismo de investigación o del jefe del organismo de asuntos internos;

4) documentos aquí especificados Ley Federal como motivo para internar a menores en instituciones para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil;

5) una conclusión aprobada por el titular del organismo o institución del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil, con base en los resultados de una auditoría de denuncias, declaraciones u otros mensajes.

Artículo 7. Calendario de las labores preventivas individuales.

La labor preventiva individual en relación con los menores, sus padres u otros representantes legales se lleva a cabo dentro del plazo necesario para brindar asistencia social y de otro tipo a los menores, o hasta que se eliminen las causas y condiciones que contribuyeron al abandono, la falta de vivienda, la delincuencia o las acciones antisociales de los menores. sean eliminados, o hasta que alcancen la edad de dieciocho años, o la concurrencia de otras circunstancias previstas por la legislación de la Federación de Rusia.

Artículo 8. Derechos de las personas respecto de las cuales se realiza una labor preventiva individual

1. Los menores, sus padres u otros representantes legales, respecto de los cuales se lleva a cabo una labor preventiva individual, gozan de los derechos y libertades garantizados por la Constitución de la Federación de Rusia, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, Tratados Internacionales de la Federación de Rusia, esta Ley Federal, otras reglamentaciones actos legales de la Federación de Rusia, leyes y reglamentos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

2. Los menores que se encuentren en instituciones de prevención del abandono y de la delincuencia juvenil gozarán de los derechos especificados en el apartado 1 de este artículo, así como en en la forma prescrita tiene derecho a:

notificación a los padres u otros representantes legales sobre el internamiento de un menor en una institución para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil. Si existe información sobre el lugar de residencia o lugar de estancia de los padres u otros representantes legales, se les debe enviar información sobre la colocación de un menor en la institución especificada dentro de las 12 horas siguientes al momento de su colocación, y en su ausencia. de información sobre los padres u otros representantes legales, la notificación especificada dentro de los tres días siguientes al momento de la colocación del menor se envía a la autoridad de tutela y tutela de su último lugar de residencia;

obtener información sobre los fines de su estancia en una institución para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil, derechos y responsabilidades, normas básicas que rigen el reglamento interno de esta institución;

apelar las decisiones tomadas por los empleados de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil ante las autoridades superiores de dicho sistema, las autoridades fiscales y el tribunal;

humano, no humillante dignidad humana apelar;

mantener contacto con la familia a través de conversaciones telefónicas y visitas sin limitar su número;

recibir encomiendas, encomiendas, transferencias, recibir y enviar cartas y telegramas sin limitar su número;

suministro gratuito de alimentos, ropa, zapatos y otras prendas de vestir de acuerdo con las normas establecidas y necesarias para preservar la salud y garantizar el sustento de los menores. Para las instituciones cuyas actividades constituyen una obligación de gasto de la Federación de Rusia, estas normas son aprobadas por el organismo federal autorizado por el Gobierno de la Federación de Rusia. poder Ejecutivo;

prestación de asistencia jurídica gratuita con la participación de abogados, así como de otras personas con derecho a prestar asistencia jurídica de conformidad con la ley.

3. Los derechos de los menores recluidos en instituciones del sistema penitenciario, así como la organización del trabajo para corregirlos, están regulados por el Código Penal de la Federación de Rusia y otras leyes federales.

4. La enumeración de los derechos especificados en los párrafos 2 y 3 de este artículo no debe interpretarse como una negación o suspensión de otros derechos de los menores.

Artículo 8.1. Aplicación de sanciones en instituciones de prevención del abandono y delincuencia juvenil

1. Por violaciones del procedimiento establecido para la detención en instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social, en instituciones educativas especiales de tipo abierto y cerrado de autoridades educativas y centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos, se podrán imponer las siguientes sanciones. aplicado a menores:

advertencia;

severa reprimenda.

2. También podrán aplicarse las siguientes sanciones a los menores de edad que se encuentren en centros educativos especiales de tipo abierto y cerrado de autoridades educativas:

notificación a los padres u otros representantes legales;

exclusión de una institución de educación especial de tipo abiertoórgano de gestión de la educación sobre la base de una resolución de la comisión para los asuntos del menor y la protección de sus derechos en el lugar de dicha institución.

3. El procedimiento para la aplicación de sanciones a los menores se determina por la normativa correspondiente. documentos legales Regular las actividades de las instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

4. En relación con menores de edad no se permite:

uso de violencia física y mental;

aplicación de medidas de influencia sin tener en cuenta la edad de los menores;

el uso de medidas de carácter antipedagógico y humillantes para la dignidad humana;

restringir los contactos de menores con sus padres u otros representantes legales o privar a los menores de contactos con sus padres u otros representantes legales;

reducción de los estándares nutricionales;

privación de paseos.

Artículo 9. Garantías para la implementación de esta Ley Federal.

1. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia de menores, así como los menores, sus padres u otros representantes legales, tienen derecho a acudir a los tribunales en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia con un reclamación de indemnización por el daño causado a la salud del menor, su propiedad y (o) daño moral.

2. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia de menores, dentro de los límites de sus competencias, están obligados a garantizar el respeto de los derechos e intereses legítimos de los menores, a protegerlos de toda forma de discriminación, física o violencia mental, insultos, abusos, explotación sexual y de otro tipo, para identificar a los menores y familias en situación socialmente peligrosa, así como informar inmediatamente:

1) la fiscalía - sobre la violación de los derechos y libertades de los menores;

2) la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos - sobre casos identificados de violación de los derechos de los menores a la educación, el trabajo, el descanso, la vivienda y otros derechos, así como sobre las deficiencias en las actividades de los órganos e instituciones que impedir la prevención del abandono y delincuencia de menores;

3) autoridad de tutela y tutela: para identificar a los menores que quedan sin el cuidado de sus padres u otros representantes legales o que se encuentran en un entorno que representa una amenaza para su vida, su salud o interfiere con su educación;

4) el organismo que gestiona la protección social de la población: para identificar a los menores que necesitan asistencia estatal debido al abandono o la falta de vivienda, así como para identificar a las familias en una situación socialmente peligrosa;

5) órgano de asuntos internos: para identificar a los padres de menores o sus otros representantes legales y otras personas que abusan de menores y (o) los involucran en la comisión de un delito o acciones antisociales o cometen otros actos ilegales contra ellos, así como de los menores, aquellos que haber cometido un delito o actos antisociales;

6) órgano de gestión de la atención de la salud: para identificar a los menores que necesitan examen, observación o tratamiento en relación con el uso de alcohol y productos que contienen alcohol, cerveza y bebidas elaboradas a base de este, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o estupefacientes;

7) organismo de gestión de la educación: para identificar a los menores que necesitan asistencia estatal en relación con la salida no autorizada de orfanatos, internados y otras instituciones para niños o en relación con el despido sin motivo. buenas razones clases en instituciones educativas;

8) organismo de asuntos de la juventud: para identificar a los menores que se encuentran en una situación socialmente peligrosa y, en este sentido, necesitan ayuda para organizar la recreación, el ocio y el empleo.

3. La información especificada en el párrafo 2 de este artículo está sujeta a almacenamiento y uso de una manera que garantice su confidencialidad.

4. Los funcionarios, los padres de los menores o sus demás representantes legales y otras personas son responsables de la violación de los derechos de los menores, así como del incumplimiento o ejecución inadecuada responsabilidades de su crianza, formación y (o) manutención en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

Artículo 10. Control y supervisión de las actividades de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

1. autoridades federales el poder del Estado, las autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, dentro de los límites de su competencia, ejercen, de la manera prescrita, el control sobre las actividades de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

2. El control departamental sobre las actividades de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil lo llevan a cabo las autoridades superiores y sus funcionarios. El procedimiento para implementar el control departamental está determinado por los actos legales reglamentarios pertinentes.

3. Supervisión del fiscal El cumplimiento de las leyes por parte de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil lo lleva a cabo el Fiscal General de la Federación de Rusia y los fiscales subordinados a él de conformidad con la Ley federal "sobre la Fiscalía de la Federación de Rusia". ".

4. El control público para garantizar los derechos de los menores en las instituciones de prevención del abandono y la delincuencia juvenil relacionados con los lugares de detención forzosa se lleva a cabo de conformidad con la Ley Federal de 10 de junio de 2008 No. 76-FZ "Sobre el control público de garantizar los derechos humanos en los lugares de detención forzosa y la asistencia a las personas en los lugares de detención forzosa."

Capitulo dos. PRINCIPALES ÁREAS DE ACTIVIDAD DE LOS ORGANISMOS
E INSTITUCIONES DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL DESCUIDO
Y DELITOS DE MENORES

Artículo 11. Comisión de menores y protección de sus derechos.

(Según enmendada por la Ley Federal

1. Las comisiones para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos son creadas por el más alto nivel órganos ejecutivos autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia y gobiernos locales con el fin de coordinar las actividades de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil para prevenir el abandono, la falta de vivienda, la delincuencia y las acciones antisociales de los menores, identificar y eliminar las causas y condiciones que lo propicien, asegurar la protección de los derechos e intereses legítimos de los menores, la rehabilitación social y pedagógica de los menores en situación socialmente peligrosa, identificando y reprimiendo los casos de menores involucrados en delitos y acciones antisociales.

En los territorios de las entidades constitutivas pertinentes de la Federación de Rusia operan comisiones para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos, creadas por los máximos órganos ejecutivos del poder estatal de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

En los territorios de los municipios pertinentes de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia funcionan comisiones para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos, creadas por los órganos de gobierno local.

El procedimiento para crear comisiones para los asuntos de menores y proteger sus derechos y la implementación de sus actividades está determinado por la legislación de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia.

El Gobierno de la Federación de Rusia aprueba una disposición aproximada sobre las comisiones de menores y la protección de sus derechos.

2. La comisión para los asuntos del menor y la protección de sus derechos, dentro de sus competencias:

1) asegurar la implementación de medidas para proteger y restaurar los derechos e intereses legítimos de los menores, protegerlos de todas las formas de discriminación, violencia física o mental, insultos, abusos, explotación sexual y de otro tipo, identificar y eliminar las causas y condiciones que conducen a negligencia, falta de vivienda y delincuencia y acciones antisociales de menores;

2) preparar, junto con los órganos o instituciones pertinentes, materiales presentados al tribunal sobre cuestiones relacionadas con la detención de menores en instituciones educativas especiales cerradas, así como sobre otras cuestiones previstas por la legislación de la Federación de Rusia;

3) considerar las propuestas del órgano de gobierno de una institución educativa sobre la exclusión de menores que no hayan recibido educación general de la institución educativa y sobre otras cuestiones de su educación en los casos previstos por la ley federal de educación en la Federación de Rusia;

4) brindar asistencia en el empleo y la vida cotidiana de los menores liberados de instituciones del sistema penal o que regresan de instituciones educativas especiales, asistencia para determinar las formas de colocación de otros menores que necesitan asistencia estatal, así como la implementación de otras funciones para la rehabilitación social de menores, previstos por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia;

5) aplicar medidas de influencia en relación con los menores, sus padres u otros representantes legales en los casos y en la forma prevista por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia;

6) preparar y enviar a las autoridades estatales de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia y (o) a los órganos de autogobierno local en la forma prescrita por la legislación de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia, informes sobre el trabajo de prevención de negligencia y delincuencia juvenil en el territorio de la entidad constitutiva correspondiente de la Federación de Rusia y (o) en el territorio de la entidad constitutiva correspondiente municipio.

(Artículo introducido por la Ley Federalde fecha 31 de diciembre de 2014 No. 489-FZ)

2.1. Las comisiones para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos, creadas por los máximos órganos ejecutivos del poder estatal de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, junto con el ejercicio dentro de su competencia de las facultades especificadas en el párrafo 2 de este artículo, hacen decisiones de admisión o no admisión a actividades docentes, actividades empresariales y (o) actividad laboral en el ámbito de la educación, crianza, desarrollo de los menores, organización de su recreación y recuperación, atención médica, protección social y servicios sociales, en el ámbito del deporte, la cultura y el arte infantil y juvenil con la participación de menores que hayan tenido un delito penal. antecedentes por la comisión de delitos de menor gravedad y delitos de moderada gravedad contra la vida y la salud, la libertad, el honor y la dignidad de la persona (con excepción de la hospitalización ilegal en organización médica, atención psiquiátrica en entornos hospitalarios y calumnias), familias y menores, salud pública y moral pública, los fundamentos del orden constitucional y la seguridad del Estado, así como contra seguridad Pública, personas, enjuiciamento criminal respecto de quienes se puso fin a la acusación de cometer estos delitos por motivos que no sean de rehabilitación (con excepción de las personas privadas del derecho a participar en el tipo de actividad correspondiente por decisión judicial), teniendo en cuenta el tipo y la gravedad crimen cometido, el período transcurrido desde su comisión, la forma de culpabilidad, clasificación de acuerdo con la ley del acto cometido como delito menos grave, circunstancias que caracterizan a la persona, incluido el comportamiento de la persona después de la comisión del delito, actitud hacia la ejecución responsabilidades laborales, así como tener en cuenta otros factores que permitan determinar si una determinada persona supone un peligro para la vida, la salud y la moral de los menores.

El procedimiento para la comisión de asuntos de menores y la protección de sus derechos a tomar la decisión especificada en el primer párrafo de este párrafo (incluida la lista de documentos presentados para tomar una decisión, el momento de su consideración por parte de la comisión de asuntos de menores y la protección de sus derechos), la forma del documento que contiene esta decisión, aprobado por el Gobierno de la Federación de Rusia teniendo en cuenta la opinión de la Comisión Tripartita de Rusia para la regulación de las relaciones sociales y laborales.

La decisión de la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos especificada en el primer párrafo de este párrafo podrá ser apelada ante los tribunales.

(Según editado por el Federal ley de fecha 31 de diciembre de 2014 No. 489-FZ)

3. Las Comisiones de Asuntos del Menor y de Protección de sus Derechos adoptarán decisiones sobre cuestiones de su competencia de conformidad con el apartado 2 de este artículo, de obligatoria ejecución por los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

La resolución de la comisión para asuntos de menores y protección de sus derechos indica las violaciones identificadas de los derechos e intereses legítimos de los menores, las causas y condiciones que contribuyen al abandono, la falta de vivienda, la delincuencia y las acciones antisociales de los menores, las medidas para eliminarlos y el momento de tomar estas medidas.

Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y delincuencia de menores están obligados a informar a la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos sobre las medidas adoptadas para implementar esta resolución dentro del plazo especificado en la resolución.

Artículo 12. Órganos de gestión de la protección social de la población e instituciones de servicios sociales.

1. Órganos de gestión de la protección social de la población, dentro de su competencia:

1) implementar medidas para prevenir el abandono de menores y organizar el trabajo preventivo individual en relación con los menores abandonados y de la calle, sus padres u otros representantes legales que no cumplan con sus deberes de criar, mantener a los menores y (o) influir negativamente en su comportamiento o tratarlos cruelmente. ellos;

2) controlar las actividades de las instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social, otras instituciones y servicios que brindan servicios sociales a los menores y sus familias, y también tomar medidas para desarrollar una red de estas instituciones;

3) introducir métodos y tecnologías modernos de rehabilitación social en las actividades de las instituciones y servicios que brindan servicios sociales a los menores y sus familias.

2. Instituciones de servicios sociales, que incluyen centros territoriales de asistencia social a familias y niños, centros de asistencia psicológica y pedagógica a la población, centros de asistencia psicológica de emergencia y otras instituciones de servicios sociales, de acuerdo con los estatutos de estas instituciones o sus reglamentos. :

1) proporcionar servicios sociales a menores que se encuentren en una situación socialmente peligrosa u otra situación de vida difícil, a petición de los menores, de sus padres u otros representantes legales, o por iniciativa de funcionarios de órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia de menores en la forma prescrita por la legislación de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia;

2) identificar a los menores que se encuentran en una situación socialmente peligrosa, así como a las familias cuyos miembros menores de edad necesiten servicios sociales, llevar a cabo la rehabilitación social de estas personas, proporcionarles ayuda necesaria de acuerdo con programas individuales de rehabilitación social;

3) participar, dentro de su competencia, en el trabajo preventivo individual con menores abandonados, incluso organizando su tiempo libre, desarrollando las habilidades creativas de los menores en círculos, clubes de interés creados en instituciones de servicios sociales, y también brindando asistencia en la organización de la mejora de la salud y recreación de menores que necesitan asistencia estatal.

3. Los funcionarios de los órganos de gestión de la protección social y de las instituciones de servicios sociales tienen derecho:

1) en la forma prescrita, visitar a menores, mantener conversaciones con ellos, sus padres u otros representantes legales y otras personas;

2) solicitar información de agencias gubernamentales y otras instituciones en cuestiones de su competencia, invitar a los menores, a sus padres u otros representantes legales y otras personas a aclarar estas cuestiones.

Artículo 13. Instituciones especializadas para menores necesitados de rehabilitación social.

1. Las instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social de los órganos de gestión de la protección social incluyen:

1) centros de rehabilitación social para menores, que brindan prevención del abandono y rehabilitación social de menores que se encuentran en situaciones de vida difíciles;

2) refugios sociales para niños, que brindan alojamiento temporal y rehabilitación social a menores que se encuentran en situaciones de vida difíciles y que necesitan asistencia social de emergencia del estado;

3) centros de asistencia a niños privados del cuidado de sus padres, destinados a la detención temporal de menores de edad privados del cuidado de sus padres u otros representantes legales, y a brindarles asistencia en su posterior colocación.

2. En los establecimientos especializados para menores necesitados de rehabilitación social, los menores son admitidos las 24 horas del día de acuerdo con el procedimiento establecido:

1) quedado sin el cuidado de sus padres u otros representantes legales;

2) vivir en familias en situación socialmente peligrosa;

3) perdido o abandonado;

4) los que abandonaron a su familia sin permiso, los que abandonaron sin permiso instituciones educativas para huérfanos y niños sin cuidado parental u otras instituciones infantiles, con excepción de las personas que abandonaron sin permiso instituciones educativas especiales cerradas;

5) no tener lugar de residencia, lugar de estancia y (o) medios de subsistencia;

6) que se encuentran en otra situación de vida difícil y necesitan asistencia social y (o) rehabilitación.

3. Las causas de ingreso en instituciones especializadas de menores necesitados de rehabilitación social son:

1) apelación personal de un menor;

2) una declaración de los padres del menor o de sus demás representantes legales, teniendo en cuenta la opinión del menor que haya cumplido diez años, salvo en los casos en que tener en cuenta la opinión del menor sea contrario a sus intereses ;

3) remisión del órgano de gestión de la protección social o petición acordada con este órgano de un funcionario del organismo o institución del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil;

4) la decisión de la persona que lleva a cabo la investigación, del investigador o del juez en los casos de detención, arresto administrativo, detención, sentencia de arresto, restricción de libertad, encarcelamiento de los padres u otros representantes legales de un menor;

5) un acto del oficial de servicio operativo de un distrito, departamento (departamento) de asuntos internos de la ciudad, departamento (departamento) de asuntos internos de otra entidad municipal, departamento (departamento) de asuntos internos de una entidad administrativo-territorial cerrada, departamento (departamento) de asuntos internos en transporte sobre la necesidad de admitir a un menor en una institución especializada para menores que necesitan rehabilitación social. Se envía una copia de esta ley a la autoridad de protección social en un plazo de cinco días.

Las personas bajo la influencia del alcohol o las drogas, o aquellas con signos evidentes de exacerbación de una enfermedad mental, no pueden ser admitidas en instituciones especializadas para menores que necesiten rehabilitación social;

6) remisión a la administración de una institución especializada para menores que necesitan rehabilitación social, en la que hay un menor que dejó a su familia sin permiso, un orfanato, un internado, una institución educativa especial de tipo abierto u otra institución para niños, en los casos previstos en el apartado 5 del artículo 25.1 de esta Ley Federal.

4. Los menores especificados en el párrafo 2 de este artículo son atendidos en instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social, en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, durante el tiempo necesario. proporcionarles asistencia social y (o) su rehabilitación social.

Un menor admitido mediante solicitud personal en una institución especializada para menores que necesitan rehabilitación social tiene derecho a abandonarla mediante solicitud personal.

5. Instituciones especializadas para menores necesitados de rehabilitación social, de acuerdo con los estatutos de estas instituciones o su normativa:

1) participar en la identificación y eliminación de las causas y condiciones que contribuyen al abandono y falta de vivienda de los menores;

2) brindar asistencia social, psicológica y de otro tipo a los menores, sus padres u otros representantes legales para eliminar situaciones difíciles de la vida, restaurar el estatus social de los menores en grupos de pares en el lugar de estudio, trabajo, residencia y facilitar el regreso de los menores a sus familias;

3) se conservan íntegramente de acuerdo con el procedimiento establecido provisión estatal los menores especificados en el párrafo 2 de este artículo, llevar a cabo su rehabilitación social, proteger sus derechos e intereses legítimos, organizar servicio médico y formación de menores en las materias pertinentes programas educativos, promover su orientación profesional y su adquisición de una especialidad;

4) notificar a los padres de los menores o a sus demás representantes legales sobre la presencia de menores en las instituciones especificadas;

5) ayudar a las autoridades de tutela y tutela en la colocación de los menores que quedan sin el cuidado de sus padres u otros representantes legales.

6. Los funcionarios de instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal, y también tienen derecho a:

1) llamar a los representantes de las instituciones educativas para huérfanos y niños sin cuidado parental, u otras instituciones infantiles, para que devuelvan a los menores que hayan abandonado estas instituciones sin permiso;

2) invitar a los padres de los menores o a sus demás representantes legales a devolverles a los menores que abandonaron a sus familias sin permiso;

3) incautar, en la forma prescrita, a los menores internados en instituciones especializadas para menores necesitados de rehabilitación social, los artículos cuyo almacenamiento esté prohibido en estas instituciones.

7. Provisiones aproximadas sobre instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social son aprobados por el órgano ejecutivo federal autorizado por el Gobierno de la Federación de Rusia.

Artículo 14. Autoridades educativas e instituciones educativas.

1. Autoridades educativas, dentro de su competencia:

1) supervisar el cumplimiento de la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia en el ámbito de la educación de menores;

2) tomar medidas para desarrollar una red de instituciones educativas especiales de tipo abierto y cerrado de autoridades educativas, instituciones educativas para huérfanos y niños sin cuidado parental, así como otras instituciones educativas que brindan asistencia pedagógica y de otro tipo a menores con discapacidad y ( o) desviaciones de comportamiento;

3) participar en la organización de las vacaciones de verano, el ocio y el empleo de menores;

4) llevar registros de los menores que no asisten o faltan sistemáticamente a clases en las instituciones educativas por motivos injustificados;

5) desarrollar e implementar programas y métodos en la práctica de las instituciones educativas destinados a desarrollar un comportamiento respetuoso de la ley en los menores;

6) crear comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas que identifiquen a menores con discapacidades y (o) desviaciones de comportamiento, realicen un examen integral de ellos y preparen recomendaciones para brindarles asistencia psicológica, médica y pedagógica y determinar formas de educación superior y crianza de los menores. .

7) asegurar la implementación de medidas para la detección temprana del consumo ilegal de estupefacientes y sustancias psicotrópicas por parte de estudiantes de organizaciones de educación general y organizaciones de educación profesional, así como de organizaciones educativas de educación superior.

2. Instituciones de educación general de educación general, instituciones educativas de primaria vocacional, secundaria educación vocacional y otras instituciones que lleven a cabo el proceso educativo, de conformidad con los estatutos de estas instituciones o reglamentos sobre las mismas:

1) brindar asistencia sociopsicológica y pedagógica a menores con discapacidad y (o) desviaciones de conducta o menores con problemas de aprendizaje;

2) identificar a los menores que se encuentran en una situación socialmente peligrosa, así como a los que no asisten o faltan sistemáticamente a clases en las instituciones educativas por motivos injustificados, tomar medidas para su educación y su educación general;

3) identificar a las familias que se encuentran en una situación socialmente peligrosa y brindarles asistencia en la enseñanza y la crianza de los hijos;

4) asegurar la organización de secciones deportivas, círculos técnicos y de otro tipo, clubes en instituciones educativas de acceso público y la participación de menores en ellos;

5) tomar medidas para implementar programas y métodos destinados a desarrollar comportamientos respetuosos de la ley en los menores.

3. Instituciones educativas para huérfanos y niños privados del cuidado de sus padres, de conformidad con los estatutos de estas instituciones o su reglamento:

1) aceptado para manutención, educación, formación, colocación posterior y preparación para la vida independiente de menores en casos de muerte de los padres, privación de la patria potestad, restricción de la patria potestad, reconocimiento de los padres como incompetentes, enfermedad prolongada de los padres, evasión de los padres en la crianza de sus hijos, así como en otros casos de falta de cuidado parental;

2) son aceptados por un período, por regla general, no superior a un año para el mantenimiento, crianza y educación de menores que tengan padres u otros representantes legales, si estos menores viven en familias afectadas por desastres naturales, o son hijos de madres solteras (padres), desempleados, refugiados o desplazados internos;

3) proteger los derechos e intereses legítimos de los menores que estudian o se encuentran internados en estas instituciones, y también participar, dentro de su competencia, en el trabajo preventivo individual con ellos.

4. Los directores y personal docente de los órganos de gestión educativa y de las instituciones educativas gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

Artículo 15. Instituciones educativas especiales de tipo abierto y cerrado de autoridades educativas.

1. Las instituciones educativas especiales de tipo abierto de las autoridades educativas incluyen:

1) escuelas especiales abiertas de educación general;

2) escuelas vocacionales abiertas especiales;

3) otros tipos de instituciones educativas abiertas para menores necesitados de condiciones especiales educación.

2. Instituciones educativas especiales de tipo abierto de acuerdo con los estatutos de estas instituciones o sus reglamentos:

1) aceptar para la manutención, educación y formación de personas de ocho a dieciocho años de edad que requieran un enfoque pedagógico especial, sobre la base de una resolución de la comisión para asuntos de menores y protección de sus derechos, la celebración de un examen psicológico- comisión médico-pedagógica y con el consentimiento de los menores que hayan cumplido catorce años, de sus padres u otros representantes legales;

2) organizar la rehabilitación psicológica, médica y pedagógica de los menores y participar, dentro de su competencia, en el trabajo preventivo individual con ellos;

3) proteger los derechos e intereses legítimos de los menores, brindarles atención médica y recibir educación primaria general, básica general, secundaria (completa) general y educación primaria vocacional de acuerdo con los estándares educativos del estado federal;

4) desempeñar las funciones previstas en los incisos 1, 4 y 5 del párrafo 2 del artículo 14 de esta Ley Federal.

3. Las instituciones educativas especiales cerradas de las autoridades educativas incluyen:

1) escuelas especiales cerradas de educación general;

2) escuelas vocacionales especiales cerradas;

3) instituciones educativas especiales (correccionales) cerradas.

4. En instituciones educativas especiales de tipo cerrado, de conformidad con la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación", los menores de edades comprendidas entre once y dieciocho años que necesiten condiciones especiales de educación, formación y un enfoque pedagógico especial podrán ser colocados en casos donde ellos:

1) no están sujetos a responsabilidad penal por el hecho de que en el momento de cometer un acto socialmente peligroso no han alcanzado la edad en la que comienza la responsabilidad penal;

2) haber alcanzado la edad prevista en las partes uno o dos del artículo 20 del Código Penal de la Federación de Rusia y no estar sujetos a responsabilidad penal por el hecho de que, debido a retraso mental no asociado a un trastorno mental, durante la comisión de un acto socialmente peligroso no podían ser plenamente conscientes de la naturaleza real y peligro publico sus acciones (inacción) o dirigirlas;

3) condenado por la comisión de un delito de gravedad media o un delito grave y liberado por el tribunal de la pena en la forma prescrita en la segunda parte del artículo 92 del Código Penal de la Federación de Rusia.

5. Los motivos para mantener a los menores en régimen especial escuelas secundarias Las escuelas vocacionales de tipo cerrado y de tipo cerrado especial son:

1) la decisión de un juez - en relación con las personas especificadas en los incisos 1 y 2 del párrafo 4 de este artículo;

2) veredicto judicial: en relación con las personas especificadas en el subpárrafo 3 del párrafo 4 de este artículo.

6. Colocados en instituciones educativas especiales (correccionales) de tipo cerrado y en clases (grupos) especiales (correccionales) creados en escuelas especiales de educación general de tipo cerrado y escuelas vocacionales especiales de tipo cerrado. categorías separadas menores con discapacidad o menores con enfermedades que requieran su manutención, educación y formación en dichas instituciones y clases (grupos), sobre la base de los documentos especificados en el párrafo 5 de este artículo.

Las categorías de menores enviados a instituciones educativas especiales (correccionales) de tipo cerrado y a clases (grupos) especiales (correccionales) creadas en escuelas de educación general especiales de tipo cerrado y escuelas vocacionales especiales de tipo cerrado están determinadas por el órgano ejecutivo federal. autorizado por el Gobierno de la Federación Rusa.

7. Un menor podrá ser enviado a una institución educativa especial cerrada hasta que cumpla dieciocho años, pero no más de tres años.

Prórroga del período de estancia de un menor en una institución educativa especial de tipo cerrado una vez transcurrido el plazo, establecido por el tribunal, si es necesario seguir aplicando esta medida de influencia a un menor, se lleva a cabo por orden del juez de la ubicación de la institución sobre la base de una presentación motivada de la administración de la institución y la comisión de asuntos. de menores y la protección de sus derechos en la ubicación de la institución, presentada a más tardar un mes antes de la fecha de vencimiento establecida por el tribunal de la duración de la estancia del menor en la institución especificada. Donde término total La estancia de un menor en una institución educativa especial cerrada no puede exceder los tres años.

Si es necesario que un menor complete el desarrollo de programas educativos relevantes o complete su formación profesional, la extensión de su período de estadía en una institución educativa especial de tipo cerrado después de la expiración del período establecido por el tribunal, o cuando el el menor alcanza la edad de dieciocho años, se lleva a cabo por orden del juez del lugar de la institución únicamente a petición del menor.

Terminación anticipada de la estancia de un menor en una institución educativa especial de tipo cerrado si, según la conclusión de la comisión psicológico-médica-pedagógica de dicha institución, el menor no necesita una mayor aplicación de esta medida de influencia o ha sido diagnosticado con enfermedades que impidan el mantenimiento y formación en una institución educativa especial de tipo cerrado, o su traslado a otra institución educativa especial de tipo cerrado por motivos de edad, estado de salud, así como con el fin de crear las condiciones más favorables para su rehabilitación, se lleva a cabo por orden del juez en el lugar de la institución sobre la base de una presentación motivada de la administración de la institución y la comisión para los asuntos de menores y la protección de sus derechos en el lugar de la institución o en el sobre la base de una petición de un menor, sus padres u otros representantes legales, sujeto a la conclusión de la administración de la institución y la comisión para asuntos de menores y la protección de sus derechos en el lugar de la institución.

Una presentación motivada a la administración de la institución y a la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, o una petición del menor, sus padres u otros representantes legales para terminación anticipada la estancia de un menor en una institución educativa especial de tipo cerrado podrá enviarse al tribunal de la ubicación de la institución después de al menos seis meses a partir de la fecha de admisión del menor a la institución especificada.

Si el tribunal se niega a poner fin anticipadamente a la estancia de un menor en una institución educativa especial de tipo cerrado, se podrá presentar una nueva presentación o petición al tribunal no antes de los seis meses a partir de la fecha de la decisión del tribunal de rechazar la terminación anticipada de estancia del menor en una institución de educación especial, institución cerrada.

En los casos de salida no autorizada de un menor de una institución educativa especial de tipo cerrado, su falta de regreso a la institución especificada después de sus vacaciones, así como en otros casos de evasión del menor de permanecer en la institución especificada, el tribunal de la ubicación de una institución educativa especial de tipo cerrado, basándose en una presentación de la administración de la institución y la comisión para los asuntos de menores y la protección de sus derechos en la ubicación de la institución, tiene derecho a restablecer el período de estadía de la institución educativa especial de tipo cerrado. menor en una institución educativa especial cerrada.

La estancia de un menor en una institución educativa especial de tipo cerrado finaliza el día de vencimiento del plazo de su estancia en esta institución establecido por el tribunal.

8. Los menores que padezcan enfermedades que impidan su manutención y formación en estas instituciones no pueden ser internados en instituciones educativas especiales de tipo cerrado. La lista de tales enfermedades es aprobada por el órgano ejecutivo federal autorizado por el Gobierno de la Federación de Rusia.

8.1. Correspondencia de un menor con órganos que ejercen control sobre las actividades de instituciones educativas especiales cerradas, el tribunal, la fiscalía, el Comisionado de Derechos Humanos de la Federación de Rusia, el Comisionado de Derechos del Niño bajo la presidencia de la Federación de Rusia, el Comisionado de Los derechos humanos en una entidad constitutiva de la Federación de Rusia, el Comisionado para los Derechos del Niño en una entidad constituyente de la Federación de Rusia, por una comisión pública de seguimiento formada de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia, no está sujeto a censura. La correspondencia de menores dirigida a los órganos y funcionarios especificados a más tardar en un día (excepto fines de semana y festivos) se envía según su origen.

Correspondencia de un menor con un abogado u otra persona que proporcione asistencia legal por motivos legales, no está sujeto a censura, excepto en los casos en que la administración de una institución educativa especial de tipo cerrado tenga datos confiables de que la información contenida en la correspondencia tiene como objetivo iniciar, planificar u organizar un delito o involucrar a otras personas en su comisión. En estos casos, el control de los mensajes postales, telégrafos u otros se realiza mediante decisión motivada de la administración de una institución educativa especial de tipo cerrado. Se envía una copia de dicha decisión al fiscal que supervisa el cumplimiento de las leyes por parte de la institución educativa especial de tipo cerrado correspondiente.

La conversación con menores por parte de miembros de una comisión pública de seguimiento formada de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia sobre cuestiones relacionadas con la garantía de sus derechos en una institución educativa especial de tipo cerrado se lleva a cabo en condiciones que permitan a un representante de la administración de un institución educativa especial de tipo cerrado para verlos, pero no escucharlos.

9. La administración de una institución educativa especial de tipo cerrado de acuerdo con los estatutos de la institución especificada o sus reglamentos:

1) proporciona condiciones especiales para la detención de menores, incluida la protección del territorio de la institución especificada; seguridad personal de los menores y su máxima protección contra influencias negativas; restringir la libre entrada de personas no autorizadas al territorio de la institución especificada; aislamiento de menores, excluyendo la posibilidad de que abandonen el territorio de la institución especificada para a voluntad; Vigilancia y control de menores las 24 horas, incluso durante el horario de sueño; realizar un examen personal de menores, examinar sus pertenencias, recibir y enviar cartas, paquetes u otros mensajes de correo;

2) informa a los órganos de asuntos internos en la ubicación de la institución especificada y en el lugar de residencia o lugar de estancia de los menores sobre los casos de su salida no autorizada y, junto con las autoridades de asuntos internos, toma medidas para localizarlos y devolverlos a la institución especificada;

3) envía a la comisión para los asuntos de menores y la protección de sus derechos en el lugar de residencia o lugar de estancia del menor un aviso de su liberación de la institución especificada a más tardar un mes antes de la liberación, así como un descripción del menor y recomendaciones sobre la necesidad de llevar a cabo medidas preventivas individuales con él en el futuro laboral y ayudándolo en su trabajo y vida cotidiana;

4) prepara, junto con la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, presentaciones o conclusiones ante el tribunal del lugar de la institución especificada sobre los siguientes temas:

ampliar el período de estancia de un menor en una institución específica;

terminación de la estancia del menor en la institución especificada antes de la expiración del plazo establecido por el tribunal;

traslado de un menor a otra institución educativa especial cerrada;

restablecimiento del período de estancia del menor en la institución especificada;

5) desempeña las funciones especificadas en los incisos 2 y 3 del párrafo 2 de este artículo, así como en los incisos 1, 4 y 5 del párrafo 2 del artículo 14 de esta Ley Federal.

10. Los funcionarios de instituciones educativas especiales cerradas gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal, y también tienen derecho a:

1) realizar una inspección personal de los menores, una inspección de sus pertenencias, cartas, paquetes u otros mensajes postales recibidos y enviados por ellos, el territorio de la institución especificada, los locales para dormir, vivir y otros locales y los bienes ubicados en ellos con el fin de identificar y confiscar artículos cuyo almacenamiento esté prohibido en las instituciones especificadas, sobre lo cual se redacta el acta correspondiente.

El párrafo ya no es válido. - Ley Federal de 30 de diciembre de 2012 No. 319-FZ;

2) aplicar en casos excepcionales, cuando otras medidas no hayan dado resultados, durante el tiempo mínimo necesario, medidas de coerción física (fuerza física) dentro de límites que no degraden la dignidad humana, con el fin de impedir que los menores cometan actos socialmente peligrosos o causen daños a su vida o salud, o para eliminar otros peligros que amenacen directamente los intereses jurídicamente protegidos de otras personas o del Estado.

Los funcionarios de las instituciones educativas especiales de tipo cerrado deben notificar verbalmente a los menores con anticipación su intención de utilizar medidas de restricción física (fuerza física), dándoles tiempo suficiente para detener actos ilegales, excepto en los casos en que la demora en la aplicación de estas medidas cree una peligro inmediato para la vida o la salud de menores u otras personas o puede tener otras consecuencias graves.

Los funcionarios de una institución educativa especial de tipo cerrado deben notificar inmediatamente al fiscal de la ubicación de la institución sobre el uso de restricción física (fuerza física) contra menores.

11. Los funcionarios de instituciones educativas especiales de tipo abierto gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 y en el inciso 3 del párrafo 6 del artículo 13 de esta Ley Federal.

12. Los reglamentos modelo sobre instituciones de educación especial de tipo abierto y cerrado son aprobados por el órgano ejecutivo federal autorizado por el Gobierno de la Federación de Rusia.

Artículo 16. Órganos de tutela y tutela

1. Autoridades de tutela y tutela:

1) dar, de acuerdo con el procedimiento establecido, su consentimiento para el traslado de huérfanos y niños sin cuidado parental de una institución educativa a otra o para un cambio en la forma de educación antes de que reciban educación general, así como para la exclusión de dichas personas de cualquier institución educativa;

2) participar, dentro de los límites de su competencia, en la realización de la labor preventiva individual con los menores especificados en el artículo 5 de esta Ley Federal, si son huérfanos o quedan sin el cuidado de sus padres u otros representantes legales, y también tomar medidas para proteger personales y derechos de propiedad menores que necesitan asistencia estatal.

2. Los funcionarios de las autoridades de tutela y tutela, para prevenir el abandono, la falta de vivienda y la delincuencia, así como las acciones antisociales de los menores, utilizan los poderes que les otorga la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia. relacionados con la implementación de las funciones de tutela y tutela, y también gozarán de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

Artículo 17. Órganos de juventud e instituciones de órganos de juventud.

1. Autoridades de juventud, dentro de sus competencias:

1) participar en el desarrollo e implementación de programas específicos para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil;

2) realizar apoyo organizativo y metodológico y coordinación de actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores en instituciones sociales, clubes y otras instituciones bajo su jurisdicción;

3) brindar asistencia a asociaciones públicas de niños y jóvenes, Instituciones sociales, fondos y otras instituciones y organizaciones cuyas actividades estén relacionadas con la implementación de medidas para prevenir el abandono y la delincuencia de menores;

4) participar en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, en soporte financiero sobre una base competitiva para que las asociaciones públicas implementen medidas para prevenir el abandono y la delincuencia de menores;

5) participar en la organización de recreación, esparcimiento y empleo de menores.

2. Centros de rehabilitación social para adolescentes y jóvenes, centros de asistencia sociopsicológica a jóvenes, centros de orientación vocacional y empleo juvenil, clubes juveniles y otras instituciones de las autoridades de asuntos de juventud de acuerdo con los estatutos de estas instituciones o sus reglamentos:

1) proporcionar servicios sociales, legales y de otro tipo a menores;

2) participar, dentro de los límites de su competencia, en el trabajo preventivo individual con menores que se encuentren en una situación socialmente peligrosa, incluso organizando su tiempo libre y empleo, implementando medidas informativas, educativas y de otro tipo;

3) desarrollar e implementar, dentro de su competencia, programas para la rehabilitación social de menores en situación socialmente peligrosa y la protección de sus intereses sociales y legales.

3. Los funcionarios de los órganos de juventud y las instituciones de los órganos de juventud gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

Artículo 18. Autoridades sanitarias e instituciones de atención sanitaria.

1. Las autoridades sanitarias, dentro de sus competencias, organizan:

1) difusión de conocimientos sanitarios e higiénicos entre los menores, sus padres u otros representantes legales, así como promoción de un estilo de vida saludable;

2) desarrollo de una red de instituciones para niños y adolescentes que brinden tratamiento contra las drogas y atención psiquiátrica;

3) recepción y manutención las 24 horas en instituciones médicas de niños perdidos, abandonados y otros niños menores de cuatro años que se quedan sin el cuidado de sus padres u otros representantes legales;

4) examen médico de los menores privados del cuidado de sus padres u otros representantes legales, y elaboración de recomendaciones para su internamiento, teniendo en cuenta su estado de salud;

5) cuidar y criar a niños menores de cuatro años que se encuentren sin el cuidado de sus padres u otros representantes legales o que tengan padres que se encuentren en situaciones de vida difíciles, así como asistencia a las autoridades de tutela y tutela en la colocación de dichos menores;

6) asesorar a los empleados de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y delincuencia de menores, así como a los padres u otros representantes legales de los menores;

7) recepción las 24 horas del día de menores que se encuentren en estado de intoxicación por alcohol o drogas para proporcionarles atención médica si existen indicaciones médicas;

8) prestación, de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, de asistencia especializada de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación a menores con trastornos del comportamiento;

9) preparación, en la forma prescrita, de conclusiones sobre el estado de salud de los menores que hayan cometido un delito o un acto socialmente peligroso, con el fin de establecer si tienen (o no) contraindicaciones médicas para su derivación a instituciones educativas especiales cerradas. ;

10) identificación, registro, examen, si existe indicación médica, y tratamiento de los menores que consuman alcohol y productos que contengan alcohol, cerveza y bebidas elaboradas a base de ella, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o estupefacientes, así como la aplicación de otras medidas medidas preventivas dentro de su competencia alcoholismo, consumo ilegal de estupefacientes y sustancias psicotrópicas por menores, drogadicción y abuso de sustancias de menores y violaciones conexas en su comportamiento, incluidas las preventivas exámenes médicos estudiantes de organizaciones de educación general y organizaciones de educación profesional, así como organizaciones educativas de educación superior;

11) identificación de focos de enfermedades de transmisión sexual, examen y tratamiento de menores que padecen estas enfermedades.

2. El órgano de gestión de la atención de salud informa a la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos sobre las instituciones de atención de salud que desempeñan las funciones especificadas en el párrafo 1 de este artículo.

3. Los funcionarios de los órganos de gestión sanitaria y de las instituciones sanitarias que desempeñen las funciones especificadas en el párrafo 1 de este artículo gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

Artículo 19. Organismos del servicio de empleo

1. Las autoridades del servicio de empleo están en regla, proporcionado por la ley de la Federación de Rusia "Sobre el empleo de la población en la Federación de Rusia", participar en la orientación profesional de los menores y también promover el empleo de los menores que necesitan asistencia estatal.

2. Los funcionarios de los organismos del servicio de empleo gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

Artículo 20. Órganos de asuntos internos

Los órganos de asuntos internos, dentro de los límites de su competencia, llevan a cabo actividades para prevenir la delincuencia juvenil de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia.

Artículo 21. Unidades de asuntos de menores de los órganos del interior.

1. Unidades de asuntos juveniles de distrito, departamentos (departamentos) de asuntos internos de la ciudad, departamentos (departamentos) de asuntos internos de otros municipios, departamentos (departamentos) de asuntos internos de entidades administrativo-territoriales cerradas, departamentos (departamentos) de asuntos internos en transporte:

1) realizar trabajos preventivos individuales en relación con:

los menores especificados en los incisos 4 a 14 del párrafo 1 del artículo 5 de esta Ley Federal, así como sus padres u otros representantes legales que no cumplan con sus deberes de crianza, formación y (o) manutención de menores y (o) influyan negativamente en su comportamiento o trato cruel con ellos;

otros menores, sus padres u otros representantes legales, si es necesario para evitar que cometan delitos y con el consentimiento del jefe del organismo del interior o su suplente;

2) identificar a las personas que involucren a menores en la comisión de un delito y (o) acciones antisociales o en la comisión de otros actos ilícitos contra menores, así como a los padres de menores o sus demás representantes legales y funcionarios que no cumplan o cumplan indebidamente sus deberes en materia de educación y formación. y (o) manutención de menores, y en la forma prescrita hacer propuestas para aplicarles las medidas previstas por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia;

3) llevar a cabo, dentro de los límites de su competencia, medidas para identificar a los menores incluidos en la lista de buscados, así como a los menores que necesitan asistencia estatal, y en la forma prescrita remitir a dichas personas a los órganos o instituciones pertinentes del sistema de la prevención del abandono y la delincuencia juvenil oa otras instituciones;

4) considerar, en la forma prescrita, las solicitudes y denuncias de infracciones administrativas cometidas por menores, actos socialmente peligrosos de menores que no hayan alcanzado la edad de responsabilidad penal, así como el incumplimiento o cumplimiento indebido por parte de sus padres u otros representantes legales o funcionarios de sus funciones de educación y formación y (o) manutención de menores;

5) participar en la preparación de materiales sobre las personas especificadas en el párrafo 2 del artículo 22 de esta Ley Federal, para considerar la posibilidad de su internamiento en centros de detención temporal para infractores menores de los órganos de asuntos internos;

6) participar en la preparación de los materiales necesarios para presentar propuestas al tribunal sobre la aplicación a menores, sus padres u otros representantes legales de medidas de influencia previstas por la legislación de la Federación de Rusia y (o) la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia;

7) hacer propuestas a las inspecciones penales sobre la aplicación a menores, cuyo comportamiento es supervisado por las instituciones especificadas, de medidas de influencia previstas por la legislación de la Federación de Rusia y (o) la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia;

8) informar a las autoridades e instituciones interesadas sobre el abandono, la delincuencia y las acciones antisociales de menores, sobre las razones y condiciones que conducen a ello;

9) participar, de acuerdo con el procedimiento establecido, en la notificación a los padres u otros representantes legales de los menores sobre la entrega de menores a los departamentos de los órganos del interior en relación con su abandono, falta de vivienda, su comisión de un delito o acciones antisociales.

2. Los funcionarios de los departamentos de menores de los órganos de asuntos internos gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal, y también tienen derecho, en la forma prescrita:

1) entregar a los departamentos de los órganos del interior a los menores que hayan cometido un delito o acciones antisociales, así como a los niños abandonados y de la calle. Se elabora un protocolo sobre cada caso de entrega de un menor a un departamento de los órganos del interior. Los menores de edad podrán permanecer en estas unidades por no más de tres horas;

2) hacer propuestas a los órganos e instituciones pertinentes sobre la aplicación de las medidas de influencia previstas por la legislación de la Federación de Rusia y (o) la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia en relación con los menores que hayan cometido un delito o acciones antisociales, de sus padres u otros representantes legales o funcionarios que no cumplan o cumplan indebidamente con sus responsabilidades de crianza, formación y (o) manutención de menores y (o) influyan negativamente en su comportamiento o los traten con crueldad;

3) formular propuestas a los órganos e instituciones pertinentes para eliminar las causas y condiciones propicias de la delincuencia y del comportamiento antisocial de los menores. Los órganos e instituciones pertinentes están obligados, dentro del mes siguiente a la fecha de recepción de estas propuestas, a informar a los departamentos de asuntos menores de los órganos del interior sobre las medidas adoptadas como resultado del examen de las propuestas formuladas;

4) participar en la consideración por parte de las autoridades e instituciones pertinentes de materiales sobre delitos y acciones antisociales de menores, sus padres u otros representantes legales;

5) llevar registros de delitos y acciones antisociales de los menores, las personas que los cometieron, los padres u otros representantes legales de los menores que no cumplen con sus responsabilidades de crianza, educación y (o) manutención de los niños y (o) influyen negativamente en su comportarse o abusar de ellos, así como recopilar y resumir la información necesaria para la elaboración de informes estadísticos.

Artículo 22. Centros de detención temporal de menores infractores de los órganos del interior.

1. Centros de internamiento temporal de menores infractores de los órganos del Interior:

1) proporcionar recepción las 24 horas y detención temporal de menores infractores para proteger su vida, su salud y prevenir la reincidencia;

2) realizar labores preventivas individuales con los menores entregados, identificar entre ellos a las personas involucradas en la comisión de delitos y actos socialmente peligrosos, así como establecer las circunstancias, motivos y condiciones propicias para su comisión, e informar a los órganos competentes del interior y demás órganos interesados ​​sobre esto; instituciones;

3) entregar menores a instituciones educativas especiales cerradas, y también tomar otras medidas dentro de su competencia para alojar a los menores retenidos en estas instituciones.

2. Los menores podrán ser internados en centros de internamiento temporal para menores infractores de los órganos del Interior:

1) enviado por sentencia judicial o por orden de un juez a instituciones educativas especiales cerradas;

2) esperar temporalmente la consideración judicial de la cuestión de su internamiento en instituciones educativas especiales cerradas en los casos previstos en el párrafo 6 del artículo 26 de esta Ley Federal;

3) quienes salieron sin permiso de instituciones educativas especiales cerradas;

4) que hayan cometido un acto socialmente peligroso antes de alcanzar la edad en que comienza la responsabilidad penal por este acto, en los casos en que sea necesario para proteger la vida o la salud de los menores o para evitar que cometan un acto socialmente peligroso reiterado, así como como en los casos en los que no se ha establecido su identidad, o si no tienen un lugar de residencia, un lugar de estancia o no viven en el territorio de la entidad constituyente de la Federación de Rusia donde cometieron un acto socialmente peligroso, o si viven en el territorio de un sujeto de la Federación de Rusia donde cometieron un acto socialmente peligroso, pero debido a la lejanía de su lugar de residencia no pueden transferirse a sus padres u otros representantes legales durante el período previsto en el subpárrafo 1 del párrafo 2 de Artículo 21 de esta Ley Federal;

5) que hayan cometido un delito que implique responsabilidad administrativa, antes de alcanzar la edad a partir de la cual comienza la responsabilidad administrativa, en los casos en que no se haya establecido la identidad de los menores, o si no tienen lugar de residencia, lugar de estancia o no viven en el territorio del sujeto ruso Federación de Rusia donde cometieron el delito, o si viven en el territorio de la entidad constituyente de la Federación de Rusia donde cometieron el delito, pero debido a la lejanía de sus lugares de residencia no pueden ser transferidos a sus padres u otros representantes legales dentro del plazo previsto en el inciso 1 del párrafo 2 del artículo 21 de esta Ley Federal;

6) quienes hayan cometido una infracción que implique responsabilidad administrativa en los casos en que no se haya establecido su identidad, o si no tienen lugar de residencia, lugar de estancia o no viven en el territorio de la entidad constituyente de la Federación de Rusia donde cometieron el delito, o si viven en el territorio de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia donde cometieron el delito, sin embargo, debido a la lejanía de su lugar de residencia, no pueden ser transferidos a sus padres u otros representantes legales dentro del territorio plazo previsto en el inciso 1 del párrafo 2 del artículo 21 de esta Ley Federal.

3. Los motivos para el internamiento de menores en centros de detención temporal para menores infractores de los órganos del Ministerio del Interior son:

1) sentencia judicial o decisión de un juez, en relación con los menores especificados en el inciso 1 del párrafo 2 de este artículo;

2) la decisión de un juez - en relación con los menores especificados en los subpárrafos 2 a 6 del párrafo 2 de este artículo.

4. Los menores especificados en los subpárrafos 3 a 6 del párrafo 2 de este artículo podrán ser internados en centros de detención temporal para infractores menores de los órganos de asuntos internos por un período no superior a 48 horas sobre la base de una decisión del jefe de los órganos de asuntos internos o un empleado autorizado de los órganos de asuntos internos que ocupan cargos cuya lista es aprobada por el Ministro del Interior de la Federación de Rusia.

Los materiales sobre menores especificados en los incisos 3 a 6 del párrafo 2 de este artículo se presentan al juez en la forma y dentro del plazo establecido por el artículo 31.1 de esta Ley Federal para decidir la cuestión de una mayor detención o liberación de los menores.

5. El jefe del centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos o su suplente inmediatamente, pero a más tardar 24 horas después, notifica al fiscal del lugar de este centro sobre el internamiento allí de las personas especificadas en el párrafo 2. de este artículo.

6. Los menores especificados en el párrafo 2 de este artículo podrán permanecer en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos durante el tiempo mínimo necesario para su internamiento, pero no más de 30 días. En casos excepcionales, este tiempo podrá ampliarse por decisión del juez hasta por 15 días, que no incluye:

1) el período de cuarentena declarado por la autoridad sanitaria o institución de atención sanitaria en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos;

2) el momento de la enfermedad del menor, que sea confirmado por una institución de salud e impida su regreso a la familia o su derivación a la institución correspondiente;

3) el momento de la consideración de la denuncia o protesta del fiscal contra el veredicto judicial o la decisión del juez de internar al menor en una institución educativa especial cerrada.

7. La responsabilidad por la violación del período de detención de menores en un centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos recae en los funcionarios de los órganos e instituciones por cuya culpa se cometió dicha violación.

7.1. Correspondencia de un menor con los órganos que controlan las actividades de los centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos, el tribunal, la fiscalía, el Comisionado de Derechos Humanos de la Federación de Rusia, el Comisionado de los Derechos del Niño bajo la presidencia de la Federación de Rusia, el Comisionado de Derechos Humanos de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia, el autorizado sobre los derechos del niño en una entidad constitutiva de la Federación de Rusia, por una comisión pública de seguimiento formada de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia, no está sujeto a censura. La correspondencia de menores dirigida a los órganos y funcionarios especificados a más tardar en un día (excepto fines de semana y festivos) se envía según su origen.

La correspondencia de un menor con un abogado u otra persona que le proporcione asistencia jurídica por motivos legales no está sujeta a censura, excepto en los casos en que la administración de un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos tenga datos confiables de que la información contenida en el la correspondencia tiene como objetivo iniciar, planificar u organizar un delito o involucrar a otras personas en su comisión. En estos casos, el control de los mensajes postales, telégrafos o de otro tipo se realiza sobre la base de una decisión motivada de la administración del centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos. Se envía una copia de dicha decisión al fiscal que supervisa el cumplimiento de las leyes del centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos correspondiente.

La conversación con menores por parte de miembros de una comisión pública de seguimiento formada de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia sobre cuestiones de garantía de sus derechos en un centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos se lleva a cabo en condiciones que permitan a un representante de la administración del centro de detención temporal para infractores menores del Ministerio del Interior para verlos, pero no para escucharlos.

8. Los funcionarios de los centros de detención temporal de infractores menores de los órganos del Ministerio del Interior gozan de los derechos previstos en el párrafo 6 del artículo 13, el párrafo 10 del artículo 15 y el párrafo 2 del artículo 21 de esta Ley Federal.

Artículo 23. Otras divisiones de los órganos de asuntos internos.

1. Otras divisiones de los órganos de asuntos internos de su competencia:

1) identificar, prevenir, reprimir y resolver delitos de menores, así como identificar a las personas que los preparan, cometen o han cometido;

2) identificar a los menores infractores, a los grupos de dichas personas, así como a los menores incluidos en grupos delictivos organizados o en comunidades criminales(organizaciones criminales), y tomar medidas para impedir que cometan delitos;

3) implementar medidas para prevenir la participación de menores en tráfico ilegal estupefacientes, sustancias psicotrópicas y sus precursores;

4) identificar a personas que involucren a menores en la comisión de delitos, acciones antisociales y (o) en un grupo criminal, y aplicarles las medidas de influencia previstas por la legislación de la Federación de Rusia;

5) participar en la búsqueda de menores, personas desaparecidas, quienes hayan huido de los órganos de instrucción, instrucción o juzgado, quienes eludan el cumplimiento de pena o medidas educativas obligatorias, quienes se hayan fugado de instituciones del sistema penitenciario o quienes han abandonado a sus familias o instituciones educativas especiales sin permiso o centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos.

2. Los funcionarios de los departamentos de los órganos del interior que realicen actividades operativas de investigación para prevenir y resolver delitos cometidos contra menores gozarán de los derechos previstos en el párrafo 2 del artículo 21 de esta Ley Federal.

Artículo 24. Otros organismos e instituciones, asociaciones públicas que implementan medidas para prevenir el abandono y la delincuencia de menores.

1. Organismos e instituciones de cultura, ocio, deporte y turismo:

1) atraer a menores que se encuentran en una situación socialmente peligrosa a clases en clubes, círculos y secciones artísticas, técnicas, deportivas y de otro tipo, contribuir a su familiarización con los valores de la cultura nacional y mundial;

2) brindar asistencia a las instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social, instituciones educativas especiales y centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos en la organización del trabajo deportivo, cultural y educativo con los menores internados en estas instituciones.

2. Las inspecciones penales-ejecutivas participan, dentro de los límites de su competencia, en el trabajo preventivo individual con menores, cuyo comportamiento es supervisado por ellos de conformidad con el Código Penal-Ejecutivo de la Federación de Rusia.

3. Órganos ejecutivos federales, en los que la legislación de la Federación de Rusia establece servicio militar, participar, dentro de los límites de su competencia, en la prevención del abandono y la delincuencia de menores, incluso inscribiendo como alumnos a huérfanos y niños abandonados sin el cuidado de sus padres en las listas de unidades militares con el consentimiento de estos menores, así como con el consentimiento de las autoridades de tutela y tutela.

El procedimiento y las condiciones para inscribir a menores como alumnos en unidades militares y proporcionarles los tipos de subsidios necesarios los establece el órgano ejecutivo federal autorizado.

4. Las asociaciones públicas participan en la prevención del abandono y la delincuencia juvenil de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia y los estatutos de estas asociaciones.

Artículo 25. Apoyo económico a los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil

1. El apoyo financiero a los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil se realiza con cargo a fondos presupuesto federal y fondos de los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, teniendo en cuenta el procedimiento establecido para financiar las actividades de estos órganos e instituciones. Las fuentes adicionales de financiación pueden ser contribuciones caritativas, donaciones voluntarias y otras fuentes no prohibidas por la legislación de la Federación de Rusia.

2. Órganos de gobierno local facultados poderes estatales darse cuenta especies individuales actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil, se transfieren los recursos materiales y económicos necesarios para el desarrollo de estas competencias.

3. Actividades relacionadas con el transporte entre las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, así como dentro de los territorios de los estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes de menores que han abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, centros de educación especial y otras instituciones para niños, son una obligación de gastos de la Federación de Rusia.

La Federación de Rusia transfiere a las autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia la autoridad para realizar actividades relacionadas con el transporte entre las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, así como dentro de los territorios de los estados miembros de la Comunidad de Independientes. Estados de menores que hayan abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, instituciones de educación especial, instituciones educativas y otras instituciones infantiles establecidas por este párrafo.

Se realiza el transporte entre las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, así como dentro de los territorios de los estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes de menores que han abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, instituciones de educación especial y otras instituciones infantiles. realizado por la entidad constitutiva de la Federación de Rusia en cuyo territorio se encontró el menor.

Los fondos para la implementación de los poderes transferidos para llevar a cabo estas actividades se proporcionan como parte del Fondo Federal de Compensación, formado en el presupuesto federal, en forma de subvenciones.

La cantidad de fondos asignados al presupuesto de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia se determina en función del número de menores sujetos a regresar a sus lugares de residencia permanente, así como de los costos de su transporte, calculados de conformidad con la legislación de La Federación Rusa.

Las subvenciones se acreditan en la forma prescrita para la ejecución del presupuesto federal en las cuentas de los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

El procedimiento para gastar y contabilizar los fondos para la concesión de subvenciones lo establece el Gobierno de la Federación de Rusia.

Las autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia presentan presentaciones trimestrales al órgano ejecutivo federal responsable del desarrollo de un estado unificado financiero, crediticio, la política monetaria, un informe sobre el gasto de las subvenciones concedidas, indicando el número de menores, así como el volumen de gastos efectuados. Si es necesario, se presentan datos de informes adicionales en la forma que determine el Gobierno de la Federación de Rusia.

Los fondos para la implementación de estos poderes están destinados a fines específicos y no pueden utilizarse para otros fines.

Si no se utilizan los fondos finalidad prevista el órgano ejecutivo federal autorizado tiene derecho a recaudar estos fondos en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia.

El control del gasto de fondos lo lleva a cabo el órgano ejecutivo federal que ejerce funciones de control y supervisión en el ámbito financiero y presupuestario, el órgano ejecutivo federal que ejerce funciones de control y supervisión en el ámbito de la salud y el desarrollo social, Cámara de Cuentas Federación Rusa.

4. El procedimiento para financiar las actividades relacionadas con el transporte dentro del territorio de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia de menores que han abandonado a sus familias, orfanatos, internados, instituciones de educación especial y otras instituciones infantiles sin permiso, está establecido por la legislación de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia.

Artículo 25.1. El procedimiento para la realización de actividades relacionadas con el transporte de menores que han abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, instituciones de educación especial y otras instituciones infantiles.

1. Las autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia ejercen las facultades que les ha delegado la Federación de Rusia de conformidad con el párrafo 3 del artículo 25 de esta Ley Federal para realizar actividades relacionadas con el transporte entre las entidades constitutivas de la Federación de Rusia. , así como dentro de los territorios de los estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes de menores, sin permiso, que abandonaron familias, orfanatos, internados, instituciones de educación especial y otras instituciones para niños.

Los órganos del gobierno federal ejercen las facultades de regulación legal y apoyo financiero de esta área de actividad, así como el control sobre esta área de actividad.

El apoyo financiero a esta área de actividad se realiza en la forma establecida en el artículo 25 de esta Ley Federal.

2. El transporte entre las entidades constitutivas de la Federación de Rusia de menores que han abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, instituciones educativas especiales de tipo abierto y otras instituciones para niños lo realizan los padres u otros representantes legales de los menores, empleados de instituciones especializadas para menores que necesitan asistencia social, rehabilitación, empleados de orfanatos, internados, instituciones educativas especiales de tipo abierto y otras instituciones para niños.

La lista de instituciones cuyos empleados transportan a menores que han abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, instituciones educativas especiales de tipo abierto y otras instituciones para niños se establece mediante un acto jurídico reglamentario de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia.

3. La administración de una institución especializada para menores necesitados de rehabilitación social, en la que se interna a un menor que haya abandonado a su familia sin permiso, un orfanato, un internado, una institución educativa especial de tipo abierto u otra institución infantil, inmediatamente. notifica a los padres u otros representantes legales o a la administración de un orfanato, internado, institución educativa especial de tipo abierto u otra institución infantil sobre su lugar de estancia y la posibilidad de regresar con su familia o una institución infantil.

4. A más tardar cinco días después de la entrega en un orfanato, internado, institución educativa especial de tipo abierto u otra institución infantil de un menor que haya abandonado dicha institución sin permiso, el director de la institución notifica a la administración de la institución especializada. para menores con necesidad de rehabilitación social sobre este. , en el que se encontraba el menor en el momento en que se tomó la decisión de transportarlo.

5. El menor que haya abandonado sin permiso a su familia, un orfanato, un internado, una institución educativa especial de tipo abierto u otra institución infantil, es devuelto y internado en una institución especializada para menores que necesitan rehabilitación social, en el lugar de residencia permanente del menor de conformidad con el artículo 13 de esta Ley Federal en los siguientes casos:

1) negativa de los padres u otros representantes legales a aceptar a un menor en la familia;

2) un recurso de un menor mayor de diez años ante la administración de una institución especializada para menores necesitados de rehabilitación social sobre la imposibilidad de regresar con una familia en situación socialmente peligrosa, un orfanato, un internado, un centro abierto especial -tipo institución educativa u otro centro de cuidado infantil;

3) obtener información sobre trato cruel a un menor de diez años en una familia o en una institución de cuidado infantil.

6. El transporte de menores que han abandonado voluntariamente instituciones educativas especiales cerradas entre las entidades constitutivas de la Federación de Rusia lo realizan empleados de los centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos.

7. La lista de documentos necesarios para el transporte entre las entidades constitutivas de la Federación de Rusia de menores que han abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, instituciones de educación especial y otras instituciones infantiles, condiciones de transporte, formularios y procedimientos para informar sobre las actividades. relacionado con el transporte, aprobado por el órgano ejecutivo federal autorizado por el Gobierno de la Federación de Rusia.

8. El procedimiento para el transporte de menores que han abandonado a sus familias, orfanatos, internados, instituciones de educación especial y otras instituciones infantiles dentro de los territorios de los estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes está establecido por el Acuerdo de Cooperación de los estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes.

9. El procedimiento para el transporte de menores que han abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, instituciones de educación especial y otras instituciones infantiles, dentro del territorio de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia está establecido por la legislación de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia. Federación.

Capítulo III. PRODUCCIÓN POR MATERIALES
SOBRE LA COLOCACIÓN DE MENORES NO SUJETOS A
RESPONSABILIDAD PENAL, EN ESPECIAL
INSTITUCIONES EDUCATIVAS CERRADAS

Artículo 26. Motivos y procedimiento para la preparación de materiales sobre la internación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas.

1. Una causa penal terminada contra menores especificados en los incisos 1 y 2 del párrafo 4 del artículo 15 de esta Ley Federal (en adelante, menores no sujetos a responsabilidad penal), o materiales sobre la negativa a iniciarla, son transferidos inmediatamente por el órgano de asuntos internos o el fiscal a la comisión de casos de menores y protección de sus derechos para considerar la posibilidad de aplicar medidas educativas a estos menores o solicitar al tribunal su internamiento en instituciones educativas especiales cerradas de conformidad con la Ley del Federación de Rusia “Sobre la educación”.

Si la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos decide solicitar al tribunal que coloque a menores que no estén sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas, la resolución correspondiente de dicha comisión y los materiales presentados se envían inmediatamente a la órgano de asuntos internos o el fiscal.

2. Con el fin de preparar para la consideración del tribunal materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas (en adelante también denominados materiales), los órganos de asuntos internos y (o) la fiscalía envían solicitudes de presentación a los órganos e instituciones pertinentes de los documentos necesarios. Estas solicitudes están sujetas a ejecución gratuita dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su recepción.

3. Para determinar la posibilidad de internar a menores que no estén sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas, las instituciones de atención de la salud realizan sus exámenes médicos, incluidos los psiquiátricos, sobre la base de:

1) resolución del titular del órgano de asuntos internos o del fiscal si existe el consentimiento del menor para examen medico o el consentimiento de sus padres u otros representantes legales si el menor no ha cumplido quince años;

2) la decisión de un juez en los casos en que un menor y (o) sus padres u otros representantes legales no dieron su consentimiento para un examen médico.

3.1. Si un menor que no está sujeto a responsabilidad penal y (o) sus padres u otros representantes legales no han dado su consentimiento para un examen médico, el jefe del órgano de asuntos internos o el fiscal presenta una solicitud al tribunal del lugar de residencia. del menor de realizar un reconocimiento médico al menor sin su consentimiento o sin el consentimiento de sus padres u otros representantes legales.

La solicitud deberá ir acompañada de los materiales previstos en los incisos 1 y 2 del párrafo 1 del artículo 27 de esta Ley Federal, así como de una resolución del titular del organismo del interior o del fiscal sobre la realización de un reconocimiento médico a un menor que no está sujeto a responsabilidad penal, y los materiales que confirmen el hecho de que el menor y (o ) sus padres u otros representantes legales se han negado a someterse a un examen médico.

3.2. La solicitud de examen médico de un menor que no está sujeto a responsabilidad penal, sin su consentimiento o sin el consentimiento de sus padres u otros representantes legales, es examinada por un solo juez dentro de los tres días siguientes al momento de su presentación.

Con base en los resultados de la consideración de la solicitud, el juez toma la decisión de realizar un examen médico del menor sin su consentimiento o sin el consentimiento de sus padres u otros representantes legales, o de negarse a satisfacer la solicitud de un examen médico de el menor sin su consentimiento o sin el consentimiento de sus padres u otros representantes legales.

4. En los casos en que a menores que no están sujetos a responsabilidad penal se les diagnostican durante un examen médico enfermedades que interfieren con su manutención y educación, en instituciones educativas especiales cerradas, los materiales sobre estas personas se transfieren a la comisión de asuntos de menores y a la protección de sus derechos a aplicarles medidas educativas.

4.1. Preparar recomendaciones para brindar a un menor, respecto del cual se está considerando la cuestión de su internamiento en una institución educativa especial de tipo cerrado, asistencia psicológica, médica y pedagógica y determinar las formas de su educación y crianza posteriores, la atención psicológica, médica y La comisión pedagógica del órgano de gestión de la educación lleva a cabo, sobre la base de una resolución del jefe del organismo de asuntos internos o del fiscal, un examen exhaustivo del menor.

5. Los menores que no estén sujetos a responsabilidad penal, respecto de los cuales se estén preparando materiales para su colocación en instituciones educativas especiales cerradas, podrán ser trasladados bajo la supervisión de sus padres u otros representantes legales, y los menores mantenidos en un orfanato o internado. u otra institución infantil - bajo la supervisión de la administración de estas instituciones infantiles. Para estos efectos, de acuerdo con la resolución del titular del órgano de asuntos internos o su suplente, el funcionario del departamento de menores del órgano de asuntos internos recibe de uno de los padres u otros representantes legales o del titular de esta institución infantil. obligación escrita de velar por el buen comportamiento de los menores y su comparecencia cuando sean citados ante el tribunal. Los menores de edad, sus padres u otros representantes legales que eludan comparecer ante el tribunal podrán ser presentados por orden del juez.

6. Antes de que el juez considere los materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas, dichas personas podrán ser enviadas por un período de hasta 30 días a un centro de detención temporal para menores infractores del sistema interno. órgano de asuntos exteriores sobre la base de la decisión de un juez en los siguientes casos:

1) la necesidad de garantizar la protección de la vida o la salud de un menor;

2) la necesidad de prevenir la repetición de un acto socialmente peligroso;

3) el menor no tiene lugar de residencia o lugar de estancia;

4) evasión maliciosa de un menor de comparecer ante el tribunal o de un reconocimiento médico. Bajo evasión maliciosa un menor de comparecer ante el tribunal o de un examen médico significa los casos en que, por razones inexcusables, no se presentó ante el tribunal o una institución de atención médica para realizar un examen médico dos o más veces, o huyó de su lugar de residencia o lugar de permanecer.

Artículo 27. El procedimiento para el envío al tribunal de materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas.

1. Para considerar la posibilidad de internar a menores que no estén sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas, el jefe del órgano de asuntos internos o el fiscal enviará al tribunal de su lugar de residencia:

1) una causa penal terminada contra un menor o materiales sobre la negativa a iniciarla;

2) una resolución de la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, que contenga una petición para enviar al menor a una institución educativa especial cerrada;

3) características del lugar de estudio (trabajo) del menor;

4) acto de examen de la familia y condiciones de vida del menor;

5) un certificado del órgano de asuntos internos que contenga información sobre las infracciones cometidas anteriormente por un menor y las medidas adoptadas al respecto;

6) una conclusión de una institución de salud sobre el estado de salud del menor y la posibilidad de su internamiento en una institución educativa especial cerrada;

7) la conclusión de la comisión psicológica, médica y pedagógica sobre los resultados de un examen integral del menor, que contenga recomendaciones para brindarle asistencia psicológica, médica y pedagógica y determinar las formas de su educación y crianza posteriores.

2. Los materiales especificados en el párrafo 1 de este artículo se envían al tribunal del lugar de residencia de un menor que no está sujeto a responsabilidad penal dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la decisión de dar por terminado el caso penal contra el menor especificado o negarse a iniciarlo. En casos excepcionales, este plazo podrá ampliarse a 30 días por resolución del jefe del organismo del interior o del fiscal.

3. Los materiales especificados en el párrafo 1 de este artículo, antes de ser enviados al tribunal, se presentan para su revisión a un menor que no está sujeto a responsabilidad penal, y a sus padres u otros representantes legales, quienes tienen derecho a utilizar los medios legales. asistencia de abogado, tener representante, dar explicaciones, presentar peticiones, apelar las decisiones tomadas. Las personas interesadas hacen una entrada apropiada en el material presentado sobre el conocimiento de los materiales especificados y sobre la recepción de respuestas a sus peticiones, quejas y declaraciones.

Artículo 28. El procedimiento para la consideración de materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas.

1. Los materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas serán examinados por el juez dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su recepción por el tribunal.

2. Se cita al tribunal al menor que no esté sujeto a responsabilidad penal, a sus padres u otros representantes legales y, a criterio del juez, a otras personas. La participación del fiscal y del abogado en la consideración de estos materiales es obligatoria.

3. Al inicio de la audiencia, el juez anuncia qué materiales se van a considerar, quién los está considerando, y también presenta a los participantes en la consideración y los explica. derechos procesales y responsabilidades. Después de esto se anuncian Documentos requeridos, se examinan los materiales especificados en el párrafo 1 del artículo 27 de esta Ley Federal, se consideran las peticiones, se aclaran las circunstancias relevantes para la toma de una decisión informada, los discursos de un menor que no está sujeto a responsabilidad penal, sus padres u otros representantes legales, Se escucha a otras personas, a un fiscal y a un abogado.

4. Con base en los resultados del examen de los materiales, el juez toma una decisión, que está sujeta a anuncio en la audiencia judicial.

5. La decisión del juez deberá indicar el nombre del tribunal y el apellido del juez que tomó la decisión, la fecha de consideración de los materiales, información sobre el menor que no está sujeto a responsabilidad penal y otras personas que participaron en la consideración. de los materiales, las circunstancias establecidas durante su consideración, y también establece la decisión tomada sobre:

1) enviar a un menor que no esté sujeto a responsabilidad penal a una institución educativa especial cerrada con indicación del período para aplicar esta medida obligatoria de influencia educativa y colocarlo en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos de la tiempo necesario para entregar al menor a la institución especificada;

2) enviar materiales a la comisión de asuntos de menores y proteger sus derechos para la aplicación de medidas educativas a un menor que no esté sujeto a responsabilidad penal en los casos en que el tribunal haya establecido circunstancias que confirmen la posibilidad de reeducar a dicho menor sin colocarlo en una institución educativa especial cerrada, o se han identificado razones que impiden su colocación en la institución especificada;

3)excluido. - Ley Federal de 7 de julio de 2003 No. 111-FZ;

3) cese de producción de materiales.

1) el período de prisión preventiva de los menores, si se encuentran bajo custodia como medida preventiva o detención antes de ser liberados de responsabilidad penal;

2) el período de estancia de los menores en un centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos.

Artículo 29. El procedimiento para el envío de copias de la decisión del juez y otros materiales.

1. Una copia de la decisión del juez se entregará contra firma o se enviará en un plazo de tres días al menor que no esté sujeto a responsabilidad penal, a sus padres u otros representantes legales, así como a los órganos e instituciones que garanticen la ejecución de la decisión especificada. El original de la decisión se conserva en el tribunal.

2. Una causa penal terminada contra un menor que no está sujeto a responsabilidad penal, los materiales sobre la negativa a iniciarla y otros documentos necesarios para la consideración de los materiales sobre el envío de dicho menor a una institución educativa especial cerrada se devuelven a asuntos internos. órgano o fiscal que los presentó.

Artículo 30. El procedimiento para apelar, protestar la decisión de un juez y considerar una queja o protesta.

1. El menor que no esté sujeto a responsabilidad penal y haya cumplido catorce años, o sus padres u otros representantes legales o, a petición de estos, un abogado, podrá recurrir la decisión del juez ante el tribunal superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de su celebración. fecha de recepción de una copia de dicha decisión. Si se incumple el plazo especificado por motivos válidos, el juez o el presidente del tribunal podrá restablecerlo a petición de las personas interesadas.

2. La decisión del juez podrá ser anulada previa protesta del fiscal, así como independientemente de la presencia de protesta del fiscal por parte del presidente del tribunal superior.

3. La queja o protesta de un fiscal contra la decisión de un juez será examinada por el presidente del tribunal superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de su recepción.

4. Con base en los resultados del examen de la denuncia o protesta del fiscal contra la decisión del juez, el presidente del tribunal superior toma una de las siguientes decisiones:

1) deja inalterada la decisión del juez y no se satisface la queja o protesta del fiscal;

2) anula la decisión del juez y envía al tribunal materiales sobre menores que no están sujetos a responsabilidad penal para un nuevo juicio.

5. Copia de la decisión sobre la denuncia o protesta del fiscal contra la decisión del juez se envía en el plazo de tres días al juez que tomó la decisión, al fiscal, al menor no sujeto a responsabilidad penal y (o) a sus padres o otros representantes legales.

Artículo 31. Órganos e instituciones que ejecutan la decisión del juez.

La ejecución de la decisión del juez está asegurada por:

1) un centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos, en términos de entrega de menores a instituciones educativas especiales cerradas;

2) organismo de gestión de la educación - en términos de otorgar vales para enviar menores a instituciones educativas especiales cerradas dentro de los 20 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud de emisión de un vale;

3) la comisión para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos - en lo que respecta a la aplicación de medidas educativas en relación con los menores en los casos previstos en el inciso 2 del párrafo 5 del artículo 28 de esta Ley Federal;

4) la administración de una institución educativa especial de tipo cerrado, en términos de garantizar la corrección y rehabilitación de un menor durante el período de su detención en la institución especificada.

Capítulo III.1. REVISIÓN DE MATERIALES SOBRE EL LOCAL
MENORES A CENTROS DE DETENCIÓN TEMPORAL
PARA DELINCUENTES MENORES
DE LOS ASUNTOS INTERIORES

Artículo 31.1. El procedimiento para preparar materiales sobre la colocación de menores en centros de detención temporal para infractores menores de los órganos de asuntos internos.

1. Resolución sobre la internación de menores especificada en los incisos 3 a 6 del inciso 2 del artículo 22 de esta Ley Federal en centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos y materiales sobre menores que confirmen la validez de la internación de menores en estos centros. (en adelante, materiales), enviado al tribunal por el jefe del órgano de asuntos internos o su suplente en el lugar de detención de menores a más tardar 24 horas antes de la expiración del período de estancia de menores en centros de detención temporal para infractores menores de los órganos de asuntos internos, especificados en el párrafo 4 del artículo 22 de esta Ley Federal.

2. Los materiales deben contener: datos suficientes que confirmen la comisión de un acto socialmente peligroso por parte de un menor que no haya alcanzado la edad en la que comienza la responsabilidad penal por estos actos, o una infracción que conlleve responsabilidad administrativa, o el hecho de la salida no autorizada de un especial. institución educativa cerrada; una indicación de los objetivos y motivos del internamiento de un menor en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos; datos que indiquen la necesidad de proteger la vida o preservar la salud de un menor o evitar que cometa reiteradamente un acto socialmente peligroso.

Artículo 31.2. El procedimiento y los plazos para la consideración de materiales sobre la colocación de menores en centros de detención temporal para infractores menores de los órganos de asuntos internos.

1. El menor, sus padres u otros representantes legales o un representante de la autoridad de tutela y tutela tienen derecho a familiarizarse con los materiales enviados al tribunal.

En la prestación de asistencia jurídica podrán participar un abogado, un representante legal de un menor, así como otra persona que tenga derecho a prestar asistencia jurídica de conformidad con la ley.

Los poderes de un abogado están certificados mediante orden emitida por la persona jurídica correspondiente. Los poderes de otra persona que preste asistencia jurídica se certifican mediante poder otorgado de conformidad con la ley.

2. Los materiales relativos a los menores especificados en los incisos 3 a 6 del párrafo 2 del artículo 22 de esta Ley Federal serán examinados en el lugar de su detención por un juez único dentro de las 24 horas siguientes al momento de la presentación de estos materiales por el órgano de asuntos internos. pero a más tardar después de la expiración del período de estancia especificado en el párrafo 4 del artículo 22 de esta Ley Federal.

En la consideración de los materiales participan el menor, sus padres u otros representantes legales, un abogado, un fiscal, representantes de un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos y (o) representantes de la unidad de asuntos juveniles del órgano de asuntos internos. . En el examen de los materiales también podrán participar los representantes de la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos y de la autoridad de tutela y administración fiduciaria.

3. Con base en los resultados del examen de los materiales especificados en el párrafo 2 de este artículo, el juez toma una decisión:

1) sobre la colocación de un menor en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos;

2) sobre la negativa a satisfacer la solicitud de internación de un menor en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos.

4. La decisión del juez deberá indicar: el nombre del tribunal, apellido, nombre, patronímico del juez que dictó dicha decisión, fecha y lugar de su emisión, información sobre la identidad del menor, las personas que participaron en la consideración de los materiales especificados en el párrafo 2 de este artículo; los propósitos y motivos para colocar o negar la colocación de un menor en un centro de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos y otras circunstancias establecidas durante la consideración de estos materiales.

5. La decisión del juez se comunica al menor y a otras personas que participaron en el examen de los materiales especificados en el apartado 2 de este artículo mediante su anuncio. Se entrega o envía copia de la decisión al menor, a sus padres u otros representantes legales a más tardar tres días después de la fecha de su emisión con una explicación del procedimiento para apelar dicha decisión.

Artículo 31.3. Apelación, protesta y ejecución de la decisión de un juez

1. La decisión del juez podrá ser apelada y protestada en la forma prescrita por el artículo 30 de esta Ley Federal.

2. Se envía copia de la decisión del juez al órgano de asuntos internos para su ejecución.

Capítulo IV. PROVISIONES FINALES

Artículo 32. El procedimiento para la entrada en vigor de esta Ley Federal.

1. Esta Ley Federal entra en vigor en la fecha de su publicación oficial.

2. Serán declarados nulos a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley Federal:

Decreto del Presidium del Soviet Supremo de la RSFSR del 13 de diciembre de 1967 “Sobre la aprobación del Reglamento sobre educadores públicos de menores” y el Reglamento sobre educadores públicos de menores (Vedomosti del Consejo Supremo de la RSFSR, 1967, núm. 51, artículo 1239);

sección II del Decreto del Presidium del Soviet Supremo de la RSFSR del 1 de octubre de 1985 “Sobre la introducción de modificaciones y adiciones al reglamento sobre las comisiones de menores y sobre los educadores públicos de menores” (Vedomosti del Consejo Supremo de la RSFSR, 1985, N° 40, Art. 1400).

3. A partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley Federal, serán declarados inválidos en el territorio de la Federación de Rusia:

Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS del 15 de febrero de 1977 “Sobre las principales responsabilidades y derechos de las inspecciones de menores, los centros de acogida de menores y las instituciones educativas especiales para la prevención del abandono y la delincuencia de menores” (Vedomosti del Soviet Supremo de la URSS, 1977, N° 8, Art. 138);

Ley de la URSS del 17 de junio de 1977 “Sobre la aprobación de los Decretos del Presidium del Soviético Supremo de la URSS, que introducen algunos cambios y adiciones a la legislación vigente de la URSS” (Vedomosti del Soviético Supremo de la URSS, 1977, No. . 25, Art. 389) sobre la aprobación del Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS de 15 de febrero de 1977 “Sobre las principales responsabilidades y derechos de las inspecciones de asuntos de menores, los centros de acogida de menores y las instituciones de educación especial para los prevención del abandono y la delincuencia juvenil”;

Artículo 3 del Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS de 5 de marzo de 1981 “Sobre la introducción de enmiendas y adiciones a algunas actos legislativos URSS sobre la protección del orden público" (Vedomosti del Soviético Supremo de la URSS, 1981, núm. 10, art. 232);

Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS del 5 de enero de 1988 "Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS" Sobre las principales responsabilidades y derechos de las inspecciones de menores, centros de acogida de menores e instituciones educativas especiales para la prevención del abandono y la delincuencia de menores "(Vedomosti del Soviético Supremo de la URSS, 1988, núm. 2, art. 18);

Ley de la URSS de 26 de mayo de 1988 “Sobre la aprobación de los Decretos del Presidium del Soviético Supremo de la URSS sobre la introducción de enmiendas y adiciones a los actos legislativos de la URSS” (Vedomosti del Soviético Supremo de la URSS, 1988, No. 22, Art. 361) sobre la aprobación del Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS de 5 de enero de 1988 “Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS “Sobre las principales responsabilidades y derechos de inspecciones de menores, centros de acogida de menores e instituciones educativas especiales para la prevención del abandono y delincuencia de menores.”

Artículo 33. Adecuación de los actos jurídicos reglamentarios a esta Ley Federal

1. El Presidente de la Federación de Rusia, en un plazo de tres meses, armonizará sus actos jurídicos reglamentarios con esta Ley Federal.

2. Al Gobierno de la Federación de Rusia en el plazo de tres meses:

aprobar los actos jurídicos reglamentarios previstos en esta Ley Federal;

Adecuar sus actos jurídicos reglamentarios a esta Ley Federal.

El presidente
Federación Rusa
B.YELTSIN

Preparado para el sistema ConsultantPlus

COMENTARIO A LA LEY FEDERAL

";ACERCA DE LOS FUNDAMENTOS DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL DESCUIDO

Y DELITOS DE MENORES”;

El material fue elaborado utilizando actos legales.

yu.v. BELIANINOVA

Yulia Vladimirovna Belyaninova es abogada con más de 20 años de experiencia, autora de numerosos artículos, libros y comentarios.

La publicación es comentario artículo por artículo a la Ley Federal de 24 de junio de 1999 N 120-FZ “Sobre los fundamentos del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil”, que sentó las bases para la regulación jurídica de las relaciones que surjan en relación con las actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil. delincuencia. El comentario analiza las competencias de los órganos que desarrollan labores de prevención del abandono y la delincuencia juvenil, sus principales orientaciones y principios de actuación; los derechos de las personas respecto de las cuales se realiza la labor preventiva, el procedimiento para la colocación de menores en instituciones educativas especiales y otras cuestiones que surjan en el proceso de realización de la labor preventiva.

El comentario está dirigido a abogados y especialistas en ejercicio. varios campos Las actividades relacionadas con el área de las relaciones jurídicas en consideración también serán de utilidad para estudiantes y profesores. especialidades legales y todos los ciudadanos interesados.

En la elaboración del comentario se utilizaron actos legales reglamentarios del 26 de noviembre de 2010.

FEDERACIÓN RUSA

LA LEY FEDERAL

SOBRE LOS FUNDAMENTOS DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL DESCUIDO

Y DELITOS DE MENORES

(según enmendado por las Leyes Federales del 13 de enero de 2001 N 1-FZ,

de 7 de julio de 2003 N 111-FZ, de 29 de junio de 2004 N 58-FZ,

de 22 de agosto de 2004 N 122-FZ (modificada el 29 de diciembre de 2004), de 1 de diciembre de 2004 N 150-FZ,

de 29 de diciembre de 2004 N 199-FZ, de 22 de abril de 2005 N 39-FZ,

de 05.01.2006 N 9-FZ, de 30.06.2007 N 120-FZ,

de 21 de julio de 2007 N 194-FZ, de 24 de julio de 2007 N 214-FZ,

de 12.01.2007 N 309-FZ, de 23.07.2008 N 160-FZ,

de 13 de octubre de 2009 N 233-FZ)

Comentario al preámbulo

El nivel de abandono infantil y falta de vivienda es un indicador del bienestar y la estabilidad de la sociedad. Según datos oficiales, actualmente hay más de 800.000 niños de la calle en Rusia, pero en realidad son entre 1 y 3 millones, y ni una sola agencia tiene datos sobre su número exacto. Estas cifras aterradoras son consecuencia del actual estado socioeconómico, espiritual y moral de nuestro país. Ahora los sociólogos hablan de una tercera ola de personas sin hogar, las dos primeras de las cuales coincidieron con los períodos de revolución, civil y guerra patriótica y eran completamente comprensibles y justificados desde un punto de vista histórico. ¿Por qué en los tiempos actuales, completamente pacíficos, tenemos un nuevo aumento en la falta de vivienda, el abandono y la delincuencia entre los menores? Hay muchas razones para esto. Entre los principales se encuentran el aumento del número de familias asociales e inestables, los altos niveles de desempleo, un gran número de refugiados y desplazados internos, el bajo nivel de vida de los principales segmentos de la población, así como factores subjetivos. como la desgana y la incapacidad de los padres para criar a sus hijos, la falta de voluntad de las escuelas para afrontar temas "difíciles"; adolescentes, etc

Ley comentada regula los fundamentos de la regulación legal. las relaciones que surgen en relación con las actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil, determina las categorías de personas respecto de las cuales se realiza el trabajo preventivo individual y también establece las bases para la realización de dicho trabajo.

Consuegro Se regulan las competencias de los órganos pertinentes. quienes realizan labores de prevención del abandono y la delincuencia juvenil, sus principales orientaciones y principios de actividad; los derechos de las personas respecto de las cuales se realiza labor preventiva, el procedimiento para la colocación de menores que no estén sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas; Se legisla el procedimiento para el internamiento de menores en centros de detención temporal para menores infractores y otras cuestiones que surjan en el proceso de realización de la labor preventiva.

Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Conceptos básicos

Comentario al artículo 1

1. Este artículo presenta los conceptos básicos utilizados en la Ley comentada, y también explica su significado en relación con las relaciones jurídicas que surgen en el proceso de prevención del abandono y la delincuencia juvenil. Muchas leyes federales contienen artículos de carácter conceptual. Esto simplifica enormemente la estructura de otros artículos de la ley y su percepción, ya que el texto de la ley no está abarrotado de redacción idéntica.

Consideremos los conceptos presentados en el artículo, el primero de los cuales es el concepto. ";menor";, que se define como una persona menor de 18 años. Significado similar este concepto aplicado y ampliamente utilizado en todo ruso instituciones legales. Al mismo tiempo, el concepto de “menor” Esto dista mucho de estar claro y la falta de una definición clara de menor para cada rama del derecho crea a menudo dificultades en la aplicación de la legislación.

En arte. 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989, establece que es niño todo ser humano menor de 18 años, a menos que, según la ley que le sea aplicable, alcance la mayoría de edad. más temprano.

Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia Juvenil (“Reglas de Beijing”), adoptadas por la Resolución 40/33 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 10 de diciembre de 1985, establecen que un menor es un niño o joven que, dentro de los límites existentes sistema legal puede ser considerado responsable de un delito en una forma diferente de la aplicable a un adulto.

Como vemos, en las formulaciones indicadas documentos internacionales Sin embargo, no hay una indicación clara del límite de edad superior que define a la minoría, según la legislación actual. práctica internacional V en este caso se aplica el límite de edad superior, es decir, cumplir los dieciocho años, ya que es a partir de esta edad individual adquiere una gama completa de derechos y obligaciones civiles.

El estatuto jurídico del menor prevé un régimen especial medidas gubernamentales destinado a su protección. Al mismo tiempo, la Ley Fundamental de nuestro país, la Constitución de la Federación de Rusia, no distingue entre la condición constitucional y jurídica de adultos y niños, pero establece derechos y libertades comunes a todos los ciudadanos de la Federación de Rusia. El concepto de "niños" Existe sólo en tres artículos de la Constitución: en el art. 38, que establece que "La maternidad y la infancia, la familia están bajo la protección del Estado. El cuidado de los niños y su crianza es igual derecho y responsabilidad de los padres. Los niños sanos que hayan cumplido 18 años deben cuidar de ellos". padres discapacitados";, en el artículo 39 - ";Todos tienen garantía seguridad Social por edad, en caso de enfermedad, invalidez, pérdida del sustentador de la familia, para la crianza de los hijos y en los demás casos que establezca la ley”, y en el artículo 43 - “;Los padres o quienes los reemplacen velarán por que los hijos reciban la educación general básica”. Los derechos y libertades de los niños: el derecho a la vida, a la dignidad personal, a la libertad e inviolabilidad personal, a la vivienda y su inviolabilidad, a la atención médica, a la libertad de conciencia y religión, etc., son similares a los derechos constitucionales establecidos para los ciudadanos adultos. .

Al mismo tiempo, existen excepciones a esta regla, aunque no están específicamente recogidas en la Constitución. Sí, arte. 27 de la Constitución de la Federación de Rusia establece el derecho de todo ciudadano a la libertad de circulación, elección de lugar de residencia y estancia. Para los menores, en particular los menores de catorce años, este ley constitucional es restrictivo, ya que el art. 20 Código Civil La Federación de Rusia (en adelante, el Código Civil de la Federación de Rusia) establece que el lugar de residencia de los menores de catorce años o de los ciudadanos bajo tutela se reconoce como el lugar de residencia de sus representantes legales: padres, padres adoptivos o guardianes.

Para determinar estatus legal menores, es necesario detenerse más detalladamente en su situación en el ámbito relaciones jurídicas civiles regulado por el Código Civil de la Federación de Rusia, y la legislación civil hace una distinción según estatus legal por edad para menores - desde el nacimiento hasta los 14 años y menores - de 14 a 18 años. Tanto los menores de edad como los menores de edad tienen personalidad jurídica civil, la cual se compone de capacidad jurídica y capacidad jurídica.

El artículo 17 del Código Civil de la Federación de Rusia establece que capacidad jurídica de un ciudadano surge con su nacimiento y cesa con la muerte, por lo tanto, la capacidad de tener derechos civiles y asumir responsabilidades (capacidad civil) se reconoce por igual a todos los ciudadanos, independientemente de su edad. Contenido capacidad jurídica civil es el derecho de los ciudadanos a poseer propiedades; heredar y legar bienes; dedicarse a negocios y cualquier otra actividad no prohibida por la ley; crear personas jurídicas de forma independiente o conjunta con otros ciudadanos y entidades legales; no hagas nada contrario a la ley transacciones y participar en obligaciones; elegir un lugar de residencia; tener los derechos de los autores de obras de ciencia, literatura y arte, invenciones y otros resultados protegidos por la ley actividad intelectual; tener otros derechos patrimoniales y personales no patrimoniales.

Los derechos de propiedad de los menores incluyen, entre otros, el derecho a recibir alimentos de los padres y otros miembros de la familia, consagrado en el art. 60 Código de la Familia RF (en adelante, RF IC), así como el derecho a participación obligatoria en herencia. Según el art. 1149 del Código Civil de la Federación de Rusia, los menores o hijos discapacitados del testador heredan, independientemente del contenido del testamento, al menos la mitad de la parte que le correspondería a cada uno de ellos en caso de herencia por ley (parte obligatoria).

El siguiente componente de la capacidad jurídica es capacidad civil, es decir, la capacidad de un ciudadano, a través de sus acciones, de adquirir y ejercer derechos civiles, de crear para sí mismo. deberes cívicos y cumplirlos. El artículo 21 del Código Civil de la Federación de Rusia establece que un ciudadano adquiere plena capacidad civil al alcanzar la mayoría de edad, es decir, los 18 años. En los casos en que la ley permite el matrimonio antes de los dieciocho años, un ciudadano menor de dieciocho años adquiere plena capacidad jurídica desde el momento del matrimonio. La capacidad jurídica adquirida como resultado del matrimonio se conserva íntegramente incluso en caso de divorcio antes de cumplir los dieciocho años.

Si el matrimonio es declarado nulo, el tribunal podrá decidir que el cónyuge menor pierda plena capacidad jurídica desde el momento que determine el tribunal.

Además, en ley civil existe tal cosa como emancipación, lo que significa que un menor que haya cumplido dieciséis años puede ser declarado plenamente capaz si trabaja bajo contrato de empleo, incluso en virtud de un contrato, o con el consentimiento de los padres, padres adoptivos o un fideicomisario, se dedica a actividad empresarial. Un menor es declarado plenamente capaz (emancipación) por decisión de la autoridad de tutela y tutela - con el consentimiento de ambos padres, padres adoptivos o tutor, o en ausencia de dicho consentimiento - por decisión judicial. Los padres, padres adoptivos y tutores no son responsables de las obligaciones del menor emancipado, en particular de las obligaciones derivadas del daño que se les haya causado.

Por regla general, están dotados de capacidad jurídica parcial los menores de 6 a 14 años y los menores de 14 a 18 años. El artículo 28 del Código Civil de la Federación de Rusia establece que para los menores de catorce años (menores), las transacciones en su nombre únicamente pueden ser realizadas por sus padres, padres adoptivos o tutores, con excepción de las pequeñas transacciones domésticas; transacciones encaminadas a obtener beneficios de forma gratuita, sin requerir notarización o registro estatal; transacciones de enajenación de fondos proporcionadas por un representante legal o con el consentimiento de este último por un tercero para un fin determinado o para su libre disposición.

Los menores de 14 a 18 años tienen derecho a disponer de forma independiente, sin el consentimiento de los padres, padres adoptivos y tutores, de sus ganancias, becas y otros ingresos; ejercer los derechos del autor de una obra de ciencia, literatura o arte, invención u otro resultado de su actividad intelectual protegido por la ley; de conformidad con la ley, realizar depósitos en instituciones de crédito y administrarlos; realizar pequeñas transacciones domésticas; transacciones destinadas a obtener beneficios de forma gratuita, que no requieren notarización ni registro estatal; transacciones de enajenación de fondos proporcionadas por un representante legal o con el consentimiento de este último por un tercero para un fin determinado o para su libre disposición.

Todas las demás transacciones podrán ser realizadas por menores de entre catorce y dieciocho años únicamente con el consentimiento por escrito de sus representantes legales: padres, padres adoptivos o tutores.

Si existen motivos suficientes, el tribunal, a petición de los padres, padres adoptivos o un administrador o autoridad tutelar, puede limitar o privar a un menor de catorce a dieciocho años del derecho a disponer de forma independiente de sus ganancias, becas u otros ingresos. (cláusula 4 del artículo 26 del Código Civil de la Federación de Rusia).

Son motivos suficientes en este caso el gasto de un menor Dinero con fines contrarios a la ley y a las normas morales: compra de bebidas alcohólicas, drogas, juegos de azar, etc.

2. Los conceptos contenidos en el artículo "; descuidado"; y ";personas sin hogar"; no son conceptos análogos.

Descuidado es un menor cuya conducta no está controlada por incumplimiento o cumplimiento indebido de deberes para su crianza, formación y (o) manutención por parte de los padres u otros representantes legales o funcionarios.

La responsabilidad de los padres de criar adecuadamente a sus hijos está consagrada en muchos actos legislativos de la Federación de Rusia, así como en documentos jurídicos internacionales.

El artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989, establece que los padres o, en su caso, los tutores legales tienen la responsabilidad primaria de la crianza y desarrollo del niño. El interés superior del niño es su principal preocupación.

El artículo 63 de la RF IC establece el derecho y el deber de los padres de criar a sus hijos. Como vemos, en este caso estamos hablando no sólo de la obligación, sino también del derecho de los padres a criar personalmente a sus hijos, que es el derecho personal e inalienable de todo progenitor. Paralelo este derecho están establecidos por el art. 54 de la RF IC, el derecho del niño a vivir y criarse en una familia, a conocer a sus padres, el derecho a su cuidado, el derecho a vivir junto con ellos, salvo en los casos en que esto sea contrario a sus intereses, el derecho a ser criado por sus padres, a velar por sus intereses, su desarrollo integral, el respeto a su dignidad humana. Para implementación por parte de un niño. derechos especificados Los padres están obligados a criar a sus hijos y son responsables de su crianza y desarrollo. Están obligados a cuidar de su salud y de su desarrollo físico, mental, espiritual y moral.

Además, de conformidad con la ley, los padres están obligados a garantizar que sus hijos reciban educación general básica y crear las condiciones para que reciban educación general secundaria (completa). Esta obligación es constitucional y está consagrada en la parte 4 del art. 43 de la Constitución de la Federación de Rusia, que establece que La educación general básica es obligatoria.. Los padres o las personas que los reemplacen velan por que sus hijos reciban una educación general básica. Los principales programas de educación general incluyen programas de educación preescolar; educación general primaria; educación general básica; educación general secundaria (completa). Estos programas están dirigidos a resolver problemas de formación. cultura general personalidad, adaptación del individuo a la vida en sociedad, para crear la base para la elección informada y el dominio de los programas educativos profesionales.

El tipo de responsabilidad de los padres por el incumplimiento de sus deberes en la crianza de un hijo no está definido por la RF IC, pero en este caso estamos hablando no solo y no tanto de moral, sino de responsabilidad legal- derecho administrativo, civil, derecho de familia, etc.

Sí, arte. 5.35 del Código de Infracciones Administrativas de la Federación de Rusia establece la responsabilidad administrativa de los padres u otros representantes legales por el incumplimiento de sus obligaciones de manutención y crianza de menores. Este delito se expresa en el incumplimiento deliberado por parte de los padres u otros representantes legales de menores de sus responsabilidades en materia de manutención y crianza de los hijos y conlleva una amonestación o imposición. multa administrativa por un monto de cien a quinientos rublos.

El artículo 1073 del Código Civil de la Federación de Rusia establece la responsabilidad civil de los padres por el daño causado a menores de catorce años (menores), a menos que demuestren que el daño no fue culpa suya.

Los menores de catorce a dieciocho años son independientemente responsables del daño causado con carácter general, sin embargo, si un menor de catorce a dieciocho años no tiene ingresos u otros bienes suficientes para compensar el daño, el daño deberá ser indemnizado en su totalidad o en la parte que falta, los padres (padres adoptivos) o el tutor, a menos que prueben que el daño no surgió por culpa suya.

La responsabilidad legal familiar por la evasión de sus responsabilidades por parte de los padres prevé la privación de la patria potestad (artículo 69 de la RF IC), la restricción de la patria potestad (artículo 73 de la RF IC) y el traslado de un niño en caso de una amenaza inmediata. a su vida y salud (Art. 77 RF IC).

El incumplimiento o el cumplimiento indebido por parte de un padre u otra persona a la que se le hayan confiado estos deberes de la responsabilidad de criar a un menor, si este acto está asociado con un trato cruel hacia un menor, es un delito penal, es decir, un delito en virtud del art. 156 del Código Penal de la Federación de Rusia, y se castiga con una multa de hasta cien mil rublos o de la cantidad salarios u otros ingresos del condenado por un período de hasta un año, o trabajo obligatorio por un período de hasta doscientas veinte horas, o trabajo correccional por un período de hasta dos años, o prisión por un período de hasta tres años con privación del derecho a ocupar determinados cargos o realizar determinadas actividades por un plazo de hasta cinco años o ninguno.

Si los padres u otros representantes legales no cumplen con sus deberes en la crianza de un menor, o los cumplen incorrectamente, entonces, en consecuencia, no hay control sobre el comportamiento de este menor y se lo descuida.

La falta de vivienda es la peor manifestación de abandono, ya que un menor sin hogar no sólo se encuentra sin la supervisión de sus padres o representantes legales, sino que además no tiene lugar de residencia ni lugar de estancia.

En el Diccionario explicativo de Ushakov, "personas sin hogar" significa "sin hogar, sin educación, que vive en la calle". Diccionario de sinónimos - "sin hogar - sin hogar, abandonado, sin hogar, abandonado".

Si el abandono de un menor suele ser latente, es decir, oculto en la naturaleza, entonces la falta de vivienda es la manifestación social más peligrosa de abandono, en la que los niños son separados de sus familias y los vínculos con sus padres y familiares se rompen, se pierden. lugar permanente residencia en lugares no destinados a la habitación humana (estaciones, áticos, sótanos, tuberías de calefacción, etc.), mientras que el sustento se obtiene por medios antisociales (robo, mendicidad, etc.). Dado que una persona sin hogar por sí sola no puede sobrevivir y ganarse la vida, entonces, por regla general, se organizan grupos de niños de la calle, en los que existen leyes informales y, con mayor frecuencia, asociales.

La solución al problema de las personas sin hogar durante las distintas etapas de la historia de nuestro país fue de carácter prioritario y político. El aumento del número de niños de la calle estuvo asociado con la revolución de 1917, Guerra civil, hambruna, luego la Gran Guerra Patria. Durante este período histórico, para solucionar el problema de las personas sin hogar, se crearon, publicaron Consejos, comisiones, pensiones, escuelas comunales y comunas laborales, escuelas coloniales, etc. regulaciones. Así, en 1919 se formó el Consejo Estatal para la Protección de la Infancia, encabezado por A.V. Lunacharsky, el 27 de enero de 1921, se creó una Comisión para mejorar la vida de los niños: la "Comisión de Niños del Comité Ejecutivo Central Panruso" dirigido por Félix Dzerzhinsky. En 1926, se aprobaron el Reglamento sobre medidas para combatir la falta de hogar de los niños en la RSFSR y la Resolución del Comité Ejecutivo Central y el Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS "Sobre medidas para combatir la falta de hogar de los niños". Durante la Gran Guerra Patria, se adoptaron las Resoluciones del Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS "Sobre la colocación de niños huérfanos". de 23 de enero de 1942 y “Sobre el fortalecimiento de las medidas para combatir la falta de vivienda, el abandono y el vandalismo de los niños”; de 15 de junio de 1943 y después del final de la guerra: la Resolución del Consejo de Ministros de la URSS "Sobre medidas para eliminar a los niños sin hogar en la RSFSR"; de 8 de abril de 1952.

Decadencia URSS y el cambio resultante en la situación política y socioeconómica a principios de los años 90 también provocó un aumento en el número de personas sin hogar. Actualmente, las principales razones de la falta de vivienda son la crisis económica, el aumento del desempleo y los bajos niveles de vida y culturales de la mayor parte de la población del país. También los motivos son la embriaguez de los padres y, como consecuencia de ello, una situación de conflicto en las familias, el abuso de los niños. Un papel importante en el problema de las personas sin hogar lo desempeña la criminalización de la sociedad, así como la migración ilegal a Rusia desde las antiguas repúblicas soviéticas.

La consecuencia de la falta de vivienda son consecuencias sociales tan graves como el alcoholismo y la drogadicción entre los adolescentes, el aumento de los delitos cometidos por menores, la explotación comercial y criminal de los adolescentes, etc.

3. Encontrar un menor en una situación socialmente peligrosa de conformidad con el artículo comentado significa que, por abandono o falta de vivienda, se encuentra en condiciones que ponen en peligro su vida o su salud o no reúnen los requisitos para su crianza o manutención, o comete un delito o acciones antisociales. Bajo condiciones que suponen un peligro para la vida y la salud, Se entiende por tal situación y el entorno de vida de un menor que realmente puede tener un impacto en su vida. efectos dañinos su salud y suponen un peligro para su vida. Tal situación puede ser la presencia de padres que abusan del alcohol, muestran agresión hacia el niño, además de consumir drogas y llevar un estilo de vida antisocial.

Las condiciones que no cumplen los requisitos para la crianza y manutención de un menor son, por ejemplo, las condiciones insalubres en el lugar de residencia, la ausencia de control por parte de los padres, la falta de comida en la casa, etc.

La comisión de delitos o actos antisociales por parte de un menor también indica que se encuentra en una situación socialmente peligrosa. Un delito es una violación de las normas legales establecidas por la ley. Responsabilidad para infracciones administrativas previsto por el Código de Infracciones Administrativas de la Federación de Rusia. Sí, arte. 20.22 del Código de Infracciones Administrativas de la Federación de Rusia prevé la responsabilidad administrativa por la aparición de menores de dieciséis años en estado de ebriedad en las calles, estadios, plazas, parques, etc. vehículo uso común, en otros lugares públicos, así como el consumo de cerveza y bebidas elaboradas a base de ella, productos alcohólicos y que contengan alcohol, el consumo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas sin prescripción médica y otras sustancias estupefacientes. La comisión de este delito conlleva la imposición de una multa administrativa a los padres u otros representantes legales de los menores por un monto de trescientos a quinientos rublos.

Un delito previsto en el Código Penal de la Federación de Rusia es un delito y conlleva responsabilidad penal.

Concepto acciones antisociales definida en el artículo comentado como las acciones de un menor, expresadas en el uso sistemático de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y (o) intoxicantes, productos alcohólicos y que contienen alcohol, cerveza y bebidas elaboradas a base de ellos, prostitución, vagancia o mendicidad, así como otras acciones que vulneren derechos e intereses legítimos de otras personas. Algunos tipos de acciones antisociales están prescritas por ley. legislación administrativa, y si el menor al momento de cometer la acción antisocial ha alcanzado la edad en que comienza la responsabilidad administrativa, entonces la acción antisocial cometida constituirá delito.

El cumpleaños número 4 simboliza un carácter equilibrado, trabajador, cauteloso y que evita empresas arriesgadas. Una persona capaz, con sus propias ideas, planes, intenta resolverlo todo por su cuenta, sin ayuda externa.

Su lema es confiabilidad, resiliencia y honestidad. No puedes dejarte engañar, pero tú mismo debes evitar el autoengaño.

4 - el número de estaciones, el número de elementos, el número de puntos cardinales. Las personas número 4 a menudo ven las cosas desde su propio punto de vista especial, lo que les permite encontrar detalles ocultos a los demás. Al mismo tiempo, esto a menudo se convierte en el motivo de su desacuerdo con la mayoría y de enfrentamientos con los demás. Rara vez se esfuerzan por lograr el éxito material, no son muy amigables y a menudo se sienten solos. Tienen las mejores relaciones con las personas de los números 1, 2, 7 y 8.

El día de suerte de la semana para el número 4 es el miércoles.


Signo zodiacal europeo Cáncer

Fechas: 2013-06-22 -2013-07-22

Los cuatro Elementos y sus Signos se distribuyen de la siguiente manera: Fuego(Aries, Leo y Sagitario), Tierra(Tauro, Virgo y Capricornio), Aire(Géminis, Libra y Acuario) y Agua(Cáncer, Escorpio y Piscis). Dado que los elementos ayudan a describir los rasgos principales del carácter de una persona, al incluirlos en nuestro horóscopo, ayudan a formarse una imagen más completa de una persona en particular.

Las características de este elemento son el frío y la humedad, la sensibilidad metafísica, el sentimiento, la percepción. Hay 3 signos de esta cualidad en el Zodíaco: un trígono de agua (triángulo): Cáncer, Escorpio, Piscis. El trígono de Agua es considerado el trígono de los sentimientos y sensaciones. Principio: constancia interna a pesar de la variabilidad externa. El agua es emociones, paz interior, preservación, memoria. Ella es plástica, cambiante, reservada. Da cualidades tales como incertidumbre, ensoñación, pensamiento imaginativo, gentileza de manifestación. Ralentiza el metabolismo en el cuerpo, controla los líquidos y el trabajo de las glándulas endocrinas.
Las personas cuyos horóscopos expresan el elemento Agua tienen un temperamento flemático. Estas personas tienen una gran sensibilidad, son muy receptivas e impresionables, piensan, viven más una vida interna que externa. Las personas del trígono de Agua suelen ser contemplativas, pensando tanto en su propio bien como en el de sus seres queridos, sin embargo, en ocasiones pueden mostrarse indiferentes, letárgicos y perezosos, a excepción de las personas del signo de Escorpio. Su manifestación externa de sentimientos no es tan pronunciada como la de los representantes de los trígonos de Fuego o Aire, pero experimentan sentimientos internos con gran fuerza y ​​profundidad.
Para las personas del trígono Agua, la eficiencia, la practicidad, la sobriedad de pensamiento y la objetividad no son sus puntos fuertes, pero no les falta imaginación, tienen una imaginación rica y vívida, una gran fuerza interna y externa, especialmente entre los Escorpio.
La gente del agua en trígono, gracias a la riqueza de su mundo interior y la sofisticación de la percepción. mayor éxito logran en profesiones relacionadas con el mundo de las artes, destacan especialmente como artistas y músicos intérpretes. Los signos de agua también pueden ser excelentes trabajadores en áreas relacionadas con el servicio y la nutrición. Y los Escorpio también son excelentes detectives debido a su exquisita intuición.
Los planes y estados de ánimo de las personas del trígono de Agua pueden cambiar tanto por circunstancias externas como por el estado interno del alma. Un pequeño detalle, a veces ni siquiera detectado por la conciencia, puede cambiar radicalmente su estado de ánimo, lo que puede conducir a una pérdida total de interés tanto en el asunto como en la pareja.
Las personas del elemento Agua tienen una gran sofisticación espiritual, son amables, educadas, corteses, muy atractivas y atractivas. No suelen ser agresivos, a excepción de Escorpio.
De los signos del trígono de Agua, Escorpio es el más fuerte en cuerpo y espíritu, el más significativo, el más agresivo, no susceptible a influencias no deseadas del exterior y muestra una fuerte resistencia a todo aquello con lo que su alma no está de acuerdo. Su paciencia, resistencia, tenacidad y perseverancia son simplemente asombrosas.
El más débil de los signos del zodíaco del trígono de Agua es Piscis. El término medio entre firmeza e inestabilidad lo ocupa el tercer signo de este trígono: Cáncer. Aunque su esfera espiritual también es muy receptiva e impresionable, se distingue por una notable perseverancia, resistencia y determinación, por lo que de todos los signos de agua, es Cáncer quien con más frecuencia que otros logra el éxito en la vida.
Los sentimientos de los tres signos del trígono de Agua son aproximadamente igualmente fuertes y, por regla general, prevalecen sobre la mente. Estas personas siempre están dispuestas a sacrificarse por el bien de un ser querido, ya que siempre experimentan sentimientos profundos y puros hacia sus seres queridos. Si no son apreciados, abandonan a su pareja para siempre, que es el verdadero drama de la vida para ellos. Buscan una pareja que sea digna de ellos. El amor y el matrimonio son de suma importancia en la vida para ellos, especialmente para las mujeres.
Una tendencia excesiva a soñar despierto y fantasías, una imaginación demasiado vívida puede conducir a una contradicción interna: una colisión de sus ilusiones con la realidad. Si una persona no ve una salida a este estado, puede producirse depresión, adicción al alcohol, drogas, otros estimulantes e incluso enfermedades mentales.

Aries, Cáncer, Libra, Capricornio. La cruz cardinal es la cruz de la voluntad, la base material del universo, un nuevo impulso de idea. Su principal cualidad es el deseo de realización. Siempre está dirigido hacia el futuro. Da dinamismo, actividad y ganas de alcanzar una meta. Una persona en cuyo horóscopo el Sol, la Luna o la mayoría de los planetas personales estén en signos cardinales será un hombre de acción. Estas personas son enérgicas y viven en el presente; para ellos lo más importante es el momento actual y el sentimiento de "aquí y ahora". Por tanto, sus emociones y sensaciones son brillantes y fuertes. Su alegría es tan fuerte y sincera como su decepción, pero cualquier emoción dura poco, ya que estos signos pronto se sumergen en nueva vida, hacia nuevas sensaciones, iniciando un nuevo negocio. Con la edad, su estado de ánimo se vuelve más uniforme y vuelve a su estado de ánimo profesional habitual. Los obstáculos no les asustan, sólo aumentan su presión y su deseo de alcanzar la meta. Sin embargo, no tienen mucha fuerza para resistir la lucha por su objetivo durante demasiado tiempo. Por lo tanto, si la lucha contra un obstáculo lleva demasiado tiempo o los resultados de sus esfuerzos no son visibles en absoluto, entonces ese obstáculo comienza a parecer insuperable, lo que conduce a la decepción, provoca una pérdida de fuerzas e incluso puede provocar depresión. También les perjudica la falta de dinámica y de capacidad de tomar iniciativas. Una persona así siempre se esforzará hacia adelante y hacia arriba, cautivándolo con su energía. Siempre está a la vista, se eleva notablemente por encima de su entorno, logra su objetivo en la vida y alcanza un alto nivel social.

Este es un signo de la manifestación primaria del elemento Agua. Está bajo el control de la segunda luminaria, la Luna, que en gran medida da forma a la estructura interna psicológica y emocional de este signo. El Sol en el signo de Cáncer crea la estructura psicológica de las personas de carácter juvenil. Hasta cierto punto, esto es psicología juvenil y percepción del mundo. El agua cumple las funciones de un principio pasivo y reflexivo; se convierte en causa de transformación interna, transformación, mutación y transmutación.

Las personas nacidas bajo el signo de Cáncer se caracterizan por el deseo de perfección interior y de introspección. Los cánceres tienen una vida espiritual sutil, cambian constantemente internamente, así como la Luna cambia constantemente en el cielo: nace, crece, alcanza su apogeo, disminuye, muere. Los cánceres son muy fácilmente vulnerables; son el signo más vulnerable del Zodíaco. Por lo tanto, como protección contra una mayor vulnerabilidad, los Cáncer necesitan organizar un caparazón. Lo necesitan para protegerse de la profunda emocionalidad que les da la naturaleza. Y a menudo, como reacción a tal emocionalidad, los Cáncer fingen ser una persona fuerte, aunque internamente son muy débiles. Los cánceres son un signo muy femenino, receptivo, “yin”, y reciben más de lo que dan, es decir, están dominados por las características lunares. Los cánceres aman la novedad en todo, los cambios, los viajes, son personas bastante inquietas y muy apegadas a sus seres queridos.
De todos los signos del zodíaco, Cáncer es el signo más hogareño y familiar. La familia ocupa el primer lugar en la jerarquía de valores de Cáncer; están apegados al hogar, al pasado y aman la retrospección. Si su Sol está en este maravilloso signo, entonces su conciencia a menudo se siente atraída por la historia de su familia, cultura, grupo étnico o pueblo. Lo más probable es que tengas habilidades psíquicas muy elevadas. También son posibles las habilidades de mediumnidad. Entre los Cáncer hay muchos médiums y grandes ocultistas. Se sabe que a los Cáncer les encanta la compañía de su signo, lo cual no es un patrón general: por regla general, las personas del mismo signo se comunican entre sí con bastante intensidad y se aburren rápidamente, pero esto no se aplica a los Cáncer. pueden comunicarse entre sí durante mucho tiempo y de forma fructífera.

Probablemente recuerdas tu pasado, tu infancia en detalle, te gusta sumergirte en los recuerdos de la infancia, tienes una excelente intuición que te ayuda a preservar tu núcleo esencial individual en todos los aspectos de la vida. Tienes una naturaleza mental muy sutil, así como una amplia gama de talentos, una percepción sutil del mundo emocional. De ahí nace, pues, vuestro talento como artistas, escritores, poetas y psicólogos. Nos revelas muchos secretos del Alma, tuyo y ajeno, los secretos de nuestro subconsciente.
Siempre lograrás lo que deseas, pero no lo harás de forma activa, sino pasiva, esperando entre bastidores. Puedes estar seguro de que Cáncer logrará su objetivo. De nada sirve que te presionen, porque no lo toleras, inmediatamente te haces a un lado, hacia lo más profundo. Por tanto, si alguien va a comunicarse con Cáncer, debe actuar de forma indirecta, indirecta y no presionarlo directa y abiertamente. Los cánceres pueden dejarse seducir, ya que los signos de agua son susceptibles a todo tipo de influencias y seducciones.
Los cánceres, como signo de agua, suelen trabajar con líquidos y se observa que muchos cánceres trabajan en lácteos. Entre los Cáncer hay bartenders, especialmente los nocturnos, porque es de noche cuando los Cáncer se sienten genial. Los niveles bajos de cáncer son los peores rasgos de cualquier persona. Engaño y engaño, apego. En el nivel más bajo, los Cáncer son estafadores, cínicos y muy ruidosos.

¿Cuál podría ser la dinámica de su desarrollo de este signo? Los cánceres, por regla general, siempre se basan en tradiciones. Para Cáncer alto, todo lo que sucedió en un pasado lejano es autoridad. Van al presente y al futuro a través del pasado. La retrospectividad es el trasfondo natural de su percepción y, por regla general, lo nuevo para ellos es lo viejo olvidado, este es su credo. Por lo tanto, los Cáncer siempre confían en el pasado, en las tradiciones, en la familia; parecen estar retrocediendo. Si hablamos de los problemas de los Cáncer, es para armonizar sus manifestaciones, que a menudo ocurren de forma distorsionada y pervertida. A menudo su voluntad, la energía impulsiva de Cáncer, está en conflicto con el mundo emocional; inconscientemente se esfuerzan por tener autoridad pública y social, sin tener bases suficientes en su estructura interna. Por lo tanto, es importante que elijan altos lineamientos y autoridades espirituales para su desarrollo desde la niñez. Para ellos ciertamente problema importante- la formación del mundo espiritual interior, la construcción de un núcleo espiritual, del que siempre hablamos, que es la base de la personalidad de cada uno de nosotros, pero esto es especialmente importante para los Cáncer con su variabilidad e impresionabilidad. La tierra de Cáncer es la India, un país íntimamente conectado con su pasado profundo, una tierra de profundas tradiciones espirituales. Entre los hindúes encontramos la sutileza, la intuición y una conexión con el elemento Agua, que simboliza el misterio.

Por ejemplo, los artistas El Greco, Pizarro, Rembrant, Rubens, Corot, Degas y los escritores: Hemingway, Rousseau, George Sand, Kafka y muchos profesores que tienen un gran sentimiento por los niños y trabajan con ellos, por ejemplo Ushinsky.
Cánceres famosos: Alsou, Akhmatova, Agutin, Akhedzhakova, Armani, Arbatova, Aguzarova, George Bush, Budnitskaya, Bordovskikh, Borovoy, Gurtskaya, Darwin, la princesa Diana, Cardin, Tom Cruise, Tutta Larsen, Lollobrigida, Mayakovsky, Myagkov, Pevtsov, Poplavskaya , Proust, Rockefeller, Carlos Santana, Ringo Star, Feuchtwanger, Stallone, Tyson, Chagall, Shantsev, Shirvindt, Schumacher, Khodorkovsky, Tom Hanks.

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Cáncer | 13 signos del zodíaco | Canal de televisión TV-3


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No funciona Editorial de 29.06.2004

Nombre del documentoLEY FEDERAL de 24 de junio de 1999 N 120-FZ (modificada el 29 de junio de 2004) "SOBRE LOS FUNDAMENTOS DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL DESCUIDO Y DEFENSAS DE MENORES"
Tipo de Documentoley
Autoridad receptoraPresidente de la Federación de Rusia, Duma Estatal de la Federación de Rusia, Federación de Siberia de la Federación de Rusia
Número del Documento120-FZ
Fecha de aceptación30.06.1999
Fecha de revisión29.06.2004
Fecha de registro en el Ministerio de Justicia01.01.1970
EstadoNo funciona
Publicación
  • El documento no fue publicado en este formulario.
  • Documento en en formato electrónico FAPSI, STC "Sistema"
  • (según enmendado el 24 de junio de 1999 - " periódico ruso", N 121, 30/06/99,
  • "Recopilación de legislación de la Federación de Rusia", 28.06.99, N 26, art. 3177)
NavegadorNotas

LEY FEDERAL de 24 de junio de 1999 N 120-FZ (modificada el 29 de junio de 2004) "SOBRE LOS FUNDAMENTOS DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL DESCUIDO Y DEFENSAS DE MENORES"

Esta Ley federal, de conformidad con la Constitución de la Federación de Rusia y las normas de derecho internacional generalmente reconocidas, establece la base para la regulación jurídica de las relaciones que surgen en relación con las actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

descuidado - un menor cuyo comportamiento no está controlado por incumplimiento o cumplimiento inadecuado de los deberes de su crianza, formación y (o) manutención por parte de sus padres o representantes legales o funcionarios;

personas sin hogar - personas sin hogar, sin lugar de residencia y (o) lugar de estancia;

un menor en una situación socialmente peligrosa: una persona que, debido a negligencia o falta de vivienda, se encuentra en un entorno que representa un peligro para su vida o su salud o no cumple con los requisitos para su crianza o manutención, o comete un delito o acciones antisociales. ;

acciones antisociales: acciones de un menor, expresadas en el uso sistemático de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y (o) intoxicantes, bebidas alcohólicas, prostitución, vagancia o mendicidad, así como otras acciones que violen los derechos e intereses legítimos de otras personas;

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

familia en una situación socialmente peligrosa: una familia con niños en una situación socialmente peligrosa, así como una familia donde los padres o representantes legales de los menores no cumplen con sus responsabilidades de crianza, educación y (o) manutención y (o) influyen negativamente por su comportamiento o sean tratados cruelmente;

trabajo preventivo individual - actividades para la identificación oportuna de menores y familias en situación socialmente peligrosa, así como para su rehabilitación social y pedagógica y (o) prevención de su comisión de delitos y acciones antisociales;

Prevención del abandono y la delincuencia de menores: un sistema de medidas sociales, legales, pedagógicas y de otro tipo destinadas a identificar y eliminar las causas y condiciones que contribuyen al abandono, la falta de vivienda, la delincuencia y las acciones antisociales de los menores, que se llevan a cabo en conjunto con el trabajo preventivo individual. con menores y familias en situación de peligro social.

1. Los principales objetivos de las actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil son:

prevención del abandono, desamparo, delincuencia y acciones antisociales de menores, identificación y eliminación de las causas y condiciones que lo propician;

asegurar la protección de los derechos e intereses legítimos de los menores;

rehabilitación social y pedagógica de menores en situación socialmente peligrosa;

identificación y represión de casos de implicación de menores en la comisión de delitos y acciones antisociales.

2. Las actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de los menores se basan en los principios de legalidad, democracia, trato humano a los menores, apoyo e interacción familiar con ella, trato individual con los menores manteniendo la confidencialidad de la información recibida, apoyo estatal a la actividades de los gobiernos locales y asociaciones públicas para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil, asegurando la responsabilidad de los funcionarios y ciudadanos por la violación de los derechos e intereses legítimos de los menores.

La legislación de la Federación de Rusia que regula las actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores se basa en la Constitución de la Federación de Rusia, normas de derecho internacional generalmente reconocidas y está compuesta por esta Ley Federal, otras leyes federales y otros actos jurídicos reglamentarios de la Federación de Rusia. , leyes y actos jurídicos reglamentarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

1. El sistema de prevención del abandono y la delincuencia de menores incluye comisiones para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos, formadas en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia. , órganos de gestión de la protección social de la población, órganos de gestión de la educación, órganos de tutela y tutela, órganos de juventud, autoridades sanitarias, autoridades del servicio de empleo, autoridades de asuntos internos.

2. En los órganos especificados en el párrafo 1 de este artículo, en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, podrán crearse instituciones que desempeñen determinadas funciones para la prevención del abandono. y delincuencia juvenil.

3. La participación en actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores por parte de otros órganos, instituciones y organizaciones se lleva a cabo dentro de los límites de su competencia en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y (o) la legislación de las entidades constitutivas de La Federación Rusa.

1. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil realizan una labor preventiva individual en relación con los menores:

1) niños abandonados o de la calle;

2) vagancia o mendicidad;

4) que utilicen estupefacientes o sustancias psicotrópicas sin prescripción médica o que utilicen sustancias estupefacientes;

5) que cometió una infracción que dio lugar a la aplicación de una sanción administrativa;

6) que haya cometido una infracción antes de alcanzar la edad en que comienza la responsabilidad administrativa;

7) los exentos de responsabilidad penal como consecuencia de una ley de amnistía o en relación con un cambio de situación, así como en los casos en que se reconozca que la corrección de un menor puede lograrse mediante el uso de medidas educativas obligatorias;

8) que hayan cometido un acto socialmente peligroso y no estén sujetos a responsabilidad penal por no haber alcanzado la edad en que comienza la responsabilidad penal, o por retraso mental no asociado a un trastorno mental;

9) los acusados ​​o sospechosos de haber cometido delitos respecto de los cuales se hayan adoptado medidas preventivas que no impliquen detención;

10) los puestos en libertad condicional del cumplimiento de una pena, liberados de la pena como resultado de un acto de amnistía o en relación con un indulto;

11) que recibieron un aplazamiento del cumplimiento de una pena o un aplazamiento de la ejecución de una pena;

12) liberados de instituciones del sistema penal, que regresaron de instituciones educativas especiales cerradas, si durante su estadía en estas instituciones cometieron violaciones del régimen, cometieron actos ilegales y (o) después de la liberación (graduación) se encuentran en una situación socialmente peligrosa y (o) necesita asistencia social y (o) rehabilitación;

13) los condenados por la comisión de un delito de gravedad leve o moderada y liberados por el tribunal de la pena con el uso de medidas educativas obligatorias;

14) los condenados a libertad condicional, condenados a trabajo obligatorio, trabajo correccional u otras penas no relacionadas con la prisión.

2. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y delincuencia de menores realizan labores preventivas individuales en relación con los padres o representantes legales de los menores si no cumplen con sus deberes para su crianza, formación y (o) manutención y ( o) influyan negativamente en su comportamiento o les traten cruelmente.

3. Se podrá realizar trabajo preventivo individual con personas que no estén especificadas en los párrafos 1 y 2 de este artículo si es necesario para prevenir delitos o brindar asistencia social y (o) rehabilitación de menores con el consentimiento del jefe de la Órgano o institución del sistema de prevención del abandono y de la delincuencia juvenil.

Las causales para la realización de labores preventivas individuales en relación con los menores, sus padres o representantes legales son las circunstancias previstas en el artículo 5 de esta Ley Federal, si constan en los siguientes documentos:

1) solicitud del menor o de sus padres o representantes legales para brindarles asistencia en cuestiones de la competencia de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil;

2) sentencia, fallo u orden judicial;

3) una resolución de la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, del fiscal, investigador, organismo de investigación o del jefe del organismo de asuntos internos;

4) documentos definidos por esta Ley Federal como base para la internación de menores en instituciones para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil;

5) una conclusión aprobada por el titular del organismo o institución del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil, con base en los resultados de una auditoría de denuncias, declaraciones u otros mensajes.

La labor preventiva individual en relación con los menores, sus padres o representantes legales se lleva a cabo dentro del plazo necesario para brindar asistencia social y de otro tipo a los menores, o hasta que se resuelvan las causas y condiciones que contribuyeron al abandono, la falta de vivienda, la delincuencia o las acciones antisociales de los menores. eliminado, o hasta que cumplan dieciocho años de edad, o la concurrencia de otras circunstancias previstas por la legislación de la Federación de Rusia.

1. Los menores, sus padres o representantes legales, respecto de los cuales se lleva a cabo una labor preventiva individual, gozan de los derechos y libertades garantizados por la Constitución de la Federación de Rusia, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y los tratados internacionales de Federación de Rusia, esta Ley Federal, otros actos jurídicos reglamentarios de la Federación de Rusia, leyes y actos jurídicos reglamentarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

2. Los menores que se encuentren en instituciones de prevención del abandono y de la delincuencia juvenil gozan de los derechos especificados en el apartado 1 de este artículo, y además, en la forma prescrita, tienen derecho a:

Notificación a los padres o representantes legales sobre el internamiento de un menor en una institución para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil. Si existe información sobre el lugar de residencia o lugar de estancia de los padres o representantes legales, se les deberá enviar información sobre la internación de un menor en la institución especificada dentro de las 12 horas siguientes al momento de su internación, y en ausencia de información sobre los padres o representantes legales, la notificación especificada dentro de los tres días siguientes al momento de la colocación del menor se envía a la autoridad de tutela y tutela de su último lugar de residencia;

obtener información sobre los fines de su estancia en una institución para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil, derechos y responsabilidades, normas básicas que rigen el reglamento interno de esta institución;

apelar las decisiones tomadas por los empleados de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil ante las autoridades superiores de dicho sistema, las autoridades fiscales y el tribunal;

trato humano que no degrade la dignidad humana;

mantener contacto con la familia a través de conversaciones telefónicas y visitas sin limitar su número;

recibir encomiendas, encomiendas, transferencias, recibir y enviar cartas y telegramas sin limitar su número;

suministro gratuito de alimentos, ropa, zapatos y otras prendas de vestir de acuerdo con las normas aprobadas por el Gobierno de la Federación de Rusia;

prestación de asistencia jurídica gratuita con la participación de abogados, así como de otras personas con derecho a prestar asistencia jurídica de conformidad con la ley.

3. Los derechos de los menores recluidos en instituciones del sistema penitenciario, así como la organización del trabajo para corregirlos, están regulados por el Código Penal de la Federación de Rusia y otras leyes federales.

4. La enumeración de los derechos especificados en los párrafos 2 y 3 de este artículo no debe interpretarse como una negación o suspensión de otros derechos de los menores.

1. Por violaciones del procedimiento establecido para la detención en instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social, en instituciones educativas especiales de tipo abierto y cerrado de autoridades educativas y centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos, se podrán imponer las siguientes sanciones. aplicado a menores:

advertencia;

severa reprimenda.

2. También podrán aplicarse a los menores de edad en centros educativos especiales de tipo abierto y cerrado las siguientes sanciones por parte de las autoridades educativas:

comunicación a los padres o representantes legales;

Expulsión de una institución educativa especial de tipo abierto de un organismo de gestión educativa sobre la base de una resolución de la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, formada por un organismo de gobierno local en el lugar de dicha institución.

3. El procedimiento para la aplicación de sanciones a los menores está determinado por los correspondientes documentos legales reglamentarios que regulan las actividades de las instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

4. En relación con menores de edad no se permite:

Uso de violencia física y mental;

aplicación de medidas de influencia sin tener en cuenta la edad de los menores;

El uso de medidas de carácter antipedagógico y humillantes para la dignidad humana;

limitar los contactos de los menores con sus padres o representantes legales o privar a los menores de contactos con sus padres o representantes legales;

reducción de los estándares nutricionales;

1) apelación personal de un menor;

2) declaración de los padres del menor o de sus representantes legales, teniendo en cuenta la opinión del menor que haya cumplido diez años, salvo en los casos en que tener en cuenta la opinión del menor sea contrario a sus intereses;

3) remisión del órgano de gestión de la protección social o petición acordada con este órgano de un funcionario del organismo o institución del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil;

4) decisión de la persona que lleva a cabo la investigación, investigador, fiscal o juez en casos de detención, arresto administrativo, detención, sentencia de arresto, restricción de libertad, encarcelamiento de los padres o representantes legales de un menor;

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

5) un acto del oficial de servicio operativo de un distrito, departamento (departamento) de asuntos internos de la ciudad, departamento (departamento) de asuntos internos de otra entidad municipal, departamento (departamento) de asuntos internos de una entidad administrativo-territorial cerrada, departamento (departamento) de asuntos internos en transporte sobre la necesidad de admitir a un menor en una institución especializada para menores que necesitan rehabilitación social. Se envía una copia de esta ley a la autoridad de protección social en un plazo de cinco días.

Las personas bajo la influencia del alcohol o las drogas, o aquellas con signos evidentes de exacerbación de una enfermedad mental, no pueden ser admitidas en instituciones especializadas para menores que necesiten rehabilitación social.

4. Los menores especificados en el párrafo 2 de este artículo son atendidos en instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social, en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, durante el tiempo necesario. proporcionarles asistencia social y (o) su rehabilitación social.

Un menor admitido mediante solicitud personal en una institución especializada para menores que necesitan rehabilitación social tiene derecho a abandonarla mediante solicitud personal.

5. Instituciones especializadas para menores necesitados de rehabilitación social, de acuerdo con los estatutos de estas instituciones o su normativa:

1) participar en la identificación y eliminación de las causas y condiciones que contribuyen al abandono y falta de vivienda de los menores;

2) brindar asistencia social, psicológica y de otro tipo a los menores, sus padres o representantes legales para eliminar situaciones difíciles de la vida, restaurar el estatus social de los menores en grupos de pares en el lugar de estudio, trabajo, residencia y facilitar el regreso de los menores a su familias;

3) contener en la forma establecida, con pleno apoyo estatal, a los menores especificados en el párrafo 2 de este artículo, llevar a cabo su rehabilitación social, proteger sus derechos e intereses legítimos, organizar la atención médica y la formación de los menores en los programas educativos pertinentes, promover su orientación profesional y adquisición de una especialidad;

4) notificar a los padres de los menores o a sus representantes legales sobre la presencia de menores en las instituciones especificadas;

5) ayudar a las autoridades de tutela y tutela en la implementación del internamiento de los menores que quedan sin el cuidado de sus padres o representantes legales.

6. Los funcionarios de instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal, y también tienen derecho a:

1) llamar a los representantes de las instituciones educativas para huérfanos y niños sin cuidado parental, u otras instituciones infantiles, para que devuelvan a los menores que hayan abandonado estas instituciones sin permiso;

2) invitar a los padres de menores o a sus representantes legales a devolverles a los menores que abandonaron a sus familias sin permiso;

3) incautar, en la forma prescrita, a los menores internados en instituciones especializadas para menores necesitados de rehabilitación social, los artículos cuyo almacenamiento esté prohibido en estas instituciones.

7. El Gobierno de la Federación de Rusia aprueba disposiciones modelo sobre instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social.

1. Autoridades educativas, dentro de su competencia:

1) supervisar el cumplimiento de la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia en el ámbito de la educación de menores;

2) tomar medidas para desarrollar una red de instituciones educativas especiales de tipo abierto y cerrado de autoridades educativas, instituciones educativas para huérfanos y niños sin cuidado parental, así como otras instituciones educativas que brindan asistencia pedagógica y de otro tipo a menores con discapacidades desarrollo o comportamiento;

3) participar en la organización de las vacaciones de verano, el ocio y el empleo de menores;

4) llevar registros de los menores que no asisten o faltan sistemáticamente a clases en las instituciones educativas por motivos injustificados;

5) desarrollar e implementar programas y métodos en la práctica de las instituciones educativas destinados a desarrollar un comportamiento respetuoso de la ley en los menores;

6) crear comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas que identifiquen a los menores con desviaciones del desarrollo o del comportamiento, realicen un examen integral de ellos y preparen recomendaciones para brindarles asistencia psicológica, médica y pedagógica y determinar las formas de educación superior y crianza de los menores.

2. Instituciones de educación general de educación general, instituciones educativas de educación primaria vocacional, secundaria vocacional y otras instituciones que llevan a cabo el proceso educativo, de acuerdo con los estatutos de estas instituciones o sus reglamentos:

1) brindar asistencia sociopsicológica y pedagógica a menores con desviaciones del desarrollo o comportamiento o problemas de aprendizaje;

2) identificar a los menores que se encuentran en una situación socialmente peligrosa, así como a los que no asisten o faltan sistemáticamente a clases en las instituciones educativas por motivos injustificados, tomar medidas para su crianza y su acceso a la educación general básica;

3) identificar a las familias que se encuentran en una situación socialmente peligrosa y brindarles asistencia en la enseñanza y la crianza de los hijos;

4) asegurar la organización de secciones deportivas, círculos técnicos y de otro tipo, clubes en instituciones educativas de acceso público y la participación de menores en ellos;

5) tomar medidas para implementar programas y métodos destinados a desarrollar comportamientos respetuosos de la ley en los menores.

3. Instituciones educativas para huérfanos y niños privados del cuidado de sus padres, de conformidad con los estatutos de estas instituciones o su reglamento:

1) aceptado para manutención, educación, formación, colocación posterior y preparación para la vida independiente de menores en casos de muerte de los padres, privación de la patria potestad, restricción de la patria potestad, reconocimiento de los padres como incompetentes, enfermedad prolongada de los padres, evasión de los padres en la crianza de sus hijos, así como en otros casos de falta de cuidado parental;

2) son aceptados por un período, por regla general, no superior a un año para el mantenimiento, crianza y educación de menores que tengan padres o representantes legales, si estos menores viven en familias afectadas por desastres naturales, o son hijos de padres solteros madres (padres), desempleados, refugiados o desplazados internos;

3) proteger los derechos e intereses legítimos de los menores que estudian o se encuentran internados en estas instituciones, y también participar, dentro de su competencia, en el trabajo preventivo individual con ellos.

4. Los directores y personal docente de los órganos de gestión educativa y de las instituciones educativas gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

1. Las instituciones educativas especiales de tipo abierto de las autoridades educativas incluyen:

1) escuelas especiales abiertas de educación general;

2) escuelas vocacionales abiertas especiales;

3) otro tipo de instituciones educativas abiertas para menores que necesitan condiciones educativas especiales.

2. Instituciones educativas especiales de tipo abierto de acuerdo con los estatutos de estas instituciones o sus reglamentos:

1) aceptar para el mantenimiento, crianza y formación de personas de ocho a dieciocho años, que requieran un enfoque pedagógico especial, sobre la base de una resolución de la comisión para asuntos de menores y protección de sus derechos, formada por un organismo del gobierno local , la celebración de una comisión psicológico-médica-pedagógica y con el consentimiento de los menores mayores de catorce años, de sus padres o representantes legales;

2) organizar la rehabilitación psicológica, médica y pedagógica de los menores y participar, dentro de su competencia, en el trabajo preventivo individual con ellos;

3) proteger los derechos e intereses legítimos de los menores, brindarles atención médica y recibir educación primaria general, básica general, secundaria (completa) general y educación primaria vocacional de acuerdo con los estándares educativos estatales;

4) desempeñar las funciones previstas en los incisos 1, 4 y 5 del párrafo 2 del artículo 14 de esta Ley Federal.

3. Las instituciones educativas especiales cerradas de las autoridades educativas incluyen:

1) escuelas especiales cerradas de educación general;

2) escuelas vocacionales especiales cerradas;

3) instituciones educativas especiales (correccionales) cerradas.

4. En instituciones educativas especiales de tipo cerrado, de conformidad con la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación", los menores de edades comprendidas entre once y dieciocho años que necesiten condiciones especiales de educación, formación y un enfoque pedagógico especial podrán ser colocados en casos donde ellos:

1) no están sujetos a responsabilidad penal por el hecho de que en el momento de cometer un acto socialmente peligroso no han alcanzado la edad en la que comienza la responsabilidad penal;

2) han alcanzado la edad especificada en las partes uno o dos y no están sujetos a responsabilidad penal por el hecho de que, debido a un retraso mental no asociado a un trastorno mental, durante la comisión de un acto socialmente peligroso no pudieron comprender plenamente el naturaleza real y peligro social de sus acciones (inacción) o dirigirlas;

3) condenado por la comisión de un delito de gravedad media y liberado por el tribunal del castigo en la forma prescrita en la segunda parte

5. Los motivos para mantener a menores en escuelas especiales cerradas de educación general y en escuelas especiales cerradas de formación profesional son:

1) la decisión de un juez - en relación con las personas especificadas en los incisos 1 y 2 del párrafo 4 de este artículo;

2) veredicto judicial: en relación con las personas especificadas en el subpárrafo 3 del párrafo 4 de este artículo.

6. Los menores con discapacidades del desarrollo y (o) enfermedades que requieran su manutención, educación y formación en dichas instituciones son internados en instituciones educativas especiales (correccionales) de tipo cerrado, sobre la base de los documentos especificados en el párrafo 5 de este artículo.

7. Un menor podrá ser enviado a una institución educativa especial cerrada hasta que cumpla dieciocho años, pero no más de tres años.

La terminación anticipada de la estadía de un menor en una institución educativa especial de tipo cerrado o el traslado a otra institución educativa especial cerrada por las causales previstas en el inciso 4 del párrafo 9 de este artículo se lleva a cabo por decisión del juez del lugar de la institución. sobre la base de una presentación conjunta de la administración de la institución y la comisión para los asuntos de menores y la protección de sus derechos, formada por el órgano de gobierno local, en el lugar de la institución o sobre la base de una petición del menor, sus padres o representantes legales, en presencia de la conclusión de la administración de la institución y de la comisión para los asuntos de menores y la protección de sus derechos, formada por el órgano de gobierno local, en el lugar de ubicación de la institución.

La prórroga del período de estancia de un menor en una institución educativa especial de tipo cerrado después de la expiración del período establecido por el tribunal, si es necesario que complete la educación general o la formación profesional, se realiza por orden del juez. en la ubicación de la institución sólo sobre la base de una petición del menor.

8. Los menores que padezcan enfermedades que impidan su manutención y formación en estas instituciones no pueden ser internados en instituciones educativas especiales de tipo cerrado. La lista de tales enfermedades está aprobada por el Gobierno de la Federación de Rusia.

9. La administración de una institución educativa especial de tipo cerrado de acuerdo con los estatutos de la institución especificada o sus reglamentos:

1) proporciona condiciones especiales para la detención de menores, incluida la protección del territorio de la institución especificada; seguridad personal de los menores y su máxima protección contra influencias negativas; restringir la libre entrada de personas no autorizadas al territorio de la institución especificada; aislamiento de menores, excluyendo la posibilidad de que abandonen el territorio de la institución especificada por su propia voluntad; Vigilancia y control de menores las 24 horas, incluso durante el horario de sueño; realizar un examen personal de menores, examinar sus pertenencias, recibir y enviar cartas, paquetes u otros mensajes postales;

2) informa a los órganos de asuntos internos en la ubicación de la institución especificada y en el lugar de residencia o lugar de estancia de los menores sobre los casos de su salida no autorizada y, junto con las autoridades de asuntos internos, toma medidas para localizarlos y devolverlos a la institución especificada;

3) envía a la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, formada por un organismo de gobierno local, en el lugar de residencia o lugar de estancia del menor, una notificación de su liberación de la institución especificada a más tardar un mes antes de su liberación, así como una descripción del menor y recomendaciones sobre la necesidad de realizar con él en el futuro trabajos preventivos individuales y asistencia en su trabajo y vida cotidiana;

4) prepara, junto con la comisión para los asuntos de menores y la protección de sus derechos, formada por un organismo de gobierno local, presentaciones o conclusiones ante el tribunal del lugar de la institución especificada sobre los siguientes temas:

traslado de menores a otras instituciones educativas especiales cerradas en razón de su edad, estado de salud, así como con el fin de crear las condiciones más favorables para su corrección y rehabilitación;

terminación de la estadía de los menores en la institución especificada antes de la expiración del período establecido por el tribunal, si, debido a la corrección, no necesitan una mayor aplicación de esta medida de influencia o si se les diagnostica enfermedades que impiden el mantenimiento y educación de menores en instituciones educativas especiales cerradas;

ampliar el período de estancia de los menores en la institución especificada si es necesario para completar su educación general o su formación profesional;

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

5) desempeña las funciones especificadas en los incisos 2 y 3 del párrafo 2 de este artículo, así como en los incisos 1, 4 y 5 del párrafo 2 del artículo 14 de esta Ley Federal.

10. Los funcionarios de instituciones educativas especiales cerradas gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal, y también tienen derecho a:

1) realizar una inspección personal de los menores, una inspección de sus pertenencias, cartas, paquetes u otros mensajes postales recibidos y enviados por ellos, el territorio de la institución especificada, los locales para dormir, vivir y otros locales y los bienes ubicados en ellos con el fin de identificar y confiscar artículos cuyo almacenamiento esté prohibido en las instituciones especificadas, sobre lo cual se redacta el acta correspondiente.

La correspondencia de un menor con las autoridades que controlan las actividades de las instituciones educativas especiales cerradas, con el tribunal, la fiscalía, el Comisionado de Derechos Humanos de la Federación de Rusia y el Comisionado de Derechos Humanos de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia. no está sujeto a censura. La correspondencia de un menor con un abogado u otra persona que le brinde asistencia jurídica por motivos legales no está sujeta a censura, excepto en los casos en que la administración de una institución educativa especial de tipo cerrado tenga datos confiables de que la información contenida en la correspondencia tiene como objetivo iniciar. , planificación u organización de delitos o participación de otras personas en su comisión. En estos casos, el control de los mensajes postales, telégrafos u otros se realiza mediante decisión motivada de la administración de una institución educativa especial de tipo cerrado. Se envía copia de dicha decisión al fiscal que supervisa el cumplimiento de las leyes por parte de la institución educativa especial de tipo cerrado correspondiente;

2) aplicar en casos excepcionales, cuando otras medidas no hayan dado resultados, durante el tiempo mínimo necesario, medidas de coerción física (fuerza física) dentro de límites que no degraden la dignidad humana, con el fin de impedir que los menores cometan actos socialmente peligrosos o causen daños a su vida o salud, o para eliminar otros peligros que amenacen directamente los intereses jurídicamente protegidos de otras personas o del Estado.

Los funcionarios de las instituciones educativas especiales de tipo cerrado deben notificar verbalmente a los menores con anticipación su intención de utilizar medidas de restricción física (fuerza física), dándoles tiempo suficiente para detener actos ilegales, excepto en los casos en que la demora en la aplicación de estas medidas cree una peligro inmediato para la vida o la salud de menores u otras personas o puede tener otras consecuencias graves.

Los funcionarios de una institución educativa especial de tipo cerrado deben notificar inmediatamente al fiscal de la ubicación de la institución sobre el uso de restricción física (fuerza física) contra menores.

11. Los funcionarios de instituciones educativas especiales de tipo abierto gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 y en el inciso 3 del párrafo 6 del artículo 13 de esta Ley Federal.

12. El Gobierno de la Federación de Rusia aprueba un reglamento modelo sobre instituciones de educación especial de tipo abierto y cerrado.

1. Autoridades de tutela y tutela:

1) dar, en la forma prescrita, su consentimiento para el traslado de huérfanos y niños privados del cuidado de sus padres de una institución educativa a otra o para un cambio en la forma de educación hasta que reciban la educación general básica, así como para el exclusión de dichas personas de cualquier institución educativa;

2) participar, dentro de los límites de su competencia, en la realización de la labor preventiva individual con los menores previstos en el artículo 5 de esta Ley Federal, si son huérfanos o quedan sin el cuidado de sus padres o representantes legales, y también tomar medidas para proteger la derechos personales y patrimoniales de los menores que necesitan asistencia estatal.

2. Los funcionarios de las autoridades de tutela y tutela, a fin de prevenir el abandono, la falta de vivienda y la delincuencia de menores, utilizan los poderes que les otorga la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia relacionadas con la implementación de la funciones de tutela y tutela, y además gozarán de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

1. Autoridades de juventud, dentro de sus competencias:

1) participar en el desarrollo e implementación de programas específicos para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil;

2) realizar apoyo organizativo y metodológico y coordinación de actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores en instituciones sociales, clubes y otras instituciones bajo su jurisdicción;

3) brindar asistencia a asociaciones públicas infantiles y juveniles, instituciones sociales, fundaciones y otras instituciones y organizaciones cuyas actividades estén relacionadas con la implementación de medidas para prevenir el abandono y la delincuencia juvenil;

4) participar, en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, en el apoyo financiero sobre una base competitiva para las asociaciones públicas que implementan medidas para prevenir el abandono y la delincuencia juvenil;

5) participar en la organización de recreación, esparcimiento y empleo de menores.

2. Centros de rehabilitación social para adolescentes y jóvenes, centros de asistencia sociopsicológica a jóvenes, centros de orientación vocacional y empleo juvenil, clubes juveniles y otras instituciones de las autoridades de asuntos de juventud de acuerdo con los estatutos de estas instituciones o sus reglamentos:

1) proporcionar servicios sociales, legales y de otro tipo gratuitos a menores;

2) participar, dentro de los límites de su competencia, en el trabajo preventivo individual con menores que se encuentren en una situación socialmente peligrosa, incluso organizando su tiempo libre y empleo, implementando medidas informativas, educativas y de otro tipo;

3) desarrollar e implementar, dentro de su competencia, programas para la rehabilitación social de menores en situación socialmente peligrosa y la protección de sus intereses sociales y legales.

3. Los funcionarios de los órganos de juventud y las instituciones de los órganos de juventud gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

1. Las autoridades sanitarias, dentro de sus competencias, organizan:

1) difusión de conocimientos sanitarios e higiénicos entre los menores, sus padres o representantes legales, así como promoción de un estilo de vida saludable;

2) desarrollo de una red de instituciones para niños y adolescentes que brinden tratamiento contra las drogas y atención psiquiátrica;

3) recepción y manutención las 24 horas en instituciones médicas de niños perdidos, abandonados y otros niños menores de cuatro años, sin cuidado parental ni representantes legales;

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

4) examen médico de los menores privados del cuidado de sus padres o de representantes legales, y elaboración de recomendaciones para su internamiento, teniendo en cuenta su estado de salud;

5) cuidar y criar a niños menores de cuatro años que se encuentren sin cuidado parental o representante legal o que tengan padres que se encuentren en situaciones de vida difíciles, así como asistencia a las autoridades de tutela y tutela en la colocación de dichos menores;

6) brindar asesoramiento a los empleados de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y delincuencia de menores, así como a los padres o representantes legales de los menores;

7) recepción las 24 horas del día de menores que se encuentren en estado de intoxicación por alcohol o drogas para brindarles atención médica si existe indicación médica;

8) prestación, de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, de asistencia especializada de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación a menores con anomalías de conducta;

9) preparación, en la forma prescrita, de conclusiones sobre el estado de salud de los menores que hayan cometido un delito o un acto socialmente peligroso, con el fin de establecer si tienen (o no) contraindicaciones médicas para su derivación a instituciones educativas especiales cerradas. ;

10) identificación, registro, reconocimiento, si existe indicación médica, y tratamiento de los menores de edad que consuman bebidas alcohólicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o intoxicantes, así como la aplicación de otras medidas de su competencia para prevenir el alcoholismo, la drogadicción y la toxicomanía. abuso en menores y violaciones conexas en su comportamiento;

11) identificación de focos de enfermedades de transmisión sexual, examen y tratamiento de menores que padecen estas enfermedades.

2. El órgano de gestión de la asistencia sanitaria informa a la comisión para los asuntos del menor y la protección de sus derechos, formada por el órgano de gobierno local, sobre las instituciones de asistencia sanitaria que desempeñan las funciones especificadas en el apartado 1 de este artículo.

3. Los funcionarios de los órganos de gestión sanitaria y de las instituciones sanitarias que desempeñen las funciones especificadas en el párrafo 1 de este artículo gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

1. Los órganos del servicio de empleo, en la forma prescrita por la Ley de la Federación de Rusia "sobre el empleo de la población en la Federación de Rusia", participan en la orientación vocacional de los menores y también promueven el empleo de los menores que necesitan asistencia estatal.

2. Los funcionarios de los organismos del servicio de empleo gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal.

Los órganos de asuntos internos, dentro de los límites de su competencia, llevan a cabo actividades para prevenir la delincuencia juvenil de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia.

1. Unidades de asuntos juveniles de distrito, departamentos (departamentos) de asuntos internos de la ciudad, departamentos (departamentos) de asuntos internos de otros municipios, departamentos (departamentos) de asuntos internos de entidades administrativo-territoriales cerradas, departamentos (departamentos) de asuntos internos en transporte:

1) realizar trabajos preventivos individuales en relación con:

los menores especificados en los incisos 4-14 del inciso 1 de esta Ley Federal, así como sus padres o representantes legales que no cumplan con sus deberes de crianza, formación y (o) manutención de menores y (o) influyan negativamente en su comportamiento o traten cruelmente ellos;

otros menores, sus padres o representantes legales, si es necesario para impedirles la comisión de infracciones y con el consentimiento del titular del órgano del interior o de su suplente;

2) identificar a las personas que involucren a menores en la comisión de un delito y (o) acciones antisociales o en la comisión de otros actos ilícitos contra menores, así como a los padres de menores o sus representantes legales y funcionarios que no cumplan o cumplan indebidamente sus deberes de educación, formación y (o) manutención de menores, y en la forma prescrita hacer propuestas para aplicarles las medidas previstas por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia;

3) llevar a cabo, dentro de los límites de su competencia, medidas para identificar a los menores incluidos en la lista de buscados, así como a los menores que necesitan asistencia estatal, y en la forma prescrita remitir a dichas personas a los órganos o instituciones pertinentes del sistema de la prevención del abandono y la delincuencia juvenil oa otras instituciones;

4) considerar, en la forma prescrita, las solicitudes y denuncias sobre menores, actos socialmente peligrosos de menores que no hayan alcanzado la edad de responsabilidad penal, así como sobre el incumplimiento o cumplimiento indebido por parte de sus padres o representantes legales o funcionarios de la deberes de educación, formación y (o) manutención de menores;

5) participar en la preparación de materiales sobre las personas especificadas en el párrafo 2 del artículo 22 de esta Ley Federal, para considerar la posibilidad de su internamiento en centros de detención temporal para infractores menores de los órganos de asuntos internos;

6) participar en la preparación de los materiales necesarios para presentar propuestas al tribunal sobre la aplicación a menores, sus padres o representantes legales de medidas de influencia previstas por la legislación de la Federación de Rusia y (o) la legislación de las entidades constitutivas de La Federación Rusa;

7) hacer propuestas a las inspecciones penales sobre la aplicación a menores, cuyo comportamiento es supervisado por las instituciones especificadas, de medidas de influencia previstas por la legislación de la Federación de Rusia y (o) la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia;

8) informar a las autoridades e instituciones interesadas sobre el abandono, la delincuencia y las acciones antisociales de menores, sobre las razones y condiciones que conducen a ello;

9) participar en la forma establecida en la notificación a los padres o representantes legales de los menores sobre la entrega de menores a los departamentos de los órganos del interior en relación con su abandono, falta de vivienda, su comisión de un delito o acciones antisociales.

2. Los funcionarios de los departamentos de menores de los órganos de asuntos internos gozan de los derechos previstos en el párrafo 3 del artículo 12 de esta Ley Federal, y también tienen derecho, en la forma prescrita:

1) entregar a los departamentos de los órganos del interior a los menores que hayan cometido un delito o acciones antisociales, así como a los niños abandonados y de la calle. Se elabora un protocolo sobre cada caso de entrega de un menor a un departamento de los órganos del interior. Los menores de edad podrán permanecer en estas unidades por no más de tres horas;

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

2) hacer propuestas a los órganos e instituciones pertinentes sobre la aplicación de las medidas de influencia previstas por la legislación de la Federación de Rusia y (o) la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia en relación con los menores que hayan cometido un delito o acciones antisociales, de sus padres o representantes legales o funcionarios que no cumplan o cumplan indebidamente con sus responsabilidades de crianza, formación y (o) manutención de menores y (o) influyan negativamente en su comportamiento o los traten con crueldad;

3) formular propuestas a los órganos e instituciones pertinentes para eliminar las causas y condiciones propicias de la delincuencia y del comportamiento antisocial de los menores. Los órganos e instituciones pertinentes están obligados, dentro del mes siguiente a la fecha de recepción de estas propuestas, a informar a los departamentos de asuntos menores de los órganos del interior sobre las medidas adoptadas como resultado del examen de las propuestas formuladas;

4) participar en la consideración por parte de las autoridades e instituciones pertinentes de materiales sobre delitos y acciones antisociales de menores, sus padres o representantes legales;

5) llevar registros de delitos y acciones antisociales de los menores, de las personas que los cometieron, de los padres o representantes legales de los menores que no cumplen con sus responsabilidades de crianza, educación y (o) manutención de los niños y (o) influyen negativamente en su comportamiento. o abusar de ellos, y también recopilar y resumir la información necesaria para la preparación de informes estadísticos.

1. Centros de internamiento temporal de menores infractores de los órganos del Interior:

1) proporcionar recepción las 24 horas y detención temporal de menores infractores para proteger su vida, su salud y prevenir la reincidencia;

2) realizar labores preventivas individuales con los menores entregados, identificar entre ellos a las personas involucradas en la comisión de delitos y actos socialmente peligrosos, así como establecer las circunstancias, motivos y condiciones propicias para su comisión, e informar a los órganos competentes del interior y demás órganos interesados ​​sobre esto; instituciones;

3) entregar menores a instituciones educativas especiales cerradas, y también tomar otras medidas dentro de su competencia para alojar a los menores retenidos en estas instituciones.

2. Los menores podrán ser internados en centros de internamiento temporal para menores infractores de los órganos del Interior:

1) enviado por sentencia judicial o por orden de un juez a instituciones educativas especiales cerradas;

2) esperar temporalmente la consideración judicial de la cuestión de su internamiento en instituciones educativas especiales cerradas en los casos previstos en el párrafo 6 del artículo 26 de esta Ley Federal;

3) quienes salieron sin permiso de instituciones educativas especiales cerradas;

4) que hayan cometido un acto socialmente peligroso antes de alcanzar la edad en que comienza la responsabilidad penal por este acto, en los casos en que sea necesario para proteger la vida o la salud de los menores o para evitar que cometan un acto socialmente peligroso reiterado, así como como en los casos en los que no se ha establecido su identidad, o si no tienen un lugar de residencia, un lugar de estancia o no viven en el territorio de la entidad constituyente de la Federación de Rusia donde cometieron un acto socialmente peligroso, o si viven en el territorio de un sujeto de la Federación de Rusia donde cometieron un acto socialmente peligroso, pero debido a la lejanía de su lugar de residencia no pueden transferirse a sus padres o representantes legales durante el período previsto en el subpárrafo 1 del párrafo 2 del artículo. 21 de esta Ley Federal;

5) que hayan cometido una infracción que entrañe responsabilidad administrativa, antes de alcanzar la edad en que comienza la responsabilidad administrativa, en los casos en que no se haya establecido la identidad de los menores, o si no tienen lugar de residencia, lugar de estancia o no viven en el territorio de la entidad constituyente de la Federación de Rusia donde se cometió el delito, o si viven en el territorio de la entidad constituyente de la Federación de Rusia donde se cometió el delito, pero debido a la lejanía de su lugar de residencia , no pueden ser transferidos a sus padres o representantes legales dentro del plazo previsto en el inciso 1 del párrafo 2 del artículo 21 de esta Ley Federal;

6) quienes hayan cometido una infracción que implique responsabilidad administrativa en los casos en que no se haya establecido su identidad, o si no tienen lugar de residencia, lugar de estancia o no viven en el territorio de la entidad constituyente de la Federación de Rusia donde cometieron el delito, o si viven en el territorio de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia donde cometieron el delito, sin embargo, debido a la lejanía de su lugar de residencia, no pueden ser transferidos a sus padres o representantes legales dentro del plazo previsto en el inciso 1 del párrafo 2 del artículo 21 de esta Ley Federal.

3. Los motivos para el internamiento de menores en centros de detención temporal para menores infractores de los órganos del Ministerio del Interior son:

1) sentencia judicial o decisión de un juez, en relación con los menores especificados en el inciso 1 del párrafo 2 de este artículo;

2) la decisión de un juez - en relación con los menores especificados en los subpárrafos 2 a 6 del párrafo 2 de este artículo.

4. Los menores especificados en los subpárrafos 3 a 6 del párrafo 2 de este artículo podrán ser internados en centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos por un período no superior a 48 horas sobre la base de una decisión del jefe del distrito. , departamento (departamento) de asuntos internos de la ciudad, departamento (departamento) de asuntos internos de otra entidad municipal, departamento (departamento) de asuntos internos de una entidad administrativo-territorial cerrada, departamento (departamento) de asuntos internos en transporte o su adjunto - el jefe de la policía de seguridad pública o el oficial de servicio operativo del órgano de asuntos internos correspondiente.

Los materiales sobre menores especificados en los incisos 3 a 6 del párrafo 2 de este artículo se presentan al juez en la forma y dentro del plazo establecido por el artículo 31.1 de esta Ley Federal para decidir sobre la cuestión de una mayor detención o liberación de los menores. .

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

5. El jefe del centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos o su suplente inmediatamente, pero a más tardar 24 horas después, notifica al fiscal del lugar de este centro sobre el internamiento allí de las personas especificadas en el párrafo 2. de este artículo.

6. Los menores especificados en el párrafo 2 de este artículo podrán permanecer en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos durante el tiempo mínimo necesario para su internamiento, pero no más de 30 días. En casos excepcionales, este tiempo podrá ampliarse por decisión del juez hasta por 15 días, que no incluye:

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

1) el período de cuarentena declarado por la autoridad sanitaria o institución de atención sanitaria en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos;

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

2) el momento de la enfermedad del menor, que sea confirmado por una institución de salud e impida su regreso a la familia o su derivación a la institución correspondiente;

3) el momento de la consideración de la denuncia o protesta del fiscal contra el veredicto judicial o la decisión del juez de internar al menor en una institución educativa especial cerrada.

7. La responsabilidad por la violación del plazo de detención de menores en un centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos recae en los funcionarios de los órganos e instituciones por cuya culpa se cometió la violación especificada.

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

8. Los funcionarios de los centros de detención temporal de infractores menores de los órganos del Ministerio del Interior gozan de los derechos previstos en el párrafo 6 del artículo 13, el párrafo 10 del artículo 15 y el párrafo 2 del artículo 21 de esta Ley Federal.

1. Divisiones policía criminalórganos de asuntos internos dentro de su competencia:

1) identificar, prevenir, reprimir y resolver delitos de menores, así como identificar a las personas que los preparan, cometen o han cometido;

2) identificar a los delincuentes juveniles, a los grupos de esas personas, así como a los jóvenes incluidos en grupos delictivos organizados o comunidades criminales (organizaciones criminales), y tomar medidas para evitar que cometan delitos;

3) implementar medidas para contrarrestar la participación de menores en el tráfico ilícito de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y sus precursores;

4) identificar a personas que involucren a menores en la comisión de delitos, acciones antisociales y (o) en un grupo criminal, y aplicarles las medidas de influencia previstas por la legislación de la Federación de Rusia;

5) participar en la búsqueda de menores, personas desaparecidas, quienes hayan huido de los órganos de instrucción, instrucción o juzgado, quienes eludan el cumplimiento de pena o medidas educativas obligatorias, quienes se hayan fugado de instituciones del sistema penitenciario o quienes han abandonado a sus familias o instituciones educativas especiales sin permiso o centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos.

2. Los funcionarios de las unidades de policía criminal de los órganos de asuntos internos que realicen actividades operativas de investigación para prevenir y resolver delitos de menores gozan de los derechos previstos en el párrafo 2 del artículo 21 de esta Ley Federal.

1. Organismos e instituciones de cultura, ocio, deporte y turismo:

1) atraer a menores que se encuentran en una situación socialmente peligrosa a clases en clubes, círculos y secciones artísticas, técnicas, deportivas y de otro tipo, contribuir a su familiarización con los valores de la cultura nacional y mundial;

2) brindar asistencia a las instituciones especializadas para menores que necesitan rehabilitación social, instituciones educativas especiales y centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos en la organización del trabajo deportivo, cultural y educativo con los menores internados en estas instituciones.

2. Las inspecciones penales-ejecutivas participan, dentro de los límites de su competencia, en el trabajo preventivo individual con menores, cuyo comportamiento es supervisado por ellos de conformidad con el Código Penal-Ejecutivo de la Federación de Rusia.

3. Las autoridades ejecutivas federales, en las que la legislación de la Federación de Rusia prevé el servicio militar, participan, dentro de su competencia, en la prevención del abandono y la delincuencia de menores, incluso inscribiendo a huérfanos y niños privados del cuidado de sus padres en las listas de militares. unidades en calidad de alumnos con el consentimiento de estos menores, así como con el consentimiento de las autoridades de tutela y tutela.

El procedimiento y las condiciones para inscribir a menores como estudiantes en unidades militares y proporcionarles los tipos de subsidios necesarios los establece el Gobierno de la Federación de Rusia.

4. Las asociaciones públicas participan en la prevención del abandono y la delincuencia juvenil de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia y los estatutos de estas asociaciones.

1. El apoyo financiero a los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil se realiza con cargo al presupuesto federal y a fondos de los presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, teniendo en cuenta el procedimiento establecido para la financiación de las actividades. de estos órganos e instituciones. Las fuentes adicionales de financiación pueden ser contribuciones caritativas, donaciones voluntarias y otras fuentes no prohibidas por la legislación de la Federación de Rusia.

2. A los órganos de gobierno local dotados de competencias estatales para la realización de determinado tipo de actividades destinadas a prevenir el abandono y la delincuencia de menores se les transfieren los recursos materiales y económicos necesarios para el ejercicio de estas competencias.

3. El procedimiento para la realización y financiación de actividades relacionadas con el transporte de menores que han abandonado a sus familias sin permiso, orfanatos, internados, instituciones de educación especial y otras instituciones infantiles lo establece el Gobierno de la Federación de Rusia.

Capítulo III. PROCEDIMIENTOS SOBRE MATERIALES SOBRE LA COLOCACIÓN DE MENORES QUE NO ESTÁN SUJETOS A RESPONSABILIDAD PENAL EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS ESPECIALES CERRADAS

1. Una causa penal terminada contra menores especificados en los incisos 1 y 2 del párrafo 4 del artículo 15 de esta Ley Federal (en adelante, menores no sujetos a responsabilidad penal), o materiales sobre la negativa a iniciarla, son transferidos inmediatamente por el órgano de asuntos internos o el fiscal a la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, formada por un órgano del gobierno local, para considerar la posibilidad de aplicar medidas educativas a estos menores o solicitar al tribunal su internamiento en centros educativos especiales cerrados. instituciones de conformidad con la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación".

Si la comisión para asuntos de menores y protección de sus derechos, formada por un órgano del gobierno local, decide solicitar al tribunal la internación de menores que no estén sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales de tipo cerrado, se emitirá la correspondiente resolución de dicha comisión y los materiales presentados se envían inmediatamente al órgano de asuntos internos o al fiscal.

2. Con el fin de preparar para la consideración del tribunal materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas (en adelante también denominados materiales), los órganos de asuntos internos y (o) la fiscalía envían solicitudes de presentación a los órganos e instituciones pertinentes de los documentos necesarios. Estas solicitudes están sujetas a ejecución gratuita dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su recepción.

3. Para determinar la posibilidad de internar a menores que no estén sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas, las instituciones de atención de la salud realizan sus exámenes médicos, incluidos los psiquiátricos, sobre la base de:

1) resolución del jefe del órgano de asuntos internos o del fiscal si existe el consentimiento del menor para un reconocimiento médico o el consentimiento de sus padres o representantes legales si el menor no ha cumplido quince años;

2) decisión de un juez en los casos en que un menor y (o) sus padres o representantes legales no dieron su consentimiento para un examen médico.

4. En los casos en que, durante un examen médico, a menores que no estén sujetos a responsabilidad penal se les diagnostiquen enfermedades que impidan su manutención y educación en instituciones educativas especiales cerradas, los materiales sobre estas personas se transferirán a la comisión de asuntos de menores y a la protección de sus derechos, formada por un organismo de gobierno local para aplicarles medidas educativas.

5. Los menores que no estén sujetos a responsabilidad penal, respecto de los cuales se estén preparando materiales para su colocación en instituciones educativas especiales cerradas, podrán ser trasladados bajo la supervisión de sus padres o representantes legales, y los menores internados en un orfanato, internado o otras instituciones para niños - bajo la supervisión de la administración de estas instituciones para niños. Para estos efectos, de acuerdo con la resolución del titular del órgano del interior o su suplente, el funcionario del departamento de menores del órgano del interior recibe de uno de los padres o representantes legales o del titular de esta institución de cuidado infantil obligación escrita de velar por el buen comportamiento de los menores y su comparecencia ante el tribunal. Los menores de edad, sus padres o representantes legales que eludan comparecer ante el tribunal podrán ser presentados por orden del juez.

6. Antes de que el juez considere los materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas, dichas personas podrán ser enviadas por un período de hasta 30 días a un centro de detención temporal para menores infractores del sistema interno. órgano de asuntos exteriores sobre la base de la decisión de un juez en los siguientes casos:

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

1) la necesidad de garantizar la protección de la vida o la salud de un menor;

2) la necesidad de prevenir la repetición de un acto socialmente peligroso;

3) el menor no tiene lugar de residencia o lugar de estancia;

4) evasión maliciosa de un menor de comparecer ante el tribunal o de un reconocimiento médico. La evasión maliciosa de un menor de comparecer ante el tribunal o de un examen médico se refiere a los casos en los que, por motivos inexcusables, no se presentó ante el tribunal o una institución de atención médica para realizar un examen médico dos o más veces, o huyó de su lugar de residencia. o lugar de estancia.

1. Para considerar la posibilidad de internar a menores que no estén sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas, el jefe del órgano de asuntos internos o el fiscal enviará al tribunal de su lugar de residencia:

1) una causa penal terminada contra un menor o materiales sobre la negativa a iniciarla;

2) una resolución de la comisión para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos, formada por un organismo del gobierno local, que contiene una petición para enviar al menor a una institución educativa especial cerrada;

3) características del lugar de estudio (trabajo) del menor;

4) acto de examen de la familia y condiciones de vida del menor;

5) un certificado del órgano de asuntos internos que contenga información sobre las infracciones cometidas anteriormente por un menor y las medidas adoptadas al respecto;

6) conclusión de una institución de salud sobre el estado de salud de un menor y la posibilidad de su colocación en una institución educativa especial cerrada.

2. Los materiales especificados en el párrafo 1 de este artículo se envían al tribunal del lugar de residencia de un menor que no está sujeto a responsabilidad penal dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la decisión de dar por terminado el caso penal contra el menor especificado o negarse a iniciarlo. En casos excepcionales, este plazo podrá ampliarse a 30 días por resolución del jefe del organismo del interior o del fiscal.

3. Los materiales especificados en el párrafo 1 de este artículo, antes de ser enviados al tribunal, se presentan para su revisión al menor que no está sujeto a responsabilidad penal, y a sus padres o representantes legales, quienes tienen derecho a utilizar la asistencia jurídica. de abogado, tener representante, dar explicaciones, hacer peticiones, apelar decisiones tomadas. Las personas interesadas hacen una entrada apropiada en el material presentado sobre el conocimiento de los materiales especificados y sobre la recepción de respuestas a sus peticiones, quejas y declaraciones.

1. Los materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas serán examinados por el juez dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su recepción por el tribunal.

2. Se cita a comparecer ante el tribunal al menor que no esté sujeto a responsabilidad penal, a sus padres o representantes legales y, a criterio del juez, a otras personas. La participación del fiscal y del abogado en la consideración de estos materiales es obligatoria.

3. Al inicio de la reunión, el juez anuncia qué materiales están sujetos a consideración, quién los está considerando, y también presenta a los participantes en la consideración, explica sus derechos y obligaciones procesales. Posteriormente, se leen los documentos necesarios, se examinan los materiales especificados en el párrafo 1 del artículo 27 de esta Ley Federal, se consideran las peticiones, se aclaran las circunstancias relevantes para la toma de una decisión informada, se aclaran los discursos de un menor que no está sujeto a sanciones penales. Se oye la responsabilidad, a sus padres o representantes legales, y a las demás personas: el fiscal y el abogado.

4. Con base en los resultados del examen de los materiales, el juez toma una decisión, que está sujeta a anuncio en la audiencia judicial.

5. La decisión del juez deberá indicar el nombre del tribunal y el apellido del juez que tomó la decisión, la fecha de consideración de los materiales, información sobre el menor que no está sujeto a responsabilidad penal y otras personas que participaron en la consideración. de los materiales, las circunstancias establecidas durante su consideración, y también establece la decisión tomada sobre:

1) enviar a un menor que no esté sujeto a responsabilidad penal a una institución educativa especial cerrada con indicación del período para aplicar esta medida obligatoria de influencia educativa y colocarlo en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos de la tiempo necesario para entregar al menor a la institución especificada;

2) enviar materiales a la comisión de asuntos del menor y protección de sus derechos, formada por un organismo del gobierno local, para la aplicación de medidas educativas a un menor que no esté sujeto a responsabilidad penal en los casos en que el tribunal haya establecido circunstancias que confirmen la posibilidad de reeducar a dicho menor sin internarlo en una institución educativa especial cerrada, o se han identificado razones que impiden su internamiento en esta institución;

3) cese de producción de materiales.

1. Una copia de la decisión del juez se entregará contra firma o se enviará en un plazo de tres días al menor que no esté sujeto a responsabilidad penal, a sus padres o representantes legales, así como a los órganos e instituciones que garanticen la ejecución de la decisión especificada. El original de la decisión se conserva en el tribunal.

2. Una causa penal terminada contra un menor que no está sujeto a responsabilidad penal, los materiales sobre la negativa a iniciarla y otros documentos necesarios para la consideración de los materiales sobre el envío de dicho menor a una institución educativa especial cerrada se devuelven a asuntos internos. órgano o fiscal que los presentó.

1. El menor que no esté sujeto a responsabilidad penal y haya cumplido catorce años, o sus padres o representantes legales o, a petición de éstos, un abogado, podrá recurrir la decisión del juez ante el tribunal superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de la recepción de una copia de dicha decisión. Si se incumple el plazo especificado por motivos válidos, el juez o el presidente del tribunal podrá restablecerlo a petición de las personas interesadas.

2. La decisión del juez podrá ser anulada previa protesta del fiscal, así como independientemente de la presencia de protesta del fiscal por parte del presidente del tribunal superior.

3. La queja o protesta de un fiscal contra la decisión de un juez será examinada por el presidente del tribunal superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de su recepción.

4. Con base en los resultados del examen de la denuncia o protesta del fiscal contra la decisión del juez, el presidente del tribunal superior toma una de las siguientes decisiones:

1) deja inalterada la decisión del juez y no se satisface la queja o protesta del fiscal;

2) anula la decisión del juez y envía al tribunal materiales sobre menores que no están sujetos a responsabilidad penal para un nuevo juicio.

5. Copia de la decisión sobre la denuncia o protesta del fiscal contra la decisión del juez se envía en el plazo de tres días al juez que tomó la decisión, al fiscal, al menor no sujeto a responsabilidad penal y (o) a sus padres o representantes legales.

La ejecución de la decisión del juez está asegurada por:

1) un centro de detención temporal para infractores menores del órgano de asuntos internos, en términos de entrega de menores a instituciones educativas especiales cerradas;

2) organismo de gestión de la educación - en términos de otorgar vales para enviar menores a instituciones educativas especiales cerradas dentro de los 20 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud de emisión de un vale;

3) una comisión para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos, formada por un órgano de gobierno local, en lo que respecta a la aplicación de medidas educativas contra los menores en los casos previstos en el inciso 2 del párrafo 5 del artículo 28 de esta Ley Federal;

4) la administración de una institución educativa especial de tipo cerrado, en términos de garantizar la corrección y rehabilitación de un menor durante el período de su detención en la institución especificada.

Capítulo III.1. EXAMEN DE MATERIALES SOBRE LA COLOCACIÓN DE MENORES EN CENTROS DE DETENCIÓN TEMPORAL PARA MENORES INFRACTORES DE ÓRGANOS DE ASUNTOS MENORES

(modificada por la Ley Federal de 7 de julio de 2003 N 111-FZ)

1. Resolución sobre la internación de menores especificada en los incisos 3 a 6 del inciso 2 del artículo 22 de esta Ley Federal en centros de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos y materiales sobre menores que confirmen la validez de la internación de menores en estos centros. (en adelante, materiales), enviado al tribunal por el jefe del órgano de asuntos internos o su suplente en el lugar de detención de menores a más tardar 24 horas antes de la expiración del período de estancia de menores en centros de detención temporal para infractores menores de los órganos de asuntos internos, especificados en el párrafo 4 del artículo 22 de esta Ley Federal.

2. Los materiales deben contener: datos suficientes que confirmen la comisión de un acto socialmente peligroso por parte de un menor que no haya alcanzado la edad en la que comienza la responsabilidad penal por estos actos, o una infracción que conlleve responsabilidad administrativa, o el hecho de la salida no autorizada de un especial. institución educativa cerrada; una indicación de los objetivos y motivos del internamiento de un menor en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos; datos que indiquen la necesidad de proteger la vida o preservar la salud de un menor o evitar que cometa reiteradamente un acto socialmente peligroso.

1. El menor, sus padres o representantes legales, o un representante de la autoridad de tutela y tutela tienen derecho a conocer los materiales enviados al tribunal.

En la prestación de asistencia jurídica podrán participar un abogado, un representante legal de un menor, así como otra persona que tenga derecho a prestar asistencia jurídica de conformidad con la ley.

Los poderes de un abogado están certificados mediante orden emitida por la persona jurídica correspondiente. Los poderes de otra persona que preste asistencia jurídica se certifican mediante poder otorgado de conformidad con la ley.

2. Los materiales relativos a los menores especificados en los incisos 3 a 6 del párrafo 2 del artículo 22 de esta Ley Federal serán examinados en el lugar de su detención por un juez único dentro de las 24 horas siguientes al momento de la presentación de estos materiales por el órgano de asuntos internos. pero a más tardar después de la expiración del período de estancia especificado en el párrafo 4 del artículo 22 de esta Ley Federal.

En el examen de los materiales participan el menor, sus padres o representantes legales, un abogado, un fiscal y representantes del centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos. En la consideración de los materiales también podrán participar representantes de la comisión para asuntos de menores y protección de sus derechos, formada por un órgano del gobierno local, y la autoridad de tutela y administración fiduciaria.

3. Con base en los resultados del examen de los materiales especificados en el párrafo 2 de este artículo, el juez toma una decisión:

1) sobre la colocación de un menor en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos;

2) sobre la negativa a satisfacer la solicitud de internación de un menor en un centro de detención temporal para menores infractores del órgano de asuntos internos.

4. La decisión del juez deberá indicar: el nombre del tribunal, apellido, nombre, patronímico del juez que dictó dicha decisión, fecha y lugar de su emisión, información sobre la identidad del menor, las personas que participaron en la consideración de los materiales especificados en el párrafo 2 de este artículo; los propósitos y motivos para colocar o negar la colocación de un menor en un centro de detención temporal para menores infractores de los órganos de asuntos internos y otras circunstancias establecidas durante la consideración de estos materiales.

5. La decisión del juez se comunica al menor y a otras personas que participaron en el examen de los materiales especificados en el apartado 2 de este artículo mediante su anuncio. Copiar

2. Serán declarados nulos a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley Federal:

Decreto del Presidium del Soviet Supremo de la RSFSR de 13 de diciembre de 1967 “Sobre la aprobación del Reglamento sobre educadores públicos de menores” y el Reglamento sobre educadores públicos de menores (Gaceta del Consejo Supremo de la RSFSR, 1967, núm. 51, artículo 1239);

sección II del Decreto del Presidium del Soviet Supremo de la RSFSR del 1 de octubre de 1985 “Sobre la introducción de modificaciones y adiciones al reglamento sobre las comisiones de menores y sobre los educadores públicos de menores” (Vedomosti del Consejo Supremo de la RSFSR, 1985, N° 40, Art. 1400).

3. A partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley Federal, serán declarados inválidos en el territorio de la Federación de Rusia:

Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS del 15 de febrero de 1977 “Sobre las principales responsabilidades y derechos de las inspecciones de menores, los centros de acogida de menores y las instituciones educativas especiales para la prevención del abandono y la delincuencia de menores” (Vedomosti del Soviet Supremo de la URSS, 1977, N° 8, Art. 138);

Ley de la URSS del 17 de junio de 1977 “Sobre la aprobación de los Decretos del Presidium del Soviético Supremo de la URSS, que introducen algunos cambios y adiciones a la legislación vigente de la URSS” (Vedomosti del Soviético Supremo de la URSS, 1977, núm. 25, Art. 389) sobre la aprobación del Decreto del Presidium del Soviet Supremo de la URSS de 15 de febrero de 1977 “Sobre las principales responsabilidades y derechos de las inspecciones de asuntos de menores, los centros de acogida de menores y las instituciones de educación especial para la prevención de abandono y delincuencia juvenil”;

Artículo 3 del Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS del 5 de marzo de 1981 "Sobre la introducción de enmiendas y adiciones a algunos actos legislativos de la URSS sobre la protección del orden público" (Vedomosti del Soviético Supremo de la URSS, 1981, núm. 10, artículo 232);

Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS del 5 de enero de 1988 "Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS" Sobre las principales responsabilidades y derechos de las inspecciones de menores, centros de acogida de menores e instituciones educativas especiales para la prevención del abandono y la delincuencia de menores "(Vedomosti del Soviético Supremo de la URSS, 1988, núm. 2, art. 18);

Ley de la URSS de 26 de mayo de 1988 “Sobre la aprobación de los Decretos del Presidium del Soviético Supremo de la URSS sobre la introducción de enmiendas y adiciones a los actos legislativos de la URSS” (Vedomosti del Soviético Supremo de la URSS, 1988, No. 22, Art. 361) sobre la aprobación del Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS de 5 de enero de 1988 “Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Presidium del Soviético Supremo de la URSS “Sobre las principales responsabilidades y derechos de las inspecciones de asuntos de menores”,

El sitio web de Zakonbase presenta la LEY FEDERAL de 24 de junio de 1999 N 120-FZ (modificada el 29 de junio de 2004) “SOBRE LOS FUNDAMENTOS DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL DESCUIDO Y DEFENSA DE MENORES” en su última edición. Es fácil cumplir con todos los requisitos legales si lee las secciones, capítulos y artículos relevantes de este documento para 2014. Para encontrar los actos legislativos necesarios sobre un tema de interés, debe utilizar la navegación cómoda o la búsqueda avanzada.

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"Sobre los fundamentos del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil"
(modificado el 13 de enero de 2001)

Capitulo dos. Principales direcciones de actividad de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil (artículos 11 a 25)
Capítulo III. Procedimientos basados ​​​​en materiales sobre la colocación de menores que no están sujetos a responsabilidad penal en instituciones educativas especiales cerradas (artículos 26 a 31)
Capítulo IV. Disposiciones finales (Artículos 32 - 33)

Esta Ley federal, de conformidad con la Constitución de la Federación de Rusia y las normas de derecho internacional generalmente reconocidas, establece la base para la regulación jurídica de las relaciones que surgen en relación con las actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.

Capítulo I. Disposiciones generales

Artículo 1. Conceptos básicos
Para efectos de esta Ley Federal, se aplican los siguientes conceptos básicos:
descuidado - un menor cuyo comportamiento no está controlado por incumplimiento o cumplimiento inadecuado de los deberes de su crianza, formación y (o) manutención por parte de sus padres o representantes legales o funcionarios;
personas sin hogar - personas sin hogar, sin lugar de residencia y (o) lugar de estancia;
Se considera menor en situación socialmente peligrosa a la persona menor de dieciocho años que, por abandono o falta de vivienda, se encuentra en un entorno que supone un peligro para su vida o su salud o no reúne las condiciones necesarias para su crianza o manutención, o comete un delito o acciones antisociales;
familia en una situación socialmente peligrosa: una familia con niños en una situación socialmente peligrosa, así como una familia donde los padres o representantes legales de los menores no cumplen con sus responsabilidades de crianza, educación y (o) manutención y (o) influyen negativamente por su comportamiento o sean tratados cruelmente;
trabajo preventivo individual - actividades para la identificación oportuna de menores y familias en situación socialmente peligrosa, así como para su rehabilitación social y pedagógica y (o) prevención de su comisión de delitos y acciones antisociales;
Prevención del abandono y la delincuencia de menores: un sistema de medidas sociales, legales, pedagógicas y de otro tipo destinadas a identificar y eliminar las causas y condiciones que contribuyen al abandono, la falta de vivienda, la delincuencia y las acciones antisociales de los menores, que se llevan a cabo en conjunto con el trabajo preventivo individual. con menores y familias en situación de peligro social.

Artículo 2. Principales tareas y principios de las actividades para prevenir el abandono y la delincuencia juvenil
1. Los principales objetivos de las actividades de prevención del abandono y la delincuencia juvenil son:
prevención del abandono, desamparo, delincuencia y acciones antisociales de menores, identificación y eliminación de las causas y condiciones que lo propician;
asegurar la protección de los derechos e intereses legítimos de los menores;
rehabilitación social y pedagógica de menores en situación socialmente peligrosa;
identificación y represión de casos de implicación de menores en la comisión de delitos y acciones antisociales.
2. Las actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de los menores se basan en los principios de legalidad, democracia, trato humano a los menores, apoyo familiar e interacción con ella, un enfoque individual para la corrección de los menores manteniendo la confidencialidad de la información recibida, apoyo estatal. para las actividades de los gobiernos locales y asociaciones públicas para la prevención del abandono y la delincuencia de menores, asegurando la responsabilidad de los funcionarios y ciudadanos por la violación de los derechos e intereses legítimos de los menores.

Artículo 3. Legislación de la Federación de Rusia sobre la prevención del abandono y la delincuencia juvenil.
La legislación de la Federación de Rusia que regula las actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores se basa en la Constitución de la Federación de Rusia, normas de derecho internacional generalmente reconocidas y está compuesta por esta Ley Federal, otras leyes federales y otros actos jurídicos reglamentarios de la Federación de Rusia. , leyes y actos jurídicos reglamentarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

Artículo 4. Órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil
1. El sistema de prevención del abandono y la delincuencia de menores incluye comisiones para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos, formadas en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia. , órganos de gestión de la protección social de la población, órganos de gestión de la educación, órganos de tutela y tutela, órganos de juventud, autoridades sanitarias, autoridades del servicio de empleo, autoridades de asuntos internos.
2. En los órganos especificados en el párrafo 1 de este artículo, en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, podrán crearse instituciones que desempeñen determinadas funciones para la prevención del abandono. y delincuencia juvenil.
3. La participación en actividades para prevenir el abandono y la delincuencia de menores por parte de otros órganos, instituciones y organizaciones se lleva a cabo dentro de los límites de su competencia en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia y (o) la legislación de las entidades constitutivas de La Federación Rusa.

Artículo 5. Categorías de personas para las que se realiza trabajo preventivo individual
1. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil realizan una labor preventiva individual en relación con los menores:
1) niños abandonados o de la calle;
2) vagancia o mendicidad;
3) contenido en socialmente - centros de rehabilitación para menores, refugios sociales, centros de asistencia para niños sin cuidado parental, instituciones educativas especiales y otras instituciones para menores que necesitan asistencia social y (o) rehabilitación;
4) que utilicen estupefacientes o sustancias psicotrópicas sin prescripción médica o que utilicen sustancias estupefacientes;
5) que cometió una infracción que dio lugar a la aplicación de una sanción administrativa;
6) que haya cometido una infracción antes de alcanzar la edad en que comienza la responsabilidad administrativa;
7) los exentos de responsabilidad penal como consecuencia de una ley de amnistía o en relación con un cambio de situación, así como en los casos en que se reconozca que la corrección de un menor puede lograrse mediante el uso de medidas educativas obligatorias;
8) no sujeto a responsabilidad penal por no haber alcanzado la edad en que comienza la responsabilidad penal, o por retraso mental no asociado a un trastorno mental;
9) los acusados ​​o sospechosos de haber cometido delitos respecto de los cuales se hayan adoptado medidas preventivas que no impliquen detención;
10) los puestos en libertad condicional del cumplimiento de una pena, liberados de la pena como resultado de un acto de amnistía o en relación con un indulto;
11) que recibieron un aplazamiento del cumplimiento de una pena o un aplazamiento de la ejecución de una pena;
12) liberados de instituciones del sistema penal, que regresaron de instituciones educativas especiales cerradas, si durante su estadía en estas instituciones cometieron violaciones del régimen, cometieron actos ilegales y (o) después de la liberación (graduación) se encuentran en una situación socialmente peligrosa y (o) necesita asistencia social y (o) rehabilitación;
13) los condenados por la comisión de un delito de gravedad leve o moderada y liberados por el tribunal de la pena con el uso de medidas educativas obligatorias;
14) los condenados a libertad condicional, condenados a trabajo obligatorio, trabajo correccional u otras penas no relacionadas con la prisión.
2. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y delincuencia de menores realizan labores preventivas individuales en relación con los padres o representantes legales de los menores si no cumplen con sus deberes para su crianza, formación y (o) manutención y ( o) influyan negativamente en su comportamiento o les traten cruelmente.
3. Se podrá realizar trabajo preventivo individual con personas que no estén especificadas en los párrafos 1 y 2 de este artículo si es necesario para prevenir delitos o brindar asistencia social y (o) rehabilitación de menores con el consentimiento del jefe de la Órgano o institución del sistema de prevención del abandono y de la delincuencia juvenil.

Artículo 6. Motivos del trabajo preventivo individual.
Las causales para la realización de labores preventivas individuales en relación con los menores, sus padres o representantes legales son las circunstancias previstas en el artículo 5 de esta Ley Federal, si constan en los siguientes documentos:
1) solicitud del menor o de sus padres o representantes legales para brindarles asistencia en cuestiones de la competencia de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil;
2) sentencia, fallo u orden judicial;
3) una resolución de la comisión de asuntos de menores y protección de sus derechos, del fiscal, investigador, organismo de investigación o del jefe del organismo de asuntos internos;
4) documentos definidos por esta Ley Federal como base para la internación de menores en instituciones para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil;
5) una conclusión aprobada por el titular del organismo o institución del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil, con base en los resultados de una auditoría de denuncias, declaraciones u otros mensajes.

Artículo 7. Calendario de las labores preventivas individuales.
La labor preventiva individual en relación con los menores, sus padres o representantes legales se lleva a cabo dentro del plazo necesario para brindar asistencia social y de otro tipo a los menores, o hasta que se resuelvan las causas y condiciones que contribuyeron al abandono, la falta de vivienda, la delincuencia o las acciones antisociales de los menores. eliminado, o hasta que cumplan dieciocho años de edad, o la concurrencia de otras circunstancias previstas por la legislación de la Federación de Rusia.

Artículo 8. Derechos de las personas respecto de las cuales se realiza una labor preventiva individual
1. Los menores, sus padres o representantes legales, respecto de los cuales se lleva a cabo una labor preventiva individual, gozan de los derechos y libertades garantizados por la Constitución de la Federación de Rusia, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y los tratados internacionales de Federación de Rusia, esta Ley Federal, otros actos jurídicos reglamentarios de la Federación de Rusia, leyes y actos jurídicos reglamentarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.
2. Los menores internados en instituciones de prevención del abandono y de la delincuencia juvenil gozan de los derechos especificados en el apartado 1 de este artículo, y además, en la forma prescrita, tienen derecho a:
notificar a los padres o representantes legales sobre su internamiento en una institución para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil;
apelar las decisiones tomadas por los empleados de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil ante las autoridades superiores de dicho sistema, así como ante las autoridades fiscales y judiciales;
trato humano que no degrade la dignidad humana;
mantener contacto con la familia a través de conversaciones telefónicas y visitas sin limitar su número;
recibir encomiendas, encomiendas, transferencias, recibir y enviar cartas y telegramas sin limitar su número;
suministro gratuito de alimentos, ropa, zapatos y otras prendas de vestir de acuerdo con las normas aprobadas por el Gobierno de la Federación de Rusia.
3. Los derechos de los menores recluidos en instituciones del sistema penitenciario, así como la organización del trabajo para corregirlos, están regulados por el Código Penal de la Federación de Rusia y otras leyes federales.
4. La enumeración de los derechos especificados en los párrafos 2 y 3 de este artículo no debe interpretarse como una negación o suspensión de otros derechos de los menores.

Artículo 9. Garantías para la implementación de esta Ley Federal.
1. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia de menores, así como los menores, sus padres o representantes legales, tienen derecho a presentar una reclamación ante los tribunales en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia. por indemnización por daños causados ​​a la salud del menor, a su propiedad y (o) daño moral.
2. Los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia de menores, dentro de los límites de sus competencias, están obligados a garantizar el respeto de los derechos e intereses legítimos de los menores, a protegerlos de toda forma de discriminación, física o violencia mental, insultos, abusos, explotación sexual y de otro tipo, para identificar a los menores y familias en situación socialmente peligrosa, así como informar inmediatamente:
1) la fiscalía - sobre la violación de los derechos y libertades de los menores;
2) la comisión para los asuntos de los menores y la protección de sus derechos, formada por un organismo de gobierno local, sobre casos identificados de violación de los derechos de los menores a la educación, el trabajo, el descanso, la vivienda y otros derechos, así como sobre las deficiencias en las actividades de órganos e instituciones que impidan la prevención del abandono y delincuencia de menores;
3) autoridad de tutela y tutela - para identificar a los menores que quedan sin el cuidado de sus padres o representantes legales o que se encuentran en un entorno que representa una amenaza para su vida, su salud o interfiere con su educación;
4) el organismo que gestiona la protección social de la población: para identificar a los menores que necesitan asistencia estatal debido al abandono o la falta de vivienda, así como para identificar a las familias en una situación socialmente peligrosa;
5) órgano de asuntos internos: para identificar a los padres de menores o sus representantes legales y otras personas que abusan de menores y (o) los involucran en la comisión de un delito o acciones antisociales o cometen otros actos ilegales contra ellos, así como de menores que hayan cometido delincuencia. o comportamiento antisocial;
6) órgano de gestión de la atención de la salud: para identificar a los menores que necesitan examen, observación o tratamiento en relación con el uso de bebidas alcohólicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o estupefacientes;
7) organismo de gestión de la educación: para identificar a los menores que necesitan asistencia estatal en relación con la salida no autorizada de orfanatos, internados y otras instituciones infantiles o en relación con la terminación de clases en instituciones educativas por razones injustificadas;
8) organismo de asuntos de la juventud: para identificar a los menores que se encuentran en una situación socialmente peligrosa y, en este sentido, necesitan ayuda para organizar la recreación, el ocio y el empleo.
3. La información especificada en el párrafo 2 de este artículo está sujeta a almacenamiento y uso de una manera que garantice su confidencialidad.
4. Los funcionarios, padres de menores o sus representantes legales y otras personas son responsables de la violación de los derechos de los menores, así como del incumplimiento o desempeño inadecuado de los deberes para su crianza, formación y (o) manutención en la forma establecida. por la legislación de la Federación de Rusia y la legislación de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

Artículo 10. Control y supervisión de las actividades de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil.
1. Los órganos del gobierno federal y los órganos gubernamentales de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, dentro de los límites de su competencia, ejercen, de la manera prescrita, el control sobre las actividades de los órganos e instituciones del sistema para la prevención del abandono y la delincuencia juvenil.
2. El control departamental de las actividades de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil lo ejercen las autoridades superiores y sus funcionarios. El procedimiento para implementar el control departamental está determinado por los actos legales reglamentarios pertinentes.
3. La supervisión fiscal del cumplimiento de las leyes por parte de los órganos e instituciones del sistema de prevención del abandono y la delincuencia juvenil la llevan a cabo el Fiscal General de la Federación de Rusia y los fiscales subordinados a él de conformidad con la Ley federal "sobre la fiscalía". Oficina de la Federación de Rusia".